Descripción
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ReferenciaA99
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Descripción
Ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para fomentar el desarrollo de la promoción comercial y ferial a través de la organización de ferias del comercio y/o la artesanía, así como de campañas de impulso y dinamización del tejido comercial y/o la actividad artesanal, que sean promovidas y/o gestionadas por los municipios.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 11/03/2022 Fecha de fin: 11/04/2022
Destinatarios
- Municipios de la Comunidad de Madrid
Requisitos
- Que organicen ferias de comercio y/o artesanía, así como campañas de promoción y dinamización del tejido comercial y artesano, que sean promovidas y/o gestionadas por las mismos.
- No podrán tener la condición de beneficiarios los municipios en los que concurra alguna de las circunstancias de los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
- Deberán estar al corriente del pago de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con la Hacienda de la Comunidad de Madrid, así como con la Seguridad Social. Esta circunstancia será comprobada de oficio por la Comunidad de Madrid en el momento de la presentación de la solicitud, y con carácter previo al pago de la ayuda, salvo en aquellos casos en los que exista oposición a la consulta, en cuyo caso deberán ser presentados por el beneficiario.
- Los beneficiarios están sujetos a las obligaciones que establece el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Anexo II (Declaraciones responsables ) debidamente cumplimentado.
- Anexo III (Datos del proyecto) debidamente cumplimentado.
- Certificación expedida por el Secretario del Ayuntamiento del Acuerdo favorable a la solicitud del Alcalde, Pleno o Junta de Gobierno.
- En el supuesto de que el escrito de solicitud no fuese firmado por el Alcalde, Certificación expedida por el Secretario del Ayuntamiento acreditativa de la delegación de la competencia efectuada.
- Certificado del Secretario o Interventor del Ayuntamiento acreditativo de que la suma de las cuantías de otras subvenciones públicas que pudieran haber recaído en el presupuesto, no sobrepasen el 100 por 100 del total del presupuesto del proyecto.
- Certificado del Secretario o Interventor del Ayuntamiento acreditativo de la capacidad de la Corporación para financiar el presupuesto del proyecto, con indicación de la partida presupuestaria.
- Memoria descriptiva y justificativa de las actividades de promoción comercial y/o ferial para las que se solicita la subvención.
- Relación de gastos de las actividades de promoción comercial y/o ferial
- Presupuestos y/o facturas proforma de cada uno de los gastos para los que solicita subvención
- Presupuesto desglosado de ingresos de las actividades de promoción comercial y/o ferial (campañas y/o ferias), indicando que los impuestos están excluidos. En caso de no tener ingresos deberá indicarse expresamente.
- Comunicación previa de la actividad ferial a subvencionar, en su caso, de conformidad con lo previsto en la Ley 15/1997, de 25 de junio, de Ordenación de Actividades Feriales de la Comunidad de Madrid, modificada por la Ley 1/2008, de 26 de junio, de Modernización del Comercio de la Comunidad de Madrid.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la SS (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Normativa
- Extracto de la Orden de 28 de febrero de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan ayudas para el año 2022 dirigidas a municipios de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades de promoción comercial y ferial (BOCM nº 59, de 10 de marzo)
- Orden de 30 de diciembre de 2021, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se modifica la Orden de 17 de junio de 2020, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid, para el desarrollo de actividades de promoción comercial y ferial (BOCM nº 11, de 14 de enero de 2022)
- Orden de 17 de junio de 2020, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades de promoción comercial y ferial (BOCM nº 158, de 1 de julio).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).