1. Entidades sin ánimo de lucro.
2. Estar constituida legalmente y constar inscrita en el Registro correspondiente según su naturaleza jurídica y ámbito de actuación, bien de la Administración General del Estado o bien de la Comunidad de Madrid.
3. Encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y no tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que estén garantizadas.
4. No estar incursa en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario, previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
5. Desarrollar las acciones para las que se solicite la subvención en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
6. Tener la sede o una delegación en la Comunidad de Madrid.
7. Su estructura interna y el funcionamiento de sus órganos de gobierno deberán ser democráticos.
8. Haber formalizado, en caso de contar con personas ligadas a la entidad por una relación laboral, el Plan de Prevención de Riesgos Laborales a que se refiere el artículo 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
9. En el caso de proyectos objeto de la subvención cuyas actividades impliquen contacto habitual con menores de edad, las personas que realicen esas actividades no podrán haber sido condenadas por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, trata o explotación de menores.
10. Las personas voluntarias que realicen actividades en los proyectos objeto de la subvención, cuyos destinatarios hayan sido víctimas de los delitos de violencia doméstica o de género, de atentados contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del cónyuge o de los hijos, de los delitos de tráfico ilegal o inmigración clandestina de personas o de delitos de terrorismo, no podrán tener antecedentes penales por estos delitos no cancelados.
En el caso de entidades solicitantes de subvenciones para proyectos de voluntariado deben reunir, además los siguientes requisitos:
11. Desarrollar la totalidad o parte de sus programas a través de voluntarios.
12. Contar con un programa de voluntariado para el desarrollo y seguimiento de sus acciones voluntarias, que se especificará en la memoria general de la entidad.