Descripción

  • Referencia
    A397
  • Descripción

    Ayudas destinadas a los investigadores de la modalidad 1 del programa de atracción de talento investigador de la Comunidad de Madrid, convocatoria 2019, para su contratación y realización de actividades de I+D durante un periodo adicional de un año.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

Destinatarios

Entidades beneficiarias del programa de atracción de talento investigador 2019, que quieran ampliar la ayuda inicial a un quinto año adicional.
La presentación de las solicitudes será tramitada por el organismo beneficiario que presentará la candidatura de uno o varios investigadores que cumplan los requisitos indicados. Un mismo investigador únicamente podrá ser incluido como candidato en la solicitud de un organismo.
 

Requisitos

  1. Los investigadores solicitantes deberán tener contrato en vigor perteneciente a la modalidad 1 (doctores con experiencia) con un organismo beneficiario correspondiente a la convocatoria de Atracción de Talento Investigador, en su modalidad 1, y encontrarse en el último año del periodo inicial de cuatro años en el que fueron contratados. 
  2. Se tendrán en cuenta las posibles prórrogas y/o suspensiones de contratos e interrupción de las ayudas que fueron  concedidas con anterioridad, de tal manera que la duración de este periodo de un año comenzará a contar una vez finalizadas las ayudas anteriores, desde la fecha del nuevo contrato o adenda del vigente, que se formalizará a tal efecto con el investigador por parte de la entidad beneficiaria.
  1. No encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias previstas en la normativa de subvenciones
  2. No haber recibido otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos que financien las actividades objeto de ayuda y que pudieran afectar a la compatibilidad de las ayudas contempladas en este título.
  3. No tener deudas en vía ejecutiva de obligaciones por Resolución en firme de procedencia de reintegro de subvenciones.
  1. Los contratos financiados con cargo a las ayudas serán incompatibles con la vigencia de cualquier otro contrato laboral por parte del personal contratado.
  2. Las subvenciones para la contratación del investigador de la modalidad 1 serán incompatibles con la percepción de otras ayudas o ingresos, procedentes de entidades públicas o privadas, destinadas a la contratación de investigadores.

Documentación a presentar

Ten en cuenta

Antes de presentar la solicitud, el investigador deberá cumplimentar telemáticamente los siguientes documentos.
Para ello, pulsa TRAMITAR y accede al espacio de tramitación para acceder a la aplicación.

  1. Currículum Vitae de cada investigador candidato.
  2. Memoria de trayectoria investigadora de cada candidato.
  3. Memoria científico-técnica de cada ayuda a solicitar.
  4. Memoria económica de cada ayuda a solicitar.

Al presentar la solicitud, el organismo solicitante deberá declarar que se ha cumplimentado esta información.

 

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Se firmará por el responsable legal del organismo coordinador al realizar la presentación por el Registro Electrónico.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
  3. Sigue las indicaciones de cumplimentación y de anexado de documentos (si se requieren), así como de envío de la solicitud al Registro electrónico.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para dudas y consultas, puedes contactar a través del correo electrónico: talento@madrid.org

Tramitación

Una vez presentada la solicitud, el órgano competente revisa la documentación y si fuera necesario, enviara notificación para que subsane los documentos en el plazo de diez días desde la notificación.

Una vez subsanado, pasarán a evaluación.

Tras la evaluación, se determinará la propuesta de resolución provisional, con opción a alegar por el organismo en el plazo de diez días desde notificación.

Tras la propuesta de resolución provisional se publicará la resolución definitiva.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Seis meses
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 38/2023, de 17 de noviembre , General de subvenciones

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Universidades, Ciencia e Innovación
D. G. de Investigación e Innovación Tecnológica

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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