Última actualización: 27/05/2025

Descripción

  • Referencia
    44932
  • Descripción

    Devolución de los gastos producidos por la adquisición de material ortoprotésico prescrito por un médico especialista del Sistema Nacional de Salud, en la materia correspondiente a la clínica, que justifique la prescripción.

    El material ortoprotésico incluido está contemplado en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y recogido en el vigente Catálogo de Material Ortoprotésico de la Comunidad de Madrid.

    No se financian los productos incluidos en el Catálogo de Material Ortoprotésico si se han adquirido de alguna de las siguientes formas:

    • Por correspondencia.
    • A distancia o a través de medios telemáticos.
    • En establecimientos no autorizados.
  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Personas destinatarias

Personas con derecho a la asistencia sanitaria a cargo del Servicio Madrileño de Salud al adquirir el material ortoprotésico, es decir, en la fecha de la factura.

Requisitos

  1. Ser titular de la tarjeta sanitaria individual emitida por la Comunidad de Madrid.
  2. Haber recibido una prescripción de material ortoprotésico (Anexo II) realizada por un facultativo de atención especializada del Sistema Nacional de Salud, especialista en la materia correspondiente. La prescripción debe:
    1. Realizarse a través de la aplicación informática de prescripción electrónica de material ortoprotésico.
    2. Estar firmada por el médico prescriptor. Ten en cuenta que el Catálogo de Material Ortoprotésico de la Comunidad de Madrid establece los especialistas que pueden prescribir cada uno de los productos incluidos.
  3. Haber adquirido el producto prescrito:
    1. Después de obtener la prescripción médica (receta), durante los 12 meses siguientes a su fecha de emisión. Es preciso tener en cuenta que la receta no tiene validez después de ese plazo.
    2. En los establecimientos sanitarios autorizados para la adaptación y dispensación de productos ortoprotésicos o de audioprótesis (según proceda) y en los que se ha adaptado el producto a su necesidad. Consulta:
      1. Los establecimientos de ortopedia y de audioprótesis autorizados en la Comunidad de Madrid.
      2. Los establecimientos de ortopedia y de audioprótesis autorizados en el resto de Comunidades Autónomas en el Registro General de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  4. Tener la factura que acredita la adquisición del producto. El tipo de factura a aportar junto a la solicitud varía según de la forma de adquisición del producto:
    1. Factura por la compra del producto.
    2. Factura proforma por adquisición del producto mediante la figura de endoso. Esto significa que la persona beneficiaria cede el derecho de cobro de la prestación al establecimiento dispensador del material ortoprotésico. Por su parte, el establecimiento entregará el producto al paciente sin necesidad de adelantar el importe correspondiente a la prestación sobre los mismos. El endoso se puede pedir por cualquier cuantía. Pero, si los productos a adquirir en una única factura tienen una cuantía igual o inferior a 180 euros, es necesario un informe favorable al endoso emitido por una persona trabajadora social de un hospital o centro de atención primaria del Servicio Madrileño de Salud. Dicho profesional tendrá en cuenta las circunstancias socioeconómicas del paciente.
  5. Presentar la solicitud en los siguientes plazos como máximo:
    1. 12 meses a contar desde la fecha de emisión de la factura.
    2. 12 meses a contar desde la fecha de emisión de la factura proforma, si se tramita la prestación ortoprotésica a través de la figura del endoso.
  6. Ser titular de la cuenta corriente donde se efectuará el pago de la ayuda mediante transferencia bancaria.
  7. Si la persona solicitante es distinta a la beneficiaria de la prestación ortoprotésica, es necesario acreditar la filiación o la representación mediante alguno de los siguientes documentos:
    1. La patria potestad rehabilitada o prorrogada.
    2. La guarda de hecho.
    3. La sentencia de curatela o la defensa judicial.
    4. Poder notarial.
    5. Apoderamiento apud acta.
    6. Documento privado de representación.
  8. Requisitos de la documentación:
    1. Informe médico complementario. Es necesario en aquellos productos que se consideran de especial prescripción en el Catálogo de Material Ortoprotésico. Debe justificar la necesidad y el cumplimiento de las indicaciones establecidas para dichos productos. Este informe le será entregado por el médico prescriptor junto al Anexo II Digital (el documento de prescripción).
    2. Factura. Debe cumplir todos los requisitos legales e incluir los siguientes datos:
      1. Numeración y fecha de expedición.
      2. Nombre, apellidos, razón o denominación social completa, DNI, NIE o NIF y domicilio, tanto del establecimiento sanitario como de la persona destinataria del producto. Si la persona beneficiaria es menor de edad, la factura debe emitirse a nombre de la persona solicitante, pero debe incluir también el nombre de la persona beneficiaria del producto.
      3. Descripción de los productos adquiridos. Debe incluir claramente, el código y la descripción que se recogen en el Catálogo de Material Ortoprotésico y base imponible de cada artículo.
      4. Porcentaje de IVA aplicado y cantidad correspondiente.
      5. Cuantía total de la factura.
    3. La factura debe estar sellada, firmada y constar como “Pagada”, salvo si se trata de una factura proforma. En ese caso, el interesado no paga dicha factura y no constará la leyenda "Pagada".

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud en todos los casos:

  1. Prescripción de material ortoprotésico (Anexo II) realizada por un facultativo de atención especializada en la materia correspondiente del Sistema Nacional de Salud, a través de la aplicación informática de prescripción electrónica de material ortoprotésico, firmada por el médico prescriptor.
  2. Factura que deberá cumplir los requisitos establecidos en la normativa vigente.
  3. Certificación bancaria en la que el interesado conste como titular. Debe constar en dicho documento el número IBAN completo y el DNI del interesado.
  4. Informes Clínicos complementarios para aquellos artículos en que así lo establezca el Catálogo General de Material Ortoprotésico de la Comunidad de Madrid (Sillas de ruedas eléctricas; accesorios sillas de ruedas; audífonos; calzado ortopédico; asiento moldeado, prótesis para agenesias y otros…).
  5. Para ciudadanos de la Unión Europea residentes en España: Pasaporte o documento de identidad de su país de origen.
  6. Para personas extranjeras provenientes de países no comunitarios: en caso de carecer de NIE, pasaporte en vigor.
  7. Para personas que actúen como autorizadas para presentar la solicitud, documento firmado por el interesado.

Documentación adicional a aportar en el caso de tramitar el expediente a través de la figura del Endoso:

  1. Documento de cesión de pago por Endoso.
  2. Factura proforma emitida por el establecimiento (en lugar de factura).
  3. Informe favorable al endoso, emitido por un o una trabajador o trabajadora social perteneciente a los hospitales o centros de atención primaria del Servicio Madrileño de Salud, teniendo en cuenta las circunstancias socioeconómicas del paciente.

Otros documentos para solicitud por medio de representante legal para acreditar la personalidad y la representación:

  1. Documento que acredite la representación.
  2. Documentos que acrediten fehacientemente la personalidad del representante de la persona interesada.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. NIF o NIE de la persona interesada, de la persona beneficiaria y del representante (en su caso).
  2. Tarjeta Sanitaria Individual del paciente.
  3. Residencia legal por documentación de extranjeros de la persona interesada, de la persona beneficiaria y del representante (en su caso).

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Selecciona una de estas dos opciones:
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Las ayudas para financiar los siguientes productos deben solicitarse directamente en los hospitales donde se ha realizado su prescripción:

  1. Prótesis de restauración facial, que incluye una o varias de las siguientes por traumatismo, enfermedad o malformación congénita:
    1. Nariz.
    2. Pabellones auriculares.
    3. Globos oculares.
  2. Prótesis de maxilares.
  3. Recambios de componentes externos de implantes auditivos.
  4. Recambios de componentes externos del estimulador diafragmático o electroestimulador del nervio frénico.

Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:

Documentación de interés

Catálogo de Material Ortoprotésico de la Comunidad de Madrid
Descargar
2.65 MB
Información sobre el endoso (NUEVO)
Descargar
530.97 KB
Resolución de 5 de agosto de 2024, de la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia (NUEVO)
Descargar
401.92 KB

Tramitación

Una vez recibida la solicitud, se realizará su valoración, a efectos de su tramitación e instrucción.

Si se requiere que aporte factura rectificativa, esta debe cumplir los requisitos generales para cualquier factura. Además, debe incluir los siguientes datos:

  • Número de factura rectificativa (independiente del número de factura inicial).
  • Fecha de emisión.
  • Descripción del motivo de la rectificación.
  • Referencia a la factura que rectifica.
  • Datos corregidos en la factura.

La tramitación de los expedientes que cumplen los criterios establecidos exigirá la fiscalización por parte de la Intervención Delegada de la Consejería de Sanidad.

Además, se requerirá informe favorable de la Inspección Sanitaria (Inspección médica) previo a la fiscalización del expediente en aquellos productos considerados de especial prescripción en el Catálogo de Material Ortoprotésico de la Comunidad de Madrid.
 

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

6 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Decreto 84/2021, de 30 de junio , del Consejo de Gobierno, por el que se establece el Catálogo de Material Ortoprotésico de la Comunidad de Madrid, se regula el procedimiento de obtención de la prestación ortoprotésica y las ayudas por gastos de desplazamiento fuera de la Comunidad de Madrid, con fines asistenciales.

Recursos

Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar una reclamación previa a la vía jurisdiccional social en los siguientes plazos:

  • En el plazo de 30 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos) desde que la recibes.
  • En el plazo de 6 meses desde que finalizó el plazo máximo de resolución.

Acceso al trámite de reclamación

La reclamación debe estar firmada por la persona solicitante o su representante, que debe estar debidamente acreditado.

El escrito de reclamación previa debe incluir los siguientes datos:

  1. Nombre completo de la persona interesada.
  2. DNI de la persona interesada.
  3. Número del expediente previo que reclama.
  4. Razones de su desacuerdo con la resolución.
  5. Documentación que avale su impugnación.
  6. Lugar, fecha y firma de la persona interesada.
  7. Medio de notificación.
  8. Unidad administrativa a la que se dirige.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Sanidad
Servicio Madrileño de Salud

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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