Última actuación
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23/10/2023Subsanación de solicitud del 23 de octubre al 30 de noviembre de 2023
Aquellos municipios a los que se ha requerido subsanación de la solicitud deberán hacerlo en el plazo indicado en el requerimiento enviado por la unidad de tramitación.
Información
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Municipios, mancomunidades y demás entidades locales de la Comunidad de Madrid, válidamente constituidas, así como los organismos y entidades de ellos dependientes.
Requisitos
- No tener deudas en periodo ejecutivo con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, salvo que estuvieran exoneradas de acuerdo con la normativa aplicable.
- No encontrarse incursas en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones según la normativa de subvenciones.
- Hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- Llevar a cabo el tratamiento de los datos de carácter personal necesarios para la realización de los proyectos para los que se solicita la subvención.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
Solicitud individual:
- Memoria del proyecto (Anexo III).
- Declaración responsable del representante legal de que la entidad (Anexo IV).
- Declaración responsable del representante legal sobre otras ayudas solicitadas/obtenidas para el desarrollo del proyecto (Anexo V).
- Declaración responsable del representante legal de que nadie del personal (incluido el voluntario) que realiza actividades para el desarrollo del proyecto objeto de la subvención, que implican contacto habitual con menores, ha sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual (Anexo VI).
Solicitud para agrupación:
- En caso de que la capacidad de representación legal de la entidad no lo sea por razón del cargo, documentación acreditativa de dicha capacidad.
- Declaración responsable del representante legal (Anexo IV).
- Declaración responsable del representante legal de que nadie del personal (incluido el voluntario) que realiza actividades para el desarrollo del proyecto objeto de la subvención, que implican contacto habitual con menores, ha sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual (Anexo VI).
- Documentación acreditativa de la delegación en favor del Ayuntamiento que actúa en representación de la agrupación.
- Memoria del proyecto (Anexo III).
- Declaración responsable del representante legal sobre otras ayudas solicitadas/obtenidas para el desarrollo del proyecto (Anexo V).
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- NIF, NIE o tarjeta de identificación de extranjeros (TIE), del representante legal de la entidad.
- Certificado de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
Para consultas sobre este trámite, dispones del correo electrónico: camposvoluntariado@madrid.org
Normativa
- Extracto de la Orden 2843/2023, de 21 de septiembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan subvenciones a municipios y otras entidades locales de la Comunidad de Madrid para la realización de campos de voluntariado juvenil para el 2024 (BOCM nº 235, de 3 de octubre).
- Orden 1431/2021, de 13 de septiembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a municipios y otras entidades locales de la Comunidad de Madrid para la realización de campos de voluntariado juvenil.
Órgano responsable
- Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- D. G. de Juventud
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
- El plazo de resolución y notificación será de tres meses, contados desde la fecha de publicación del extracto de la convocatoria.
- La resolución se notificará electrónicamente a las entidades interesadas.
- Las solicitudes sobre las que no haya recaído resolución expresa y no se haya notificado en el plazo señalado en el punto 1 de este apartado se entenderán desestimadas.
- Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el titular de la Consejería con competencias en materia de juventud, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Tres meses
Calendario de actuaciones
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23/10/2023Subsanación de solicitud del 23 de octubre al 30 de noviembre de 2023
Aquellos municipios a los que se ha requerido subsanación de la solicitud deberán hacerlo en el plazo indicado en el requerimiento enviado por la unidad de tramitación.
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 04/10/2023 Fecha de fin: 18/10/2023
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud