Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
- Entidades locales de la Comunidad de Madrid.
- Organismos autónomos y entidades dependientes o asimiladas a aquellas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales.
Requisitos
- Ser competentes para la ejecución de las obras o servicios correspondientes a los puestos de trabajo para los que se solicita la subvención.
- Tener capacidad técnica y de gestión para la impartición de la formación.
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No tener deudas en vía ejecutiva con la Comunidad de Madrid.
- No concurrir en alguna de las circunstancias previstas en la normativa de subvenciones.
- Presentar una única solicitud a la convocatoria.
- Respetar, en conjunto, los límites en relación con el número desempleados que se establecen en la convocatoria.
- Aceptar en la solicitud las siguientes declaraciones responsables:
- Compromiso de formalizar el contrato de trabajo con la persona desempleada que reúna los requisitos exigidos en el programa de empleo y en la orden de concesión de subvención e impartir la formación que le haya sido autorizada en la resolución por la que se concede la subvención.
- Compromiso de formalizar la contratación en el plazo máximo establecido en las normas reguladoras del programa de empleo. Compromiso de proporcionar ocupación efectiva en el puesto de trabajo aprobado a las personas desempleadas contratadas.
- Compromiso de abonar a las personas desempleadas contratadas el salario correspondiente a su ocupación y categoría profesional, incluida la parte proporcional de las dos gratificaciones extraordinarias anuales, respetando lo establecido en la normativa laboral que le resulte de aplicación y que, sumado a los costes de seguridad social a cargo del empleador, sea, al menos, equivalente al importe del módulo utilizado para el cálculo de la subvención establecido para este fin. Asimismo, el compromiso de ingresar en la Tesorería General de la Seguridad Social las cuotas correspondientes.
- Compromiso de haber realizado, en su caso, del Plan de Prevención de Riesgos Laborales.
- Compromiso de comunicar la solicitud u obtención de ayudas concurrentes posteriores a las declaradas en la solicitud.
- En su caso, cumplimiento de la capacidad técnica y de gestión para la impartición de la formación transversal o complementaria.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Certificado de aprobación.
- En el caso de Mancomunidades de municipios, o un organismo autónomo o entidad con competencias en materia de promoción de empleo, dependiente o asimilada a una entidad local, certificación emitida por quién ostente la competencia de fe pública de la entidad, de la fecha de creación, fines estatutarios, identificación del presidente-gerente o equivalente que ejerza la función directiva, según anexo de la convocatoria y, en su caso, de los municipios que componen la mancomunidad.
- Certificado bancario de titularidad de la cuenta bancaria del beneficiario que figura en la solicitud.
- En el caso de que la formación de certificado de profesionalidad se prevea impartir en un centro formativo externo acreditado, acuerdo para concurrir al procedimiento de contratación administrativa del servicio de formación del certificado de profesionalidad correspondiente a la ocupación solicitada.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Documento de identificación fiscal de la entidad beneficiaria.
- Documento Nacional de Identidad del representante de la entidad beneficiaria.
- Certificado de estar al corriente de obligaciones con la Seguridad Social.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Extracto de la Orden de 3 de diciembre de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan subvenciones en el año 2026 para la realización del Programa de Fomento del Empleo Juvenil con Corporaciones Locales en el marco del Programa FSE+ 2021/2027 (BOCM nº 31, de 6 de febrero).
- Orden de 8 de mayo de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las normas de procedimiento y las bases reguladoras de las subvenciones de los programas públicos de empleo-formación de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 120, de 22 de mayo).
- Orden de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan subvenciones en el año 2026 para la realización del Programa de Fomento del Empleo Juvenil con Corporaciones Locales en el Marco del Programa FSE+ 2021/2027.
Órgano responsable
- Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
- Viceconsejería de Economía y Empleo
- Dirección General del Servicio Público de Empleo
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud se abre el 10/02/2026. Si lo deseas, puedes activar los avisos para que te lo recordemos.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la entidad solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que ha desistido de su petición dictaremos una resolución que así lo indique.
En ningún caso admitiremos las solicitudes presentadas fuera del plazo de presentación de solicitudes.
Plazos y efectos del silencio administrativo
4 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 10/02/2026 Fecha de fin: 02/03/2026
Contacto y ayuda
Documentos de interés
Contacto
Área de Programas de Empleo Cofinanciados
Horario de atención al público: lunes a viernes de 09:00 a 14:00.
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud