Última actualización: 27/03/2025
  • Pendiente apertura plazo

    • Fecha de inicio: 27/03/2025 Fecha de fin: 16/04/2025
  • En Plazo

    • Presentación de solicitudes

      Fecha de inicio: 27/03/2025 Fecha de fin: 16/04/2025

    Tramitar

  • En tramitación

    Fecha de inicio: 27/03/2025 Fecha de fin: 16/04/2025

    Tramitar

  • Cerrado

Descripción

  • Referencia
    A693
  • Descripción

    Subvención destinada a los Ayuntamientos para la puesta en marcha o facilitar el funcionamiento de las Unidades Activas de Ejercicio Físico (UAEF), en el marco del Programa de Prescripción de Actividad Física y Ejercicio Físico de la Comunidad de Madrid.

    El objetivo de estas ayudas es dotar de equipamiento informático, material de valoración de la condición física y elementos de identificación, necesarios para facilitar el acceso y su proceso de iniciación deportiva a los usuarios del Programa, derivados del ámbito sanitario y a los que estas UAEF dan cobertura.

    El número máximo de UAEF subvencionables por municipio será de 20.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 27/03/2025 Fecha de fin: 16/04/2025

Personas destinatarias

Ayuntamientos de los municipios de la Comunidad de Madrid.

Requisitos

  1. Disponer de al menos una Unidad Activa de Ejercicio Físico (UAEF).
  2. Contar, al menos, con un preparador físico por cada una de las UAEF por las que se solicita la ayuda. A los efectos de este Programa se denominará Promotor de ejercicio físico y se encargará de prestar el servicio de asesoramiento técnico personalizado a los usuarios derivados al sistema deportivo desde el sistema sanitario.
  3. Designar la figura de un coordinador en cada UAEF, que necesariamente deberá ser elegido de entre los promotores de ejercicio físico que realicen sus funciones en la misma, y que será responsable de la interlocución de esta UAEF con los gestores del Programa.
  4. Designar un responsable municipal que asuma la gestión de las altas, bajas y modificaciones de los promotores y coordinadores de las UAEF en la aplicación informática desarrollada al efecto. Este responsable debe ser empleado público del propio ayuntamiento.
  5. Contar con, al menos, una ruta saludable dentro de su término municipal, disponible en formato digital, y una actividad dirigida específica, de carácter gratuito para los usuarios del Programa, ofertada por el sistema deportivo municipal a disposición del mismo.
  6. Presentar una única solicitud por ayuntamiento, en la que se deberá incluir el número de UAEF para las que se solicita la ayuda. En caso de que presente más de una solicitud, solo se tendrá en cuenta la presentada en último lugar. El número máximo de UAEF subvencionables por municipio será de 20.
  7. No incurrir en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario recogidas en la normativa de subvenciones.
  8. No tener deudas en periodo ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Certificación del secretario del ayuntamiento del acuerdo de aprobación de la solicitud de subvención por el órgano municipal competente en el que quede definida la actuación y el importe solicitado.
  2. Memoria explicativa, (modelo 3791F01) con la definición, descripción y desarrollo del proyecto subvencionado.
  3. Presupuesto detallado del proyecto para el que se solicita la subvención, debidamente aprobado por el Ayuntamiento (modelo 3791F02).
  4. En caso de tener en el momento de presentar la solicitud, al menos un programa activo en el municipio de prescripción de ejercicio físico y derivación de usuarios al sistema deportivo desde los centros de salud o consultorios de Atención Primaria, deberá aportar una certificación del secretario del ayuntamiento que acredite la existencia y vigencia del mismo.
  5. Documento acreditativo de la cualificación necesaria para el ejercicio de la profesión de Preparador Físico de todos los promotores de ejercicio físico de cada una de las UAEF.
  6. Documento acreditativo de la designación de la figura de un coordinador en cada UAEF.
  7. Documento acreditativo de la designación de un responsable municipal que asuma la gestión de las altas, bajas y modificaciones de los promotores y coordinadores de las UAEF en la aplicación informática desarrollada al efecto.
  8. Documento acreditativo de contar con, al menos, una ruta saludable dentro de su término municipal en formato digital, y una actividad dirigida específica, de carácter gratuito para los usuarios del Programa, ofertada por el sistema deportivo municipal a disposición del mismo.
  9. Declaración Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI) (modelo 3791F03).
  10. Declaración responsable de adecuación al principio de «no causar perjuicio significativo» (principio «do no significant harm–DNSH») (modelo 3791F04).
  11. Declaración solicitud de otras subvenciones (modelo 3791F05).
  12. Declaración de compromiso de cofinanciación (modelo 3791F06) (Aportar únicamente en caso de cofinanciación del proyecto).
  13. Declaración responsable de identificación del titular real (modelo 3791F07).
  14. Declaración responsable relativa al compromiso de ejecución de actuaciones cumpliendo con los principios transversales establecidos en el PRTR (modelo 3791F08).
  15. Declaración responsable de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) (modelo 3791F09).

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  • Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  • Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). En la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:

Tramitación

El procedimiento de concesión de las ayudas será el ordinario en régimen de concurrencia competitiva. A este efecto, para la concesión de las ayudas, las solicitudes serán evaluadas a fin de establecer la prelación entre las mismas de acuerdo con los siguientes criterios de valoración:

  1. Tener al menos un programa activo en el municipio de prescripción de ejercicio físico y derivación de usuarios al sistema deportivo desde los centros de salud o consultorios de Atención Primaria: 15 puntos.
  2. Número de UAEF por las que se solicita la ayuda: 2 puntos por cada UAEF.
  3. Número de centros de salud o consultorios en el municipio: 1 punto por cada centro de salud o consultorio.

La cuantía máxima a conceder a cada ayuntamiento será de el cien por ciento de la cuantía económica solicitada, hasta el importe máximo de 10.000 euros por UAEF, que se entregará a aquellos ayuntamientos que cuenten con mayor puntuación según los criterios de valoración dentro del límite disponible de 400.000 euros.

Si en alguna de las solicitudes seleccionadas, que incluyera varias UAEF, se llegara al límite del presupuesto fijado en la convocatoria, la ayuda podrá alcanzar hasta la petición de financiación para la última UAEF que pueda financiarse completamente, según el orden establecido por el ayuntamiento en la memoria de necesidad.

La Comisión de Evaluación formulará la propuesta de resolución provisional, en la que aparecerá la relación con los solicitantes admitidos valorados ordenados por orden de puntuación y con el importe de las ayudas propuestas, y otra relación con los solicitantes excluidos provisionalmente con expresión de la causa de exclusión, concediéndose un plazo de 10 días hábiles (lunes a viernes no festivos) para alegaciones y la necesidad de subsanación a partir del día siguiente a la publicación en este trámite, mediante resolución del titular de la dirección general competente en materia de Deporte.

En caso de no subsanación en dicho plazo, se le tendrá por desistido de la solicitud.

Mediante resolución del titular de la dirección general competente en materia de Deporte se publicará en este trámite la propuesta de resolución definitiva.

La resolución del procedimiento se efectuará mediante orden del titular de la consejería competente en materia de Deporte a la vista de la propuesta elaborada por la Comisión de Evaluación y elevada por el titular de la dirección general competente en materia de Deporte.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

6 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 39/2015, de 01 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recursos

Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar desde el día siguiente al que la recibas:

  • un recurso de reposición en el plazo de 1 mes, o bien,
  • un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.

Si no has recibido la orden, a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución puedes presentar:

  • un recurso de reposición en cualquier momento, o bien,
  • un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.

Acceso al trámite de recurso de reposición.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
Dirección General de Deportes

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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