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Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.

El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.

Consulta el estado y evolución

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Para la de concesión las ayudas, podemos resumir algunas fases:  

  1. Fase de solicitud: la documentación entra por Registro en el sistema, y se crea el expediente.  
  2. Fase de revisión: el equipo del área revisa que la documentación necesaria sea la correcta.  
  3. Fase de requerimiento: en caso de haber alguna incidencia, se solicitará a la entidad que la solvente. El plazo será de 10 días hábiles desde la recepción de la notificación.  
  4. Fase de evaluación: una vez está correcta toda la documentación del expediente, se procede a su evaluación. 
  5. Comisión de valoración: una vez valorados todos los expedientes, la comisión se reúne y se revisan las concesiones, denegaciones, exclusiones y desistimientos. Se realiza una propuesta de concesión al Director General responsable.
  6. Una vez propuesta la resolución, se envía a la Intervención Delegada. 
  7. Recibido el visto bueno de la Intervención, se procede a la firma de la Resolución definitiva y su publicación en el BOCM.
  8. Una vez salga publicada en el BOCM, desde el área de voluntariado se remitirá el documento de aceptación necesario para proceder al pago de la ayuda. 
  9. Terminado el plazo de ejecución del proyecto, la entidad tiene dos meses para proceder al envío de la documentación necesaria para la justificación del proyecto.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

6 meses.

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden 1487/2017, de 21 de septiembre, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para proyectos de voluntariado y proyectos de innovación social.

Calendario de actuaciones

Contacto y ayuda

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 08/11/2024
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