Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
- Asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, cuyos fines constitutivos son la promoción .de la salud y la prevención de adicciones.
- Asociaciones o federaciones de estas entidades.
Requisitos
- Desarrollar proyectos de promoción de la salud y prevención de adicciones en la Comunidad de Madrid dirigidos a población infantojuvenil (menor de 25 años). Deben encuadrarse en alguna de las siguientes líneas o modalidades:
- Acciones y actuaciones que promuevan el desarrollo de habilidades y herramientas para la gestión de las emociones y la resolución adecuada de conflictos, conducta asertiva, habilidad para resistir presión de grupo y desarrollo de pensamiento crítico.
- Acciones y actuaciones de prevención del consumo con sustancias y de otras conductas adictivas en el ámbito comunitario y de ocio y tiempo libre basadas en el refuerzo de factores de protección.
- Acciones y actuaciones dirigidas a la población infantojuvenil para la prevención de los riesgos de uso inadecuado de las redes sociales, basadas en el refuerzo del pensamiento crítico y el ocio saludable.
- Acciones y actuaciones dirigidas a la adquisición de recursos para afrontar situaciones difíciles y de petición de ayuda.
- Actuaciones de promoción de la salud sexual integral y de las relaciones de buen trato, contemplando la prevención de conductas adictivas.
- Desarrollo de grupos de pares supervisados con el fin de promover entre iguales la prevención y el abordaje de factores que influyan en la aparición de problemas de salud mental y adicciones en la población infantojuvenil.
- Presentar un proyecto concreto y correctamente formulado. Debe incluir como mínimo:
- Descripción de los objetivos generales y específicos (de forma evaluable).
- Las actuaciones y actividades.
- La población diana.
- El ámbito geográfico.
- La metodología utilizada.
- La duración.
- Los recursos necesarios.
- Los resultados esperados y los indicadores (forma de verificación).
- Están excluidos los proyectos que:
- No tienen proyección en la Comunidad de Madrid, ya sea por la población destinataria, por el contenido del proyecto o por el lugar de celebración de las actividades.
- Consisten en el pago de cuotas a otros organismos.
- No son concretos sino que sirven para el sostenimiento de la actividad habitual de las entidades.
- Contienen actividades de formación continuada, congresos o similares.
- Tienen finalidad asistencial dirigidos a personas con diagnóstico de salud mental (entendiendo finalidad asistencial como toda intervención dirigida a la población con diagnóstico clínico y orientada al tratamiento o rehabilitación individual o grupal).
- Declarar en la solicitud si han recibido otras ayudas para financiar el mismo proyecto para el que solicta la subvención, por cualquier tipo de administtación o ente público, nacional o internacional, o de entidades privadas.
- Estar legalmente constituidas.
- Carecer de fin de lucro.
- Tener domicilio en la Comunidad de Madrid.
- Tener personalidad jurídica propia.
- Estar inscritas en un Registro de Asociaciones o Fundaciones de ámbito nacional, autonómico o local, al menos durante un período de dos años antes de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
- Estar al corriente de pago en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social ante el Estado español y la Comunidad de Madrid.
- No tener deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid, salvo si están debidamente garantizadas.
- Haber presentado la debida justificación de las ayudas recibidas en la convocatoria anterior de esta misma subvención.
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
- Tener en vigor durante el período de ejecución del proyecto subvencionable un contrato de seguro de responsabilidad civil de la entidad.
- El personal que realiza alguna actividad que implica contacto con menoresno puede haber sido condenado en sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual ni por trata de seres humanos.
- Desarrollar las actividades subvencionables en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
- Cumplir las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales y en materia de protección de datos personales.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Memoria general de la Entidad. (Anexo II).
- Memoria del proyecto para el que se solicita la subvención. (Anexo III).
- Poder bastanteado por la Abogacía General de la Comunidad de Madrid, documento notarial acreditativo de la representación vigente de la persona firmante de la solicitud u otros medios acreditativos de la capacidad legal del representante legal de la entidad (1).
- Copia de los estatutos sociales, normas fundaciones vigentes, debidamente inscritos en el registro oficial correspondiente o, de no incluir dicha copia, la diligencia de inscripción en el registro, copia auténtica del certificado de inscripción en tal registro, expedida por el encargado del mismo (1).
- Inscripción de la entidad en el Registro correspondiente a su naturaleza jurídica y ámbito de actuación, donde conste la fecha de inscripción (1).
(1) Se aportará si la Entidad no se ha presentado previamente a estas subvenciones, o habiéndose presentado se hayan producido modificaciones en la documentación
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Documento acreditativo del NIF de la entidad y NIF/NIE del representante legal (persona física que solicita la subvención).
- Certificado de estar al corriente de pago con la SS (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Extracto de la Orden 624/2026, de 20 de abril, de la Consejería de Sanidad, por la que se convocan subvenciones destinadas a asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que lleven a cabo programas de promoción de salud mental y prevención de adicciones en población infantojuvenil de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 111, de 12 de mayo).
- Orden 2054/2024, de 21 de noviembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a las asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que lleven a cabo programas de promoción de salud mental y prevención de adicciones en población infantojuvenil de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 281, de 25 de noviembre).
Órgano responsable
- Consejería de Sanidad
- Viceconsejería de Sanidad
- Dirección General de Salud Pública
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud se abre el 13/05/2026. Si lo deseas, puedes activar los avisos para que te lo recordemos.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
El procedimiento de concesión de las subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.
Una vez presentada la solicitud y la documentación que debe acompañarla, revisaremos su contenido y la documentación aportada. Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la entidad solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que ha desistido de su petición.
Para el estudio del expediente, podremos requerir a las entidades solicitantes que acrediten la realidad de los datos contenidos en las declaraciones responsables firmadas en la solicitud. Dispondrán de un plazo de 5 días hábiles para aportar la documentación solicitada.
Una vez evaluada cada solicitud conforme a los criterios de valoración, la Comisión de Valoración determinará la puntuación que corresponde a cada una de ellas. La puntuación mínima para obtener la subvención es de 50 puntos. Se financiarán los proyectos de mayor a menor puntuación hasta agotar el crédito disponible.
A continuación, la dirección general competente emitirá la propuesta de resolución, en base a la que la persona titular de la consejería competente dictará la orden de concesión o denegación de la subvención.
Las memorias, publicaciones, anuncios, documentación u otros medios de difusión online, oral o escrita o que se realicen o utilicen respecto a los proyectos subvencionados, deben indicar que cuentan con la subvención de la Consejería de Sanidad. Igualmente, en las instalaciones en que se desarrollen los proyectos subvencionados, deberán colocarse carteles informativos de la participación de la Consejería de Sanidad. Esta información deberá mantenerse durante todo el periodo de ejecución de la actividad.
Las entidades beneficiarias deberán comunicar cualquier modificación o eventualidad que afecte al contenido del proyecto subvencionado, para su valoración.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 13/05/2026 Fecha de fin: 27/05/2026
Contacto y ayuda
Contacto
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud