Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.

El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.

Consulta el estado y evolución

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Las ayudas se otorgarán mediante procedimiento simplificado de concurrencia competitiva, de forma que la prelación de las solicitudes válidamente presentadas y que cumplan los requisitos establecidos, se fija únicamente en función de su fecha de presentación dentro del plazo.

Solo podrán obtener la subvención aquellas solicitudes que se encuentren dentro de los límites de crédito disponible en la convocatoria. El resto serán denegadas, aunque estén admitidas.
La tramitación se desarrolla en tres fases:

  • En la primera se revisa la documentación presentada para asegurar que reúne los mínimos necesarios para su tramitación.  Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la persona solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que ha desistido de su petición.
  • En la segunda analizaremos técnicamente la documentación presentada y   efectuaremos las actuaciones necesarias para verificar los datos presentados. Esta fase finaliza con la resolución de concesión de la subvención.
  • En la tercera fase solicitaremos a las concesionarias la justificación económica y técnica de las inversiones comprometidas. Una vez revisada la documentación, realizadas las actuaciones técnicas de comprobación necesarias y resueltos los posibles requerimientos, procederemos al pago de la subvención.

Las diversas verificaciones pueden llevar a minoraciones en la cantidad inicialmente concedida, denominadas perdidas parciales, o incluso a la pérdida total. Estas circunstancias las comunicaremos a cada concesionaria por resolución, a fin de que puedan presentar las debidas alegaciones.

Documentos anexos a la solicitud

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

9 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden de 23 de mayode 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, durante la vigencia del VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid, dirigidas a la reducción de la siniestralidad laboral mediante la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

Recursos

Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que se publique:

  • Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
  • Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.

Si no se ha publicado la resolución, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:

  • Recurso de reposición en cualquier momento.
  • Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.

Acceso al trámite de recurso de reposición

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 19/09/2025 Fecha de fin: 24/11/2025

Contacto y ayuda

Documentos de interés

Ayuda Línea 1
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232.33 KB
Ayuda Línea 3
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101.76 KB
Ayuda Línea 4
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99.4 KB
Ayuda Línea 6
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105.41 KB

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 25/11/2025
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