Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.

El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.

Consulta el estado y evolución

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

La concesión de las subvenciones seguirá el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva, estableciéndose un orden de prelación en función de la fecha y hora de presentación de las solicitudes válidamente presentadas, en el Registro electrónico de la Comunidad de Madrid. 

La subvención se otorgará a las solicitudes que, cumpliendo los requisitos, se encuentren dentro de los límites del crédito presupuestario disponible en la convocatoria, siendo denegadas el resto.

El órgano instructor del procedimiento será la dirección general competente en materia de empleo, y a la vista del expediente, formulará las propuestas de resolución y las elevará al titular de la Consejería competente en materia de empleo, quien resolverá la concesión o denegación de la subvención.

En caso de que el importe solicitado sea inferior al que resulte de aplicación en función de los criterios de cálculo previstos en la presente convocatoria, el órgano instructor podrá modificarlo de oficio para adecuarlo al importe correcto de la subvención. Esta modificación deberá ser ratificada por el solicitante antes de la propuesta de resolución.

La concesión o denegación de la subvención será notificada a los solicitantes de forma individual y por medios electrónicos a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid.

Las subvenciones concedidas serán objeto de publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Calendario de actuaciones de este trámite.
 

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

3 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden de 26 de julio de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del «Programa de Jóvenes Investigadores», de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 186, de 6 de agosto).

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 24/09/2024 Fecha de fin: 21/10/2024

Contacto y ayuda

Documentos de interés

Instrucciones de cumplimentación de solicitud del Programa de Jóvenes Investigadores
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Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 22/10/2024
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