Información y documentación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
- Municipios de la Comunidad de Madrid de población igual o inferior a 2.500 habitantes:
- Agrupados o mancomunados para la recogida y transporte de los residuos domésticos.
- Excepcionalmente, no mancomunados.
- Mancomunidades de Interés General para la coordinación intermunicipal en la gestión de los servicios de recogida y transporte de residuos domésticos, el fomento de la coordinación y cooperación intermunicipal.
Requisitos
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado y de la Comunidad de Madrid, así como frente a la Seguridad Social.
- Estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de las subvenciones.
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Declaración responsable, conforme al modelo normalizado, suscrita por la persona titular de la Alcaldía o Presidencia de la entidad solicitante.
- Certificación expedida por la persona titular de la Secretaría de la entidad solicitante, conforme al modelo normalizado, en la que conste el acuerdo del órgano competente.
- En el caso de entidades supramunicipales, certificación de Secretaría relativa a los municipios a los que se presta el servicio, con identificación y acreditación de vigencia de los convenios o instrumentos jurídicos de cooperación interadministrativa que resulten aplicables, acompañada de copia de los mismos cuando proceda.
- En el supuesto de pago anticipado, certificado acreditativo de haber cumplido con la obligación de rendición de cuentas anuales ante la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, en los términos previstos en la Orden de 14 de enero de 2014, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se regula la acreditación del cumplimiento de la obligación de rendición de cuentas anuales de las Entidades Locales de la Comunidad de Madrid beneficiarias de subvenciones.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
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Acuerdo de 21 de octubre de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de ayudas destinadas a la financiación de los servicios de recogida y transporte de residuos domésticos en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 260, de 29 de octubre).
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Extracto de la Orden 4068/2026, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se hace pública la declaración del crédito presupuestario disponible en el ejercicio 2026 para financiar las ayudas destinadas a la financiación de los servicios de recogida y transporte de residuos domésticos (BOCM nº 260, de 29 de octubre).
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud se abre el 30/10/2026. Si lo deseas, puedes activar los avisos para que te lo recordemos.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada. Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la entidad solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que renuncia a su petición y dictaremos una resolución que así lo indique.
Las solicitudes se tramitarán y resolverán siguiendo el orden riguroso de entrada, en función de la fecha y hora de presentación en el registro electrónico de la Comunidad de Madrid. La subvención se otorgará a las solicitudes que cumplan los requisitos establecidos, mientras se encuentren dentro de los límites del crédito presupuestario declarado disponible.
El órgano responsable del estudio y valoración de los expedientes podrá realizar consultas y pedir información o documentación complementaria si lo considera necesario para su comprensión y evaluación.
La Dirección General emitirá la propuesta de resolución a partir de la cual la persona titular de la consejería competente dictará la orden de concesión o denegación de la subvención. En la orden se indicará la cuantía de la ayuda concedida, forma de pago, plazo de justificación y las demás circunstancias exigibles para el cobro, recursos y cuántas condiciones particulares deban cumplir las entidades beneficiarias.
Las entidades beneficiarias deberán
- Destinar la ayuda a la finalidad subvencionable.
- Aceptar las actuaciones de comprobación, seguimiento y control.
- Comunicar la obtención de otras ayudas, ingresos o recursos que financien la actividad subvencionada.
- Comunicar cualquier modificación en las condiciones de la concesión de la ayuda.
- Conservar la documentación justificativa durante el plazo legalmente establecido.
Plazos y efectos del silencio administrativo
4 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:
- 1 mes desde el día siguiente al que recibas la resolución.
- En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.
Acceso al trámite de recurso de alzada
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 30/10/2026 Fecha de fin: 30/11/2026
Contacto y ayuda
Contacto
Subdirección General de Residuos y Calidad Hídrica
Horario de atención de lunes a viernes de 9:00 h a 14:00 h
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
- Dirección General de Urbanismo
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud