Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.

El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.

Consulta el estado y evolución

Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:

  • Consultar el estado de la solicitud.
  • Consultar los documentos enviados.
  • Aportar documentación a la solicitud.
  • Consultar tus comunicaciones
  • Enviar comunicaciones.

También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

En caso de que falte parte de la documentación que debe acompañar a la aceptación de la ayuda se le requerirá otorgándole 10 días hábiles (lunes a viernes no festivos) para su aportación. Transcurrido dicho plazo, en caso de no haber sido atendido el requerimiento, se declarará el desistimiento de la aceptación de la ayuda. Todo ello con excepción de la falta de presentación del certificado de cumplimiento de la obligación de rendición de cuentas anuales que no impedirá la concesión de la ayuda. 

Una vez comprobada por la unidad de tramitación la aceptación de la ayuda con la documentación exigida se informará favorablemente y se resolverá la concesión de la ayuda por orden del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local u órgano en el que delegue. Esta orden individualizada será notificada al Ayuntamiento correspondiente.

Una vez notificada la orden de concesión se procederá al pago. No obstante, en caso de que no se hubiera presentado, hasta el momento, el certificado de cumplimiento de la obligación de rendición de cuentas anuales se suspenderá el pago otorgándose un plazo de 10 días para aportar dicho documento. En caso de no aportarlo en ese plazo se iniciará el procedimiento de pérdida del derecho al cobro de la subvención concedida.

La falta de presentación de la aceptación de la ayuda dará lugar a la no concesión de la subvención.

Además, antes del 31 de marzo de 2025, los beneficiarios deberán presentar una memoria de las actuaciones ejecutadas con cargo al importe percibido.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

6 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 29/07/2024 Fecha de fin: 19/08/2024

Contacto y ayuda

Documentos de interés

Importe de las ayudas por ayuntamiento (Anexo I.A.)
Descargar
106.06 KB
Cálculo de la ayuda Línea de Reequilibrio Territorial (Anexo I.B )
Descargar
150.11 KB
Cálculo de la ayuda Línea de Lucha contra la Despoblación (Anexo I.C)
Descargar
108.29 KB

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

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