Descripción

  • Referencia
    44932
  • Descripción

    Reintegro de gastos por la adquisición de material ortoprotésico prescrito por un médico especialista del Sistema Nacional de Salud, en la materia correspondiente a la clínica, que justifique la prescripción.

    El material ortoprotésico incluido está contemplado en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y recogido en el vigente Catálogo de Material Ortoprotésico de la Comunidad de Madrid.

Destinatarios y/o requisitos

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos que se aportan junto a la solicitud:

  1. Prescripción médica del material ortoprotésico, realizada por el facultativo especialista del Sistema Nacional de Salud (Anexo II elaborada a través de la aplicación informática de prescripción electrónica de material ortoprotésico).
  2. Factura ORIGINAL, que deberá cumplir los requisitos establecidos.
  3. Certificación bancaria o fotocopia de la libreta de ahorros, en la que se especifique el número de cuenta del solicitante (como titular o autorizado).
  4. Informes clínicos complementarios y, en su caso, también presupuestos, para aquellos artículos en los que así lo establezca el vigente Catálogo de Material Ortoprotésico de la Comunidad de Madrid (Sillas de ruedas eléctricas, accesorios de sillas de ruedas, audífonos, calzado ortopédico, asiento moldeado y otros...).
  5. Cuando se actúe por medio de representante legal, para acreditar la personalidad y la representación, se podrá autorizar consulta del DNI / NIE, o bien, aportarlo junto con la solicitud. Asimismo, se deberá aportar documento que acredite la representación legal (sentencia judicial de incapacitación, sentencia de curatela, poder notarial o documento privado de representación).
  6. Documento de cesión de pago por endoso, si el interesado decide de presentar la solicitud de ayuda por medio de la figura del Endoso (dicho documento consta en el apartado Anexos de Tramitar).
  7. Informe favorable al endoso emitido por un/a trabajador/a social perteneciente a los hospitales o centros de atención primaria del Servicio Madrileño de Salud, teniendo en cuenta las circunstancias socioeconómicas del paciente, solo en el caso de presentar la solicitud a través de la figura del Endoso.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. DNI / NIE.
  2. Tarjeta Sanitaria.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Selecciona una de estas dos opciones:
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Para consultas sobre este trámite, dispones del correo electrónico: areadeprestaciones@salud.madrid.org

Documentación de interés

Catálogo de Material Ortoprotésico de la Comunidad de Madrid (NUEVO)
Descargar
2.66 MB
Información sobre el Endoso (NUEVO)
Descargar
343.04 KB
Resolución Viceconsejera Asistencia Sanitaria, de 11/12/2019
Descargar
580.49 KB

Tramitación

Una vez recibida la solicitud, se realizará la valoración de la misma, a efectos de su tramitación e instrucción.

En los expedientes que cumplan con los criterios establecidos en la norma, la tramitación exigirá la oportuna fiscalización por parte de la Intervención Delegada de la Consejería de Sanidad.

Además, en aquellos productos considerados de especial prescripción en el Catálogo de Material Ortoprotésico de la Comunidad de Madrid, se requerirá informe favorable de la Inspección Sanitaria (Inspección médica) previo a la fiscalización del expediente.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Efecto silencio
Desestimatorio
Normativa efecto silencio
Decreto 84/2021, de 30 de junio , del Consejo de Gobierno, por el que se establece el Catálogo de Material Ortoprotésico de la Comunidad de Madrid, se regula el procedimiento de obtención de la prestación ortoprotésica y las ayudas por gastos de desplazamiento fuera de la Comunidad de Madrid, con fines asistenciales.
Plazo resolución
Seis meses

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Sanidad
Servicio Madrileño de Salud

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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