Última actuación
Información y documentación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Requisitos
1. Personas físicas o jurídicas privadas, titulares de empresas de producción musical cuyo objeto sea la realización de proyectos de música, ocupe menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o balance general no supere los 10 millones de euros. Deberán tener su residencia fiscal en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
2. No podrán tener la condición de beneficiario las entidades sin ánimo de lucro, ni las agrupaciones de personas físicas o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia, tales como comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.
Modalidades >
1. Producción y estreno de espectáculos musicales con música en directo: Zarzuela, ópera y teatro musical.
2. Grabación, edición discográfica y difusión por medios audiovisuales o por Internet.
3. Producción y exhibición de ciclos y festivales.
Documentación
1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Se podrá consultar el resto de documentación a presentar en el apartado Información relacionada (Botón de Tramitar al principio de esta ficha).
Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
Información adicional
Se podrán consultar los criterios de valoración y determinación de las cuantías en el apartado Información relacionadaen el apartado de documentación.
Normativa
* Anuncio del extracto de la Orden 2209/2016, de 8 de junio, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan ayudas a empresas privadas para realizar proyectos de música en 2016 (BOCM nº 147, de 22 de junio)
* Orden 1424/2016, de 18 de abril, de la Consejería Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a empresas privadas para realizar proyectos de música (BOCM nº 107, de 6 de mayo)
Órgano responsable
- Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
- Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
- Dirección General de Promoción Cultural
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Descargar" y rellena el formulario. Al finalizar, pulsa "Guardar".
- Elige la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Accede al "Registro electrónico" e incluye el formulario relleno. En la siguiente pantalla puedes adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Imprimir" el formulario relleno y fírmalo.
- Preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano de la Comunidad de Madrid.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.
Si eliges el correo certificado como medio de notificación al rellenar la solicitud, te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Acciones sobre la solicitud
Calendario de actuaciones:
| 30/01/2017 | Relación de subvenciones concedidas en el cuarto trimestre de 2016
Resolución de 16 de enero de 2017 (BOCM nº 25, de 30 de enero) |
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 23/06/2016 Fecha de fin: 09/07/2016
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Documentos de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud