Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Entidades públicas o privadas que realicen investigación y difundan sus resultados, agrupadas en un consorcio. La entidad designada como coordinadora del consorcio debe presentar la solicitud.
Requisitos
- Estar válidamente constituidas y tener domicilio fiscal o establecimiento permanente en la Comunidad de Madrid.
- Pertenecer a una de las siguientes categorías:
- Universidades Públicas y Universidades Privadas, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
- Fundaciones Institutos Madrileños de Estudios Avanzados (Fundaciones IMDEA).
- Organismos Públicos de Investigación.
- Fundaciones de Investigación Biomédica de las Instituciones Sanitarias adscritas al Servicio Madrileño de Salud (SERMAS).
- Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.
- Otras entidades públicas y privadas, sin ánimo de lucro, con capacidad y actividad demostrada en I+D+I, que tengan definidos en sus estatutos la I+D+I como actividad principal.
- Si la entidad desarrolla también actividades económicas, la financiación, los costes y los ingresos respectivos deberán consignarse por separado.
- No estar incursas en ninguno de los supuestos que impiden obtener la condición de beneficiario y cumplir con las obligaciones recogidas en la normativa de subvenciones.
Documentación
- Impreso de Solicitud (Anexo II). Lo presentará por registro la entidad coordinadora del programa. Incluye datos del consorcio, grupos participantes, del programa de actividades I+D a desarrollar y del presupuesto solicitado.
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Formularios de solicitud firmados (Anexo III) de todas las entidades participantes en el consorcio.
- Memoria que describa el consorcio que desarrollará el programa de actividades de I+D.
- Memoria científico técnica sobre los objetivos y resultados que se persiguen con la ejecución del programa de actividades de I+D.
- Memoria económica del programa de actividades de I+D que describa el presupuesto presentado y su adecuación a los objetivos e indicadores de resultado establecidos en la convocatoria.
- Currículum Vitae Abreviado (formato FECYT) de todos los investigadores principales.
- Documento acreditativo de la fecha del doctorado (sólo IP grupo o grupos emergentes).
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Extracto de la Orden 6070/2025, de 19 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria del año 2025 de ayudas a proyectos de I+D realizados en colaboración entre grupos de investigación pertenecientes a las universidades y organismos de investigación de la Comunidad de Madrid, en la modalidad de programas de actividades de I+D en salud (BOCM nº 9, de 12 de enero de 2026).
- Orden 2402/2024, de 31 de mayo, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras para las convocatorias de ayudas a proyectos de I+D realizados en colaboración entre grupos de investigación pertenecientes a las universidades y organismos de investigación de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 140, de 13 de junio).
Órgano responsable
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
- Viceconsejería de Universidades, Investigación y Ciencia
- Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" para entrar a la aplicación.
- Sigue las indicaciones para rellenar el formulario y adjuntar los documentos (si se requieren), así como para enviar la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, el órgano competente revisa la documentación y si fuera necesario, enviará notificación para que subsane los documentos en el plazo de 10 días hábiles (lunes a viernes no festivos) desde la notificación.
Una vez subsanado, pasarán a evaluación. Tras la evaluación, se determinará la propuesta de resolución provisional, con opción a alegar por el organismo en el plazo de 10 días hábiles desde la notificación.
Tras la propuesta de resolución provisional se publicará la resolución definitiva.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 13/01/2026 Fecha de fin: 12/02/2026
Contacto y ayuda
Contacto
Área de programas de investigación
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud