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Requisitos
- Las mancomunidades, agrupaciones y excepcionalmente los municipios no mancomunados en los que no haya municipios cercanos con similares características. Las agrupaciones entendidas estas últimas según lo dispuesto en los artículos 75 y siguientes de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
- No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos en los que concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones.
Información adicional
Importe
El importe de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa, durante la anualidad 2021, de las ayudas a los municipios de población igual o inferior a 2.500 habitantes, para la recogida y transporte de los residuos domésticos, es de 2.400.000 euros.
Normativa
- Extracto de la Orden 904/2021, de 30 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, por la que se hace pública la declaración del crédito presupuestario disponible en el ejercicio 2021 para financiar las ayudas a los municipios de la Comunidad de Madrid, de población igual o inferior a 2.500 habitantes, para la recogida y transporte de los residuos domésticos (BOCM nº 113, de 13 de mayo).
- Acuerdo de 11 de noviembre de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de ayudas a los municipios de la Comunidad de Madrid de población igual o inferior a 2.500 habitantes, para la recogida y transporte de los residuos domésticos (BOCM nº 278 de 13 de noviembre).
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
- Dirección General de Transición Energética y Economía Circular
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Pago de tasas
La tasa se puede pagar mediante tarjeta bancaria, Bizum, cargo en cuenta, o bien, se puede descargar el modelo para su pago presencial.
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Descargar" y rellena el formulario. Al finalizar, pulsa "Guardar".
- Accede al "Registro electrónico" e incluye el formulario relleno. En la siguiente pantalla puedes adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 14/05/2021 Fecha de fin: 30/11/2021
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud