El órgano instructor comprobará si la documentación presentada por el solicitante no cumple los requisitos establecidos o no acompaña la documentación establecida, en cuyo caso lo notificará al interesado, para que, en un plazo 10 días hábiles subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.
La Comisión de Evaluación evaluará las solicitudes presentadas que serán valoradas de conformidad con los criterios objetivos previstos en la Convocatoria y sus Bases Reguladoras.
Una vez realizada la primera evaluación, se procederá elaborar la lista priorizada de los solicitantes por orden de la puntuación obtenida y se emitirá la propuesta de concesión de la subvención que incluirá a los solicitantes becados, la cuantía de las becas concedidas e identificará a todos los solicitantes por orden de puntuación obtenida, figurando en su caso, la desestimación de las solicitudes.
El Presidente de la Comisión elaborará la prueba de idioma, que deberá superarse con un apto.
La Comisión de Evaluación establecerá una lista priorizada por orden de la puntuación obtenida con todos los solicitantes con una puntuación total igual o superior a 55 puntos, cuyos miembros deberán inscribirse en el "Servicio de Notificaciones Telemáticas" de la Comunidad de Madrid, con el fin de podérseles practicar por esta vía las notificaciones relativas a su concesión de beca que se realizará por riguroso orden de puntuación. La Resolución incluirá esta relación priorizada.