Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.

El plazo para presentar esta solicitud se abre el 30/10/2026. Si lo deseas, puedes activar los avisos para que te lo recordemos.

Consulta el estado y evolución

Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:

  • Consultar el estado de la solicitud.
  • Consultar los documentos enviados.
  • Aportar documentación a la solicitud.
  • Consultar tus comunicaciones
  • Enviar comunicaciones.

También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada. Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la entidad solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que renuncia a su petición y dictaremos una resolución que así lo indique.

Las solicitudes se tramitarán y resolverán siguiendo el orden riguroso de entrada, en función de la fecha y hora de presentación en el registro electrónico de la Comunidad de Madrid. La subvención se otorgará a las solicitudes que cumplan los requisitos establecidos, mientras se encuentren dentro de los límites del crédito presupuestario declarado disponible.

El órgano responsable del estudio y valoración de los expedientes podrá realizar consultas y pedir información o documentación complementaria si lo considera necesario para su comprensión y evaluación.

La Dirección General emitirá la propuesta de resolución a partir de la cual la persona titular de la consejería competente dictará la orden de concesión o denegación de la subvención. En la orden se indicará la cuantía de la ayuda concedida, forma de pago, plazo de justificación y las demás circunstancias exigibles para el cobro, recursos y cuántas condiciones particulares deban cumplir las entidades beneficiarias.

Las entidades beneficiarias deberán

  • Destinar la ayuda a la finalidad subvencionable.
  • Aceptar las actuaciones de comprobación, seguimiento y control.
  • Comunicar la obtención de otras ayudas, ingresos o recursos que financien la actividad subvencionada.
  • Comunicar cualquier modificación en las condiciones de la concesión de la ayuda.
  • Conservar la documentación justificativa durante el plazo legalmente establecido.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

 

4 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio

Recursos

Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:

  • 1 mes desde el día siguiente al que recibas la resolución.
  • En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.

Acceso al trámite de recurso de alzada

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 30/10/2026 Fecha de fin: 30/11/2026

Contacto y ayuda

Contacto

Órgano responsable

  • Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
  • Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
  • Dirección General de Urbanismo

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 29/10/2026
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