Última actuación

  • 11/01/2023
    Concesión y denegación de las ayudas mediante Orden 2816/2022 de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social

    Los beneficiarios han sido notificados individualmente

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Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.

El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.

Consulta el estado y evolución

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación
  1. La Dirección General competente en materia de juventud examinará las solicitudes y la documentación aportada.
  2. En caso de que la documentación esté incompleta o no cumpla los requisitos, se notificará requerimiento para su subsanación en el plazo de diez días. Si no lo hiciera, se entenderá desistido de su petición.
  3. La Comisión de Valoración analizará las solicitudes admitidas y elaborará informe con propuesta de concesión, ateniéndose a los criterios de valoración contenidos en la orden de bases regulan estas ayudas.
  4. A la vista dicho informe, la Dirección General competente elevará la propuesta resolución al titular de la Consejería competente que dictará la Orden de concesión. Se dará publicidad de la misma en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

Tres meses

Efecto del silencio
Desestimatorio

Calendario de actuaciones

  • 11/01/2023
    Concesión y denegación de las ayudas mediante Orden 2816/2022 de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social

    Los beneficiarios han sido notificados individualmente

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 02/09/2022 Fecha de fin: 15/09/2022

Contacto y ayuda

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

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