Descripción
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ReferenciaA761
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Descripción
Ayudas destinadas al mantenimiento de razas autóctonas en riesgo de erosión genética y fomento de las razas autóctonas en peligro de extinción de la Comunidad de Madrid de ganado bovino, ovino y caprino.
La ayuda consiste en el pago de una prima anual por Unidad de Ganado Mayor (UGM) de hembra reproductora perteneciente a una de las razas autóctonas amenazadas de la Comunidad de Madrid. El importe de dicha prima es de 174 euros por UGM comprometida y año a la que se aplicará modulación según número de UGM, con un máximo subvencionable de 300 UGM.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 04/06/2025 Fecha de fin: 03/07/2025
Personas destinatarias
Personas ganaderas de la Comunidad de Madrid inscritas en el Libro Genealógico de alguna de las razas en peligro de extinción.
Requisitos
- Tener inscrita su explotación en el Registro General de Explotaciones Agrarias o en sus registros correspondientes.
- Tener una explotación ganadera con razas autóctonas en peligro de extinción en la Comunidad de Madrid. Se consideran razas autóctonas en peligro de extinción en la Comunidad de Madrid las siguientes:
- Bovino: Berrenda en colorado, Berrenda en negro, Asturiana de montaña, Avileña negra ibérica, Avileña negra ibérica bociblanca, Morucha, Morucha negra, Parda de montaña, Retinta y Sayaguesa.
- Ovino: Colmenareña y Rubia de El Molar.
- Caprino: Cabra del Guadarrama.
- Presentar un plan de conservación y mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción en el que se detalle el número de hembras reproductoras que se compromete a mantener y la raza en cuestión.
- No encontrase en las circunstancias que impiden obtener la condición de persona beneficiaria según la normativa de subvenciones.
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y frente a la Seguridad Social y en el cumplimiento de los plazos de pago en las transacciones comerciales.
- Cumplir los requisitos legales de gestión (RLG) y las buenas condiciones agrarias y medioambientales de la tierra (BCAM).
- Comprometerse por un periodo de 5 años a cumplir los requisitos y compromisos exigidos.
- Marcar en la solicitud única la incorporación al programa agroambiental de mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción 2025-2029 y asociar a la línea de ayuda los animales a comprometer, así como declaración de superficies forrajeras.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
Si el solicitante es persona física:
- Acreditación de inclusión en la Solicitud Única de la petición de incorporación al programa agroambiental de mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción, así como la declaración de superficies forrajeras en la Solicitud Única.
- Certificado de la entidad bancaria acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria en la que solicita el ingreso de la ayuda solicitada, que será la misma que la cuenta de pago de la Solicitud Única.
- Certificado de la Asociación de Conservación de la Raza Autóctona, reconocida oficialmente para la gestión de un programa de cría, que acredite la pertenencia del solicitante a dicha Asociación y el número de animales inscritos en el Libro Genealógico Oficial.
- Certificado que acredite que el solicitante pertenece a una Agrupación de Defensa Sanitaria (ADS).
- Libro de Registro de Explotación Ganadera y de Registro de Tratamientos Veterinarios actualizado.
- Plan de conservación y mantenimiento de la explotación referido a la raza por la cual solicita ayuda en el que se detallará el número de hembras reproductoras que se compromete a mantener. Anexo III.
Si el solicitante es una persona jurídica:
- Acreditación de inclusión en la Solicitud Única de la petición de incorporación al programa agroambiental de mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción así como declaración de superficies forrajeras den la Solicitud Única.
- Escritura de constitución o Estatutos sociales.
- Nota de inscripción actualizada en el Registro correspondiente.
- Certificación del acuerdo válidamente tomado en Junta o Asamblea General haciendo constar las ayudas que solicitan, representante designado para solicitar la ayuda y certificación del número de socios.
- Un plan de conservación y mantenimiento de la explotación referido a la raza para la cual se solicita la ayuda,(anexo III).
- Certificado de la entidad bancaria acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria en la que solicita el ingreso de la ayuda solicitada, que será la misma que la cuenta de pago de la Solicitud Única.
- Certificado de la Asociación de Conservación de la Raza Autóctona, reconocida oficialmente para la gestión de un programa de cría, que acredite la pertenencia del solicitante a dicha Asociación y el número de animales inscritos en el Libro Genealógico Oficial.
- Certificado que acredite que el solicitante pertenece a una Agrupación de Defensa Sanitaria (ADS).
- Libro de Registro de Explotación Ganadera y de Registro de Tratamientos Veterinarios actualizado.
Si el solicitante es una entidad sin personalidad jurídica:
- Acreditación de inclusión en la Solicitud Única de la petición de incorporación al programa agroambiental así como de la declaración de superficies forrajeras en la solicitud Única.
- Documentación acreditativa de su representación.
- Documento de constitución en el que conste las cuotas de participación.
- Un plan de conservación y mantenimiento de la explotación referido a la raza para la cual se solicita la ayuda (anexo III).
- Certificado de la entidad bancaria acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria en la que solicita el ingreso de la ayuda solicitada, que será la misma que la cuenta de pago de la Solicitud Única.
- Certificado de la Asociación de Conservación de la Raza Autóctona, reconocida oficialmente para la gestión de un programa de cría, que acredite la pertenencia del solicitante a dicha Asociación y el número de animales inscritos en el Libro Genealógico Oficial.
- Certificado que acredite que el solicitante pertenece a una Agrupación de Defensa Sanitaria (ADS).
- Libro de Registro de Explotación Ganadera y de Registro de Tratamientos Veterinarios actualizado.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF o NIE de la persona física.
- CIF persona jurídica.
- NIF o NIE del Representante.
- Certificado de la Tesorería de la Seguridad Social de estar al corriente con la Seguridad Social en la fase del procedimiento que sea exigible.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias.
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) cuando les sea exigible.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
En relación a la edad de las hembras reproductoras que computarían como UGM subvencionables en Programas de Ayudas de Razas Autóctonas en peligro de extinción de la Comunidad de Madrid del PEPAC 2023-2027 informamos de lo siguiente:
Ovino y caprino: hembras mayores de 12 meses
Bovino: hembras mayores de 24 meses (2 años) excepto para las siguientes razas:
- Para Berrenda en Negro, Berrenda en Colorado y Avileña Negra Ibérica: las hembras computan como reproductoras a partir de los 16 meses hasta los 24 meses como 0,6 UGM y a partir de 24 meses como 1 UGM.
- Para Retinta las hembras computan como reproductoras a partir de los 18 meses y computaría como 0,6 UGM hasta los 24 meses y a partir de 24 meses como 1 UGM.
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- FEADER SIGC
- Calle Alcalá, número 16, planta baja 28014, Madrid
- Teléfono: 914382239 / 680409140
- Correo electrónico: ayudas_agroambientales@madrid.org
- Horario de 9:00 a 14:00
Documentación de interés
Tramitación
Una vez se recibe la solicitud y la documentación de la misma en la Unidad Gestora, se procede al control documental y en los casos necesarios se envía un requerimiento para subsanación de dicha solicitud, dando un plazo máximo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos) para responder, y sino completa la solicitud o es incorrecta no se continúa con la tramitación de la ayuda.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar desde el día siguiente al que la recibas:
un recurso de reposición en el plazo de 1 mes, o bien,
un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución puedes presentar:
un recurso de reposición en cualquier momento, o bien,
un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Normativa
- Extracto de la Orden 1765/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se procede a la apertura y convocatoria de participación en el programa agroambiental 2025-2029 de ayudas para el mantenimiento de las razas autóctonas en peligro de extinción en la Comunidad de Madrid, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el período 2023-2027 y la solicitud del pago de la primera anualidad de dicho programa agroambiental correspondiente al año 2025 (BOCM nº 131, de 3 de junio).
- Orden 127/2025, de 20 de enero, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se articula para el año 2025 en el ámbito de la Comunidad de Madrid la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y se convocan las solicitudes de pago de las intervenciones para el desarrollo rural asimiladas al sistema integrado de gestión y control cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER),“Solicitud Única” (BOCM nº 26, de 31 de enero).
- Orden 1369/2024, de 8 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se modifica la Orden 590/2023, de 15 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el mantenimiento de las razas autóctonas en peligro de extinción en la Comunidad de Madrid, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el período 2023-2027 y se aprueba la convocatoria para el año 2023 (BOCM nº 129, de 31 de mayo).
- Orden 590/2023, de 15 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el mantenimiento de las razas autóctonas en peligro de extinción en la Comunidad de Madrid, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el período 2023-2027 y se aprueba la convocatoria para el año 2023 (BOCM nº 234, de 2 de octubre).
Órgano Responsable
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22 junio 2021


Esta ayuda está cofinanciada por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el período 2023-2027.
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).