Descripción
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ReferenciaA117
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Descripción
Ayudas a empresas privadas para realizar actividades de teatro y danza en 2022.
Se convocan ayudas a favor de empresas de artes escénicas para la realización de actividades de teatro y danza en las siguientes modalidades:
- Producción de una obra teatral y estreno de la obra.
- Producción de una obra coreográfica y estreno de la obra.
Las dos modalidades son compatibles entre sí.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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11/01/2023Desestimación de solicitudes. Se abre plazo de recurso potestativo del 29 de diciembre de 2022 al 30 de enero de 2023, y para el recurso contencioso administrativo del 29 de diciembre de 2022 al 28 de marzo de 2023
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 27/04/2022 Fecha de fin: 19/05/2022
Destinatarios
Personas físicas y empresas en el ámbito de las artes escénicas (teatro y danza).
Requisitos
- Tener la condición de microempresa o pequeña empresa.
- El solicitante deberá tener el domicilio fiscal en la Comunidad de Madrid.
- El empresario autónomo y la empresa como entidad jurídica deberá tener, al menos, una antigüedad de dos años de actividad profesional, o su administrador o socio mayoritario una trayectoria profesional suficientemente acreditada y continuada en los dos años anteriores a la fecha de la solicitud o de manera discontinua en los cuatro últimos años.
En las agrupaciones de interés económico, la trayectoria profesional deberá ser acreditada por la empresa que sea el productor-gestor.
El empresario autónomo podrá acreditar su trayectoria profesional si tiene, al menos, dos años como profesional de los últimos cuatro. - No podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia, tales como las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.
- No podrán ser beneficiarios quienes estuvieran incursos en alguna de las prohibiciones previstas en normativa de subvenciones.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Documentación administrativa:
- Escrituras o declaración de que las aportará, si es beneficiario y
- Certificado de Situación Censal.
- Documentación del proyecto cultural.
Documentación del proyecto cultural y acreditación de la trayectoria del solicitante, que no se incluya en los formularios previstos:- Proyecto (memoria, cronograma, ficha artística y técnica, trayectoria, declaración de autoría) Anexo.....
- Presupuesto (Anexo..)
- Cualquier otra documentación del proyecto cultural que el solicitante considere de interés.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:
- Certificado de Hacienda de la Comunidad de Madrid
- DNI
- NIF (Número de Indentificación Fiscal)
- Certificado de Seguridad Social.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- Certificado de Hacienda Estatal
- Alta en el Impuesto de actividades Económicas.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de Hacienda Estatal
- Alta en el Impuesto de actividades Económicas
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
El periodo subvencionable será desde el 1 de octubre de 2021 al 14 de diciembre de 2022.
Las obras deberán estrenarse en representación pública entre el 15 de diciembre de 2021 y 14 de diciembre de 2022.
Tramitación
Procedimiento de tramitación :.
- Publicación de la convocatoria (BOCM)
- Plazo de presentación de solicitudes
- Revisión de las solicitudes y periodo de subsanación cuando corresponda.
- Valoración de los proyectos
- Propuesta de adjudicación
- Fiscalización y comprobación de los aportados a los solicitantes con mayor puntuación
- Adjudicación de la ayuda
- Abono de la ayuda propuesta
- Justificación de la ayuda propuesta
- Comprobación de la justificación y proceso de reintegro en su caso.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Normativa
- Extracto de la Orden 321/2022, de 11 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan ayudas a empresas privadas para realizar actividades de teatro y danza en 2022 (BOCM nº 98, de 26 de abril).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).