Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.

El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.

Consulta el estado y evolución

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Una vez recibidas las solicitudes, se realizará una comprobación de la documentación presentada. En caso no cumplir con los requisitos establecidos en la convocatoria, se requerirá a la entidad que solvente las incidencias observadas. 

Admitidas las solicitudes, se procederá a su evaluación. Se realizará un listado con las solicitudes admitidas en cada línea, así como aquellas que hayan quedado excluidas o desistidas. 

En el listado de solicitudes admitidas, aparecerán, por orden de puntuación, las que hayan obtenido ayuda, así como las que queden fuera por falta de presupuesto.

Este listado será publicado, por Orden de la Dirección General, tanto en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, así como en la web de la Comunidad de Madrid. No obstante, no será efectiva hasta su publicación en el BOCM. 

Una vez publicada la Orden en el Boletín, y previa a la recepción de la ayuda, será necesario que la entidad receptora, remita el documento de aceptación de esta, que será remitido por la Dirección General junto con la Orden de concesión.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

Seis meses

Efecto del silencio
Desestimatorio

Calendario de actuaciones

Contacto y ayuda

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

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