Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Titulares de explotaciones ganaderas en régimen extensivo ubicadas en determinados municipios de la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- Ser ganadero.
- Mantener ganado en régimen extensivo en una explotación ubicada en la Comunidad de Madrid.
- Estar inscrita en el Registro General de Explotaciones Ganaderas.
- Estar radicada en alguno de los municipios recogidos en el Anexo I.
- Realizar alguna de las siguientes actuaciones preventivas:
- Adquisición de mastines y su manutención.
- Adquisición de pastores eléctricos.
- Instalación y reparación de cercados móviles y fijos.
- Adquisición de collares GPS.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- En caso de actuar mediante representante, poder de representación bastanteado por la Abogacía General de la Comunidad de Madrid.
- Documentación acreditativa de la titularidad de la explotación ganadera, incluyendo número de registro de la explotación (REGA).
- Documentación justificativa (declaración de la renta del último año u otras formas) de que el titular sea ganadero a título principal.
- Relación de instalación o instalaciones y su localización (polígono y parcela) u otra documentación que permita demostrar que la explotación es extensiva.
- Memoria con descripción de las actuaciones propuestas, de su ubicación específica, de los gastos subvencionables solicitados y presupuesto desglosado por conceptos (Anexo II).
- Documentación acreditativa de la propiedad de los perros protectores para los que se solicite la ayuda de manutención.
- Último recibo del impuesto de actividades económicas, cuando legalmente sea exigible, o certificado de exención o última declaración del impuesto de sociedades.
- Datos bancarios para el ingreso de la ayuda (IBAN, Entidad, Oficina, D.C., Número de Cuenta).
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Extracto de la Orden 1396/2026, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establece, para el ejercicio 2026, la convocatoria de ayudas para promover la adopción de medidas de protección para limitar posibles daños provenientes de las poblaciones de lobo ibérico existentes en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 96, de 24 de abril).
- Orden 172/2024, 18 de enero, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para promover la adopción de medidas de protección para limitar posibles daños provenientes de las poblaciones de lobos existentes en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 25, de 30 de enero).
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
- Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la persona solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que renuncia a su petición y emitiremos una resolución que así lo indique.
La persona titular de la consejería competente dictará la orden de concesión o denegación de la subvención.
Puedes realizar este trámite por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 27/04/2026 Fecha de fin: 11/05/2026
Contacto y ayuda
Documentos de interés
Contacto
Área de Hábitats y Especies Protegidas
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud