Información
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Municipios de la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
- No tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas.
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- No haber sido sancionadas en los últimos tres años por cometer una infracción grave o muy grave en materia de protección de los documentos constitutivos del Patrimonio Documental Madrileño, así como en materia de régimen y funcionamiento del Sistema de Archivos de la Comunidad de Madrid.
- Haber colaborado con la Unidad Técnica de Registros y Protección del Patrimonio Documental de la Subdirección General de Archivos y Gestión Documental en la confección del Directorio de Archivos de la Comunidad de Madrid y de la Estadística de Archivos de la Comunidad de Madrid en 2025.
- Requisitos del archivo para el que se solicita la subvención:
- Entidades locales con población igual o superior a 10.000 habitantes: contar con personal técnico archivero.
- Entidades locales con población inferior a 10.000 habitantes: en el caso de no tener el personal técnico archivero exigido, la Secretaría de la entidad local debe asumir explícitamente la gestión del servicio de archivo.
- El local propuesto para ser adecuado como archivo debe ser considerado apto por el personal técnico de la Subdirección General competente en materia de Archivos, Gestión de Documentos y Patrimonio Documental. Dicho personal puede efectuar las visitas que considere oportunas para comprobar la idoneidad del local. El local destinado a depósito de archivo se considera apto cuando reúne los requisitos mínimos exigibles para una correcta conservación y custodia de los documentos.
- En el caso de que la entidad local no tenga obligación de contar con personal técnico archivero, el local que se pretende equipar debe estar preferiblemente ubicado en el edificio consistorial. Si el local propuesto está fuera del edificio consistorial, debe estar situado en dependencias municipales.
- Indicar en la solicitud como importe de subvención solicitado el 100 por cien del presupuesto de la actividad. Es decir, debe incluir el coste total de la actuación contando la aportación de la Comunidad de Madrid y la aportación municipal.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Sólo si la solicitud no está firmada por el alcalde: Documento en el que se acredite la competencia que ostenta el firmante para solicitar la subvención.
- Declaración responsable relativa a las ayudas, subvenciones o aportaciones para la misma finalidad recibidas de Entidades públicas o privadas (Anexo I).
- Memoria del estado del depósito de archivo.
- Descripción de la obra para la que se solicita subvención y presupuesto desglosado (con IVA incluido).
- Entidades locales con población igual o superior a 10.000 habitantes: certificación del Secretario de existencia de personal técnico archivero.
- Entidades locales con población inferior a 10.000 habitantes: certificación del Secretario de existencia de personal técnico archivero o, en su defecto, de que ese órgano es el responsable del Servicio de Archivo.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Acreditación de la identidad del solicitante DNI o NIE.
- Acreditación de la identidad del representante (si existiera) con DNI o NIE.
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
La cantidad total asignada a esta línea es de 54.000 euros.
Normativa
- Extracto de la Orden 2561/2025 de 2 de diciembre del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas a Entidades locales la Comunidad de Madrid en materia de archivos correspondiente al año 2026 (BOCM nº 60, de 12 marzo de 2026).
- Orden 359/2026 por la que se modifica la Orden 2561/2025 del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas a Entidades Locales de la Comunidad de Madrid en materia de archivos correspondiente al año 2026.
- Orden 2561/2025, de 2 de diciembre, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas a Entidades Locales de la Comunidad de Madrid en materia de archivos correspondiente al año 2026.
- Orden 43/2024, de 22 de enero, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a Entidades locales de la Comunidad de Madrid en materia de archivos (BOCM nº 32, de 7 de febrero).
Órgano responsable
- Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
- Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
- Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la entidad solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que ha desistido de su petición.
Una vez evaluada cada solicitud conforme al baremo y a los criterios de valoración, la Comisión de Valoración determinará la puntuación que corresponde a cada una de ellas. Se financiarán los proyectos de mayor a menor puntuación hasta agotar el crédito disponible.
La dirección general responsable emitirá la propuesta de resolución, a partir de la cual la persona titular de la consejería competente dictará la orden de concesión o denegación de la subvención.
El pago de las ayudas se realizará previa justificación técnica y económica del cumplimiento de la finalidad para la que concedió la subvención. El plazo para justificar la subvención finaliza el 31 de octubre de 2026.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 13/03/2026 Fecha de fin: 01/04/2026
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud