Descripción

  • Referencia
    A275
  • Descripción

    Subvenciones del Programa para el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid:

    • Línea 2: Incentivos a la contratación estable de personas jóvenes.
    • Línea 3: Impulso al contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada de personas jóvenes.
    • Línea 4: Impulso al contrato de formación en alternancia para personas jóvenes.
  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Destinatarios

Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en estas líneas de subvención los trabajadores autónomos, empresas y entidades de carácter privado que no tengan ánimo de lucro, que reúnan los requisitos y condiciones establecidos.

No podrán acogerse a las ayudas de esta línea de subvención:

  1. las sociedades civiles,
  2. las comunidades de bienes,
  3. las agrupaciones de personas físicas o jurídicas o
  4. cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica propia, excepto sucursales u otro tipo de establecimientos con autonomía de gestión que compartan la personalidad jurídica de la entidad principal o matriz radicada en España.

Requisitos

Requisitos de las personas contratadas

  1. Ser menor de 30 años, a fecha de la formalización del contrato.
  2. Figurar como persona inscrita, el día inmediatamente anterior a su contratación, en situación de beneficiaria en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
  3. Figurar, asimismo, inscrita, el día inmediatamente anterior a su contratación, como persona desempleada demandante de empleo en alguna de las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid.
  4. En el caso de la Línea 3, estar en posesión, en el momento de la formalización del contrato, de un título universitario o de un título de grado medio o superior, especialista, máster profesional o certificado  del sistema de formación profesional, así como quienes posean un título equivalente de enseñanzas artísticas o deportivas del sistema educativo, que habiliten o capaciten para el ejercicio de la actividad laboral, carecer de la cualificación profesional reconocida por las titulaciones o certificados requeridos para concertar un contrato formativo para la obtención de práctica profesional.

Requisitos de las contrataciones

  1. El centro de trabajo en el que preste sus servicios la persona contratada deberá estar radicado en la Comunidad de Madrid.
  2. Las contrataciones deberán formalizarse por escrito en el modelo de contrato establecido al efecto por el Servicio Público de Empleo Estatal y la persona contratada deberá haber sido dado de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
  3. Tanto el alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social como el inicio de la relación laboral deben ser previos a la presentación de la solicitud.

Requisitos de los beneficiarios

  1. Tener domicilio social y fiscal en territorio español.
  2. Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como al corriente de pago de las cuotas a la mutualidad profesional en el supuesto de profesionales colegiados.
  3. No tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
  4. Haber realizado el plan de prevención de riesgos laborales de acuerdo a los establecido en la normativa reguladora.
  5. No podrán obtener la condición de beneficiario las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en la normativa de subvenciones.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Escritura pública de constitución o acta fundacional del solicitante, en su caso, con sus posibles modificaciones.
  2. Documentación acreditativa de la capacidad del representante legal del solicitante, para actuar en su nombre y representación.
  3. Documentación de alta en la mutualidad del colegio profesional (sólo en el supuesto que el solicitante sea un trabajador autónomo/profesional colegiado que haya optado por la mutualidad).
  4. Certificado actualizado acreditativo de hallarse al corriente de pago de las cuotas a la mutualidad profesional (sólo en el supuesto que el solicitante sea un trabajador autónomo/profesional colegiado que haya optado por la mutualidad).
  5. Certificado de titularidad bancaria emitido por una entidad financiera que incluya los datos de la cuenta bancaria consignada en la solicitud.
  6. Formulario II “Otorgamiento de representación”: Se aportará cuando se otorgue la representación a una persona física, o jurídica, que no ostente la representación legal del interesado. Asimismo, se aportará cuando la solicitud haya sido firmada por un administrador mancomunado.
  7. Formulario III “Relación de las personas contratadas”.
  8. Formulario IV “Autorización a la Comunidad de Madrid para la consulta de datos del trabajador”.
  9. Informe de vida laboral de cada persona contratada, en caso de no presentar el Formulario IV por el que se autoriza dicha consulta.
  10. Formulario V “Adenda al contrato de trabajo” firmada por el interesado o su representante legal y la persona trabajadora.
  11. Formulario VI-A “Declaración responsable de prevención de riesgos laborales”.
  12. Formulario VI-B “Certificado de prevención de riesgos laborales del servicio de prevención ajeno”.
  13. Formulario VII “Declaración responsable - artículo 9 de las normas reguladoras del programa para el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid”.
  14. Informe de vida laboral de la empresa, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, referido al código de cuenta de cotización principal y de los secundarios, en su caso, del trabajador autónomo que realiza su primera contratación, referido a los doce meses anteriores a la fecha de la contratación (Línea 2).
  15. Declaración responsable de la persona contratada cuando pertenezca al colectivo de personas trans.
  16. Informe o consulta acreditativa de que el joven contratado estaba inscrito, como beneficiario, en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el día inmediatamente anterior a la formalización del contrato por el que se solicita subvención.
  17. Copia del título o certificado de profesionalidad del joven contratado en cuya virtud se celebra el contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada, o en su defecto, certificación de su solicitud o certificación acreditativa de la terminación de los estudios o la formación obtenida (Línea 3).
  18. Copia del contrato de formación en alternancia formalizado en el modelo establecido al efecto por el Servicio Público de Empleo Estatal (Línea 4).

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. Documento de identificación fiscal del solicitante.
  2. Certificado de hallarse el interesado al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social, a efectos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  3. En su caso, vida laboral del trabajador autónomo, a efectos de acreditar su alta en el régimen especial de trabajadores por cuenta propia.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, a efectos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde la fecha de alta de la persona contratada en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.

El importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de esta convocatoria durante el año 2023 asciende a 12.000.000,00 €.

Tramitación

Procedimiento de concesión de las subvenciones.

La concesión se realizará mediante concesión directa por orden riguroso de incoación de las solicitudes válidamente presentadas, en función de la fecha y hora de presentación en el Registro electrónico de la Comunidad de Madrid. La subvención se otorgará a las solicitudes que cumpliendo los requisitos establecidos se encuentren dentro de los límites del crédito presupuestario disponible para este programa.

Si la solicitud, así como la documentación que debe acompañarla, no reúne los requisitos establecidos en la normativa, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.

La Dirección General del Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid, a la vista del expediente, formulará las propuestas de resolución y las elevará al titular de la Consejería competente en materia de empleo, quien resolverá la concesión o denegación de la subvención.

La Orden por la que se resuelva la concesión o denegación de la subvención será notificada a los solicitantes de forma individual y por medios electrónicos a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid.

 

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Cuatro meses
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Acuerdo de 28 de diciembre de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de subvenciones del programa para el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Economía y Empleo
Dirección General del Servicio Público de Empleo

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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