Descripción
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ReferenciaA360
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Descripción
Ayudas a los ayuntamientos de la Comunidad de Madrid para la creación o mantenimiento, dentro de su estructura, de Unidades Caninas. Se engloba la ayuda dentro de las subvenciones materiales del Programa de Ayuda a las Policías Locales
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 02/09/2023 Fecha de fin: 02/10/2023
Destinatarios
Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid que dispongan de cuerpo de policía local.
Requisitos
- Estar dado de alta en NOTE para recibir las notificaciones posteriores.
- La persona que firme la solicitud tiene que ser el Alcalde o Concejal con delegación para presentarla. Si no es una de estas dos personas tiene que rellenar el documento “Autorización para la presentación de la solicitud”.
Documentación a presentar
1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Anexo II firmado por el Secretario/Interventor del Ayuntamiento sobre la titulación acreditativa de la condición de guía canino de los policías en plantilla. Las instalaciones y equipamiento para el cuidado y manutención de los animales. Proyecto de creación de la unidad canina en su caso o en el caso de mantenimiento de dicha unidad, el número de perros con seguro y cartilla sanitaria actualizada y si existe, acuerdo de colaboración entre ayuntamientos.
- En el caso de que no firme la solicitud el Alcalde, anexo III de autorización de presentación de la solicitud de subvención para el año 2023 para la creación o mantenimiento de unidades caninas destinadas a los cuerpos de policía local de la Comunidad de Madrid.
- Certificación emitida por la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, haciendo constar expresamente que las cuentas del Ayuntamiento han sido recibidas por el citado organismo.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para dudas y consultas, puedes contactar a través del correo electrónico: sgga@madrid.org
Tramitación
Se examina la solicitud y se valora por una comisión de valoración. Una vez realizada esta valoración se comunica a los ayuntamientos que les corresponda por puntuación, dentro del presupuesto destinado a este fin. Esta comunicación se hace por NOTE.
Normativa
- Orden de 8 de mayo de 2024, del Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba la concesión de la subvención para la creación o mantenimiento de unidades caninas destinadas a los cuerpos de policía local de los ayuntamientos integrados en el Programa de Apoyo a las Policías Locales de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 146, de 20 de junio).
- Extracto de la Orden de 27 de julio de 2023, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se convocan subvenciones para el año 2023 para la creación o mantenimiento de unidades caninas destinados a los cuerpos de policía local de la Comunidad de Madrid. (BOCM nº 208, de 1 de septiembre)
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).