El procedimiento de concesión de las ayudas será el ordinario en régimen de concurrencia competitiva. A este efecto, para la concesión de las ayudas, las solicitudes serán evaluadas a fin de establecer la prelación entre las mismas de acuerdo con los siguientes criterios de valoración:
- Tener al menos un programa activo en el municipio de prescripción de ejercicio físico y derivación de usuarios al sistema deportivo desde los centros de salud o consultorios de Atención Primaria: 15 puntos.
- Número de UAEF por las que se solicita la ayuda: 2 puntos por cada UAEF.
- Número de centros de salud o consultorios en el municipio: 1 punto por cada centro de salud o consultorio.
La cuantía máxima a conceder a cada ayuntamiento será de el cien por ciento de la cuantía económica solicitada, hasta el importe máximo de 10.000 euros por UAEF, que se entregará a aquellos ayuntamientos que cuenten con mayor puntuación según los criterios de valoración dentro del límite disponible de 400.000 euros.
Si en alguna de las solicitudes seleccionadas, que incluyera varias UAEF, se llegara al límite del presupuesto fijado en la convocatoria, la ayuda podrá alcanzar hasta la petición de financiación para la última UAEF que pueda financiarse completamente, según el orden establecido por el ayuntamiento en la memoria de necesidad.
La Comisión de Evaluación formulará la propuesta de resolución provisional, en la que aparecerá la relación con los solicitantes admitidos valorados ordenados por orden de puntuación y con el importe de las ayudas propuestas, y otra relación con los solicitantes excluidos provisionalmente con expresión de la causa de exclusión, concediéndose un plazo de 10 días hábiles (lunes a viernes no festivos) para alegaciones y la necesidad de subsanación a partir del día siguiente a la publicación en este trámite, mediante resolución del titular de la dirección general competente en materia de Deporte.
En caso de no subsanación en dicho plazo, se le tendrá por desistido de la solicitud.
Mediante resolución del titular de la dirección general competente en materia de Deporte se publicará en este trámite la propuesta de resolución definitiva.
La resolución del procedimiento se efectuará mediante orden del titular de la consejería competente en materia de Deporte a la vista de la propuesta elaborada por la Comisión de Evaluación y elevada por el titular de la dirección general competente en materia de Deporte.