Última actuación
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17/11/2023Resolución de la convocatoria
Contra la siguiente resolución puedes presentar recurso potestativo de reposición del 17 de noviembre al 18 de diciembre de 2023.
Información
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Personas destinatarias
Entidades beneficiarias del programa de atracción de talento investigador 2019, que quieran ampliar la ayuda inicial a un quinto año adicional.
La presentación de las solicitudes será tramitada por el organismo beneficiario que presentará la candidatura de uno o varios investigadores que cumplan los requisitos indicados. Un mismo investigador únicamente podrá ser incluido como candidato en la solicitud de un organismo.
Requisitos
- Los investigadores solicitantes deberán tener contrato en vigor perteneciente a la modalidad 1 (doctores con experiencia) con un organismo beneficiario correspondiente a la convocatoria de Atracción de Talento Investigador, en su modalidad 1, y encontrarse en el último año del periodo inicial de cuatro años en el que fueron contratados.
- Se tendrán en cuenta las posibles prórrogas y/o suspensiones de contratos e interrupción de las ayudas que fueron concedidas con anterioridad, de tal manera que la duración de este periodo de un año comenzará a contar una vez finalizadas las ayudas anteriores, desde la fecha del nuevo contrato o adenda del vigente, que se formalizará a tal efecto con el investigador por parte de la entidad beneficiaria.
- No encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias previstas en la normativa de subvenciones
- No haber recibido otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos que financien las actividades objeto de ayuda y que pudieran afectar a la compatibilidad de las ayudas contempladas en este título.
- No tener deudas en vía ejecutiva de obligaciones por Resolución en firme de procedencia de reintegro de subvenciones.
- Los contratos financiados con cargo a las ayudas serán incompatibles con la vigencia de cualquier otro contrato laboral por parte del personal contratado.
- Las subvenciones para la contratación del investigador de la modalidad 1 serán incompatibles con la percepción de otras ayudas o ingresos, procedentes de entidades públicas o privadas, destinadas a la contratación de investigadores.
Documentación
- Solicitud. Se firmará por el responsable legal del organismo coordinador al realizar la presentación por el Registro Electrónico.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
Para dudas y consultas, puedes contactar a través del correo electrónico: talento@madrid.org
Normativa
- Extracto de la Orden 2640/2023, de 18 de julio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba convocatoria de ayudas destinadas a los investigadores de la modalidad 1 del Programa de Atracción de Talento Investigador de la Comunidad de Madrid, para su contratación y realización de actividades de I+D durante un período adicional de un año con cargo al presupuesto del ejercicio 2023 (BOCM nº 208, de 1 de septiembre)
- Orden 113/2020, de 10 de julio, del Consejero de Ciencia, Universidades, por la que se modifica la Orden 1553/2016 de bases reguladoras (BOCM nº 172, de 17 de julio).
- Orden 2033/2017, de 2 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se modifica la Orden 1553/2016 de bases reguladoras (BOCM nº 141, de 15 de junio).
- Orden 1553/2016, de 17 de mayo, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la atracción de talento investigador para su incorporación a grupos de investigación de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 122, de 24 de mayo).
Órgano responsable
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
- Viceconsejería de Universidades, Ciencia e Innovación
- D. G. de Investigación e Innovación Tecnológica
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" para entrar a la aplicación.
- Sigue las indicaciones para rellenar el formulario y adjuntar los documentos (si se requieren), así como para enviar la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, el órgano competente revisa la documentación y si fuera necesario, enviara notificación para que subsane los documentos en el plazo de diez días desde la notificación.
Una vez subsanado, pasarán a evaluación.
Tras la evaluación, se determinará la propuesta de resolución provisional, con opción a alegar por el organismo en el plazo de diez días desde notificación.
Tras la propuesta de resolución provisional se publicará la resolución definitiva.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Calendario de actuaciones
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17/11/2023Resolución de la convocatoria
Contra la siguiente resolución puedes presentar recurso potestativo de reposición del 17 de noviembre al 18 de diciembre de 2023.
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 04/09/2023 Fecha de fin: 15/09/2023
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud