Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
A continuación, publicaremos la lista provisional de solicitudes presentadas, admitidas y excluidas, con la causa de exclusión. Se abrirá un plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos) desde el día siguiente a la publicación para subsanar (corregir) la solicitud. Si las entidades no subsanan, entenderemos que desisten de su solicitud.
Las subvenciones se concederán mediante el procedimiento de concurrencia competitiva.
Una vez evaluadas las solicitudes, elaboraremos un informe que contendrá la propuesta de resolución provisional de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en la convocatoria. Dicho informe se elevará a la Comisión Sectorial de Cine y Audiovisual del Consejo de Cultura de la Comunidad de Madrid para su conformidad.
La propuesta de adjudicación tendrá la consideración de propuesta de resolución definitiva y contendrá la relación de solicitudes valoradas ordenadas de mayor a menor puntuación con indicación del importe de la ayuda propuesta para cada una de ellas.
En caso de empate este se resolverá atendiendo sucesivamente a la puntuación obtenida en cada uno de los criterios de valoración por el orden establecido en la convocatoria. De persistir el empate total, resultará beneficiario el proyecto cuya solicitud hubiera tenido entrada en el registro en primer lugar.
Los solicitantes propuestos como beneficiarios deberán presentar la aceptación expresa de la ayuda y la documentación que les sea requerida en el plazo de cinco días hábiles desde la publicación de la propuesta.
Transcurrido dicho plazo, la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas elevará la propuesta de resolución definitiva a la persona titular de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, que dictará la correspondiente Orden de concesión.
La resolución de concesión o denegación de las ayudas corresponde a la persona titular de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.