Descripción

  • Referencia
    A350
  • Descripción

    Subvenciones para que los Ayuntamientos adquieran dispositivos electrónicos de retención tipo TASER, para los cuerpos de policía local de la Comunidad de Madrid.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 16/06/2023 Fecha de fin: 17/07/2023

Destinatarios

Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid que dispongan de cuerpo de policía local.

Requisitos

Requisitos de los solicitantes

  1. Estar dado de alta en NOTE.

Requisitos de la documentación

  1. El Certificación de la documentación aportada (Anexo II) tiene que estar firmada por el Secretario/Interventor.
  2. La Autorización de presentación de solicitudes (Anexo III) es imprescindible si quien firma la solicitud no es el Alcalde.
  3. Es necesario que la cuenta corriente de la entidad bancaria este dada de alta en Terceros de la Comunidad de Madrid.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Anexo II firmado por el Secretario/Interventor del Ayuntamiento sobre número de dispositivos electrónicos de retención, número de cursos de formación especializada y en su caso, acuerdo de colaboración entre ayuntamientos.
  2. En el caso de que no firme la solicitud el Alcalde, anexo III de autorización de presentación de la solicitud de subvención para el año 2023 para la compra de dispositivos electrónicos de retención destinados a los cuerpos de policía local de la Comunidad de Madrid.
  3. Certificación emitida por la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, haciendo constar expresamente que las cuentas del Ayuntamiento han sido recibidas por el citado organismo.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos (*):

  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos si lo autoriza expresamente. De lo contrario, deberá aportarlos al procedimiento.

  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)(*)

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Para consultas sobre este trámite, dispones de un correo electrónico: sgga@madrid.org

Tramitación

Se examina la solicitud y se valora por una comisión de valoración.

A los ayuntamientos que por puntuación les corresponda la ayuda, se les comunicara por NOTE.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112
Dirección General de Seguridad

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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