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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Estudiantes matriculados por primera vez en el curso 2025-2026 en enseñanzas oficiales en:
- Una universidad de la Comunidad de Madrid.
- Un centro adscrito a una universidad, con sede en la Comunidad de Madrid.
- Un centro superior de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- No tener título de Grado, Licenciatura, Ingeniería o Arquitectura, Diploma, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica, Maestro o equivalente.
- Encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
- Estudiantes que tienen el título de Bachiller o equivalente y acceden a la universidad mediante la superación de la prueba de acceso correspondiente.
- Estudiantes procedentes de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea o con Acuerdo Internacional y que acceden a la Universidad.
- Estudiantes procedentes de sistemas educativos extranjeros, no incluidos en el apartado anterior, y que acceden a la Universidad.
- Estudiantes que están en posesión del título de Técnico Superior o equivalente y Técnico Deportivo Superior o equivalente y que acceden a la Universidad.
- Estudiantes que acceden directamente con el título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño a las enseñanzas de Diseño y Conservación y Restauración de Bienes Culturales.
- Estudiantes que acceden a las enseñanzas artísticas superiores mediante la superación de la Prueba Específica de Acceso.
- Tener la nota mínima establecida:
- Estudiantes que acceden a la universidad: 10,800 puntos.
- Estudiantes que acceden a centros superiores de enseñanzas artísticas: 10,00 puntos.
- Haberse matriculado en alguna de las siguientes enseñanzas:
- Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de Grado.
- Enseñanzas artísticas superiores adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior, conducentes al título superior de enseñanzas artísticas.
- Enseñanzas universitarias conducentes a los títulos oficiales de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico.
- Cumplir al menos uno de los siguientes méritos deportivos en los 12 meses anteriores a la convocatoria:
- Haber participado en campeonatos o copas oficiales de Europa o del Mundo, tanto en deportes individuales como en deportes de equipo en modalidades o especialidades deportivas reconocidas por las federaciones deportivas madrileñas inscritas en el Registro de Asociaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid.
- Haber sido medallistas en campeonatos oficiales de España tanto en deportes individuales como en deportes de equipo en modalidades o especialidades deportivas reconocidas por las federaciones deportivas madrileñas inscritas en el Registro de Asociaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid.
- Estar entre los ocho primeros del ranking nacional oficial publicado por la Federación española correspondiente al final del año anterior o temporada según funcionamiento federativo.
- Haber participado en la liga de máxima categoría de: Baloncesto, Béisbol, Balonmano, Hockey hielo, Baloncesto en silla de ruedas, Fútbol, Fútbol sala, Gimnasia, Hockey hierba, Waterpolo, Hockey patines, Hockey línea, Rugby 15, Voleibol, Futbol americano y Kayak Polo.
- Ser árbitros o jueces con licencia por una federación deportiva madrileña u homologada por una federación deportiva española que han participado en campeonatos de España oficiales o competiciones internacionales de primer nivel.
- Estar en posesión de la licencia federativa vigente expedida por una federación deportiva madrileña u homologada por una federación deportiva española.
- Tener licencia en vigor por la federación madrileña en el momento de presentar la solicitud, si el mérito deportivo se obtuvo representando a otra comunidad autónoma.
- No estar cumpliendo sanción firme, de carácter grave o muy grave, en materia deportiva impuesta por una federación deportiva o por la Administración.
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Certificado de Registro de la Unión Europea (únicamente en el supuesto de que el interesado no tenga expedido número de DNI o NIE).
- Certificado oficial de la Evaluación de Acceso a la Universidad (PAU).
- Prueba de Acceso a la Universidad (PAU).
- Certificado de Bachillerato en la Comunidad de Madrid.
- Credencial.
- Certificación para alumnos que se encuentren en posesión del título de técnico superior o equivalente, Técnico Deportivo Superior o equivalente o Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño (Anexo I).
- Certificación acreditativa méritos deportivos (Anexo III).
- Documento de la entidad bancaria donde consten los datos bancarios (código IBAN, entidad, sucursal, dígito de control y número de cuenta) completos del beneficiario como titular o cotitular de la cuenta.
- Documentación acreditativa de la condición de víctima de violencia de género.
- Autorización para la presentación de la solicitud por medio de un representante.
- Otra documentación (especificar).
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- NIF o NIE.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Extracto de la Orden 1740/2026, de 26 de abril, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de becas de excelencia académica deportiva, correspondiente al curso 2025-2026, para cursar estudios en las universidades y centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid (turno de estudiantes de nuevo ingreso en centros superiores de enseñanzas artísticas) (BOCM nº 110, de 11 de mayo).
- Extracto de la Orden 1740/2026, de 26 de abril, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de becas de excelencia académica deportiva, correspondiente al curso 2025-2026, para cursar estudios en las universidades y centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid (turno de estudiantes de nuevo ingreso en la Universidad) (BOCM nº 110, de 11 de mayo).
- Orden 1451/2026, de 14 de abril, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se modifican los requisitos deportivos que se recogen en la Orden 1890/2024, de 30 de abril, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueban las bases reguladoras de becas de excelencia académica y de becas de excelencia académica-deportiva para cursar estudios en las universidades y centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 96, de 24 de abril).
- Orden 1890/2024, de 30 de abril, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueban las bases reguladoras de becas de excelencia académica y de becas de excelencia académica-deportiva para cursar estudios en las universidades y centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 119, de 20 de mayo).
Órgano responsable
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
- Viceconsejería de Universidades, Investigación y Ciencia
- Dirección General de Universidades
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
Presentación digital
Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" para entrar en tu Cuenta Digital.
- Rellena el formulario. Si no lo completas, se queda guardado como borrador en "Mis Gestiones".
- Adjunta los documentos y pulsa "Firmar y enviar solicitud" para finalizar.
Presentación presencial
Puedes realizar este trámite de forma presencial si no eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder al formulario" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
El plazo para presentar esta solicitud se abre el 12/05/2026. Si lo deseas, puedes activar los avisos para que te lo recordemos.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.
Si eliges el correo certificado como medio de notificación al rellenar la solicitud, te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
A continuación, publicaremos la lista provisional de solicitudes presentadas, admitidas y excluidas, con la causa de exclusión. Se abrirá un plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos) desde el día siguiente a la publicación para subsanar (corregir) las solicitudes. Si la persona solicitante no subsana la solicitud, entenderemos que renuncia a su petición.
Una vez evaluada cada solicitud, la dirección general responsable emitirá la propuesta de resolución, en base a la que la persona titular de la consejería competente dictará la orden de concesión o denegación de las becas.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al de su publicación:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no se ha publicado la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 12/05/2026 Fecha de fin: 02/06/2026
Contacto y ayuda
Contacto
Área de Extensión Universitaria y Alumnos
Teléfonos:
- Información académica: 917200206; 917200207
- Información deportiva: 915801743; 615330054; 912767138
Horario de atención al público: lunes a viernes de 09:00 a 14:00
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud