Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.

El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.

Consulta el estado y evolución

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, solicitaremos la subsanación (corrección) de las faltas o aportación de los documentos necesarios. Si en el plazo de 10 días hábiles (lunes a viernes no festivos), contados desde el siguiente al de la recepción del requerimiento, no se hubiera subsanado entenderemos que se ha desistido de la solicitud previa resolución expresa.

Transcurrido el plazo de subsanación, verificaremos el cumplimiento de las condiciones para ser beneficiario y solicitaremos la documentación acreditativa de los datos contenidos en las declaraciones responsables y la información  o documentación complementaria que se considere necesaria.

Las solicitudes se resolverán por orden cronológico de entrada (día y hora) hasta agotar los fondos previstos.

La propuesta de resolución definitiva, se notificará electrónicamente a los interesados que hayan sido propuestos como beneficiarios para que en el plazo de cinco días comuniquen su aceptación y seguidamente se resolverá.

La resolución se notificará electrónicamente.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

6 meses.

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 28/10/2024 Fecha de fin: 18/11/2024

Contacto y ayuda

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 19/11/2024
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