Descripción

  • Referencia
    A360
  • Descripción

    Ayudas a los ayuntamientos de la Comunidad de Madrid para la creación o mantenimiento, dentro de su estructura, de Unidades Caninas. Se engloba la ayuda dentro de las subvenciones materiales del Programa de Ayuda a las Policías Locales

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 02/09/2023 Fecha de fin: 02/10/2023

Destinatarios

Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid que dispongan de cuerpo de policía local.
 

Requisitos

  1. Estar dado de alta en NOTE para recibir las notificaciones posteriores. 
  2. La persona que firme la solicitud tiene que ser el Alcalde o Concejal con delegación para presentarla. Si no es una de estas dos personas tiene que rellenar el documento “Autorización para la presentación de la solicitud”.

Documentación a presentar

    1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
    2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Anexo II firmado por el Secretario/Interventor del Ayuntamiento sobre la titulación acreditativa de la condición de guía canino de los policías en plantilla. Las instalaciones y equipamiento para el cuidado y manutención de los animales. Proyecto de creación de la unidad canina en su caso o en el caso de mantenimiento de dicha unidad, el número de perros con seguro y cartilla sanitaria actualizada y si existe, acuerdo de colaboración entre ayuntamientos.
  2. En el caso de que no firme la solicitud el Alcalde, anexo III de autorización de presentación de la solicitud de subvención para el año 2023 para la creación o mantenimiento de unidades caninas destinadas a los cuerpos de policía local de la Comunidad de Madrid. 
  3. Certificación emitida por la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, haciendo constar expresamente que las cuentas del Ayuntamiento han sido recibidas por el citado organismo.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Certificado de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Para dudas y consultas, puedes contactar a través del correo electrónico: sgga@madrid.org

Tramitación

Se examina la solicitud y se valora por una comisión de valoración. Una vez realizada esta valoración se comunica a los ayuntamientos que les corresponda por puntuación, dentro del presupuesto destinado a este fin. Esta comunicación se hace por NOTE.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Interior y Dirección de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112
D.G. de Seguridad, Protección Civil y Formación

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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