Descripción
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ReferenciaA244
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Descripción
Ayudas para el refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos 2021-2023 (UNICO - Industria), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU.
Los proyectos podrán estar vinculados a las siguientes líneas de actuación:
Línea de actuación 1: se subvencionarán proyectos que proporcionen conectividad de redes de banda ancha de muy alta velocidad, capaces de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps a polígonos industriales y centros logísticos localizados en la Comunidad de Madrid, así como otras áreas de alta concentración empresarial como parques empresariales, viveros de empresas y parques tecnológicos o científicos de la Comunidad Autónoma.
Línea de actuación 2i: se subvencionarán proyectos para instalar redes de comunicaciones electrónicas de alta velocidad, capaces de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps en los distintos centros, unidades, instalaciones y dependencias de polígonos industriales y centros logísticos localizados en la Comunidad de Madrid, así como otras áreas de alta concentración empresarial como parques empresariales, viveros de empresas y parques tecnológicos o científicos de la Comunidad Autónoma, así como a sus zonas industriales adyacentes.
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TasaNo requiere el pago de tasas
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Más información
Calendario de actuaciones
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29/12/2023Resolución de la convocatoria
Contra la siguiente resolución puedes presentar recurso potestativo de reposición del 21 de diciembre de 2023 al 22 de enero de 2024.
Orden 24/2023, de 22 de noviembre, del Consejero de Digitalización
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 01/04/2023 Fecha de fin: 16/05/2023
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Destinatarios
Personas físicas o jurídicas que ostenten la condición de operador de telecomunicaciones debidamente habilitados.
Requisitos
Requisitos de los solicitantes
- No podrán ser beneficiarios de las ayudas:
- Las empresas que se encuentren en situación de crisis, conforme a la definición de la normativa europea.
- Las personas o entidades en que concurra alguna de las circunstancias previstas en la normativa de subvenciones.
- Las empresas que se encuentren sujetas a una orden de recuperación pendiente sobre cualquier ayuda o subvención que les hubiera sido otorgada con anterioridad, bien por haberse declarado ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior, bien por cualquier tipo de incumplimiento de las obligaciones que le vinieran atribuidas en la concesión.
- Tener la solvencia técnica y económica necesaria para el desarrollo del proyecto. Este requisito se acreditará documentalmente.
- Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionadas, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud de la ayuda.
- Garantizar la aplicación de la perspectiva de género en todas sus actuaciones.
Requisitos de solicitud y/o documentación
- Las declaraciones responsables y demás documentación requerida, deberá adjuntarse firmada electrónicamente. Para ello, se cumplimentarán los anexos en formato Word, se archivarán como PDF y se firmarán electrónicamente. Se recomienda el uso de la herramienta Autofirm@.
- Para la presentación de la relación de Zonas Blancas o Grises para las que se solicita ayuda (Anexo II), se realizará la firma con Autofirm@ generando un documento con firma XAdES-BES attached (extensión .xsig), o CAdES-BES attached (extensión .csig). Este documento deberá comprimirse en formato zip y adjuntarse a la solicitud.
- La memoria del proyecto que ha de incluirse con la solicitud tendrá la siguiente estructura y, al menos, este contenido mínimo:
- Descripción general del proyecto (máximo 2 páginas).
- Delimitación geográfica y caracterización de las zonas de actuación.
- Descripción técnica del proyecto.
- Presupuesto detallado.
- Plan de despliegue.
- Plan de negocio.
- Justificación de la necesidad de la ayuda.
- Características de los servicios de acceso mayorista.
- Aprovechamiento de infraestructuras.
- Cada solicitud deberá estar vinculada exclusivamente a una de las zonas de concurrencia establecidas en la convocatoria, correspondientes a las distintas áreas territoriales.
Cada solicitante solo podrá presentar un proyecto por cada zona de concurrencia. Las solicitudes podrán contener actuaciones de una o ambas líneas de actuación.
Documentación a presentar
AVISO:
Toda la documentación requerida deberá adjuntarse en formato PDF (ISO 32000-1:2008 Part 1: PDF 1.7) o en formato PDF/A (ISO 19005-2:2011 PArt 1: PDF 1.7), con firma electrónica PAdES-BES (ETSI TS 102 778-3), salvo el Anexo II de la relación de zonas blancas o grises para las que se solicita la ayuda, en cuyo caso se utilizará cualquiera de los siguientes formatos de firma electrónica: CAdES-BES attached (ETSI TS 101 733) con extensión “.csig” o bien XAdES-BES attached (ETSI TS 101 903) con extensión “.xsig”.
Todos estos tipos de firma electrónica pueden realizarse con el software Autofirm@, que podrá encontrar en el portal de Firma Electrónica de la Administración General del Estado (https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html).
Documentación a presentar
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Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
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Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Memoria del proyecto.
- Relación de Zonas Blancas o Grises para las que se solicita ayuda. (Anexo II – 3349FO1.xlsx).
- Declaración responsable de acreditación de cumplimiento de las condiciones necesarias para ser beneficiario. (Anexo III – 3349FO2.pdf).
- Solo en el caso de empresas con menos de cinco años contados desde su constitución, calificación financiera de la empresa (rating) otorgada por alguna agencia de calificación, o, en su defecto, un informe de una entidad bancaria que valore motivadamente el grado de solvencia económica de la persona solicitante, otorgándole alguna de las siguientes clasificaciones de uso habitual por las agencias de calificación: excelente, buena o satisfactoria.
- Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (Anexo IV – 3349FO3.pdf).
- Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión y sobre el cumplimiento de condiciones específicas en relación con el principio de no causar daño significativo (DNSH). (Anexo V – 3349FO4.pdf).
- Declaración responsable relativa al compromiso por escrito de conceder los derechos y los accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes ejerzan sus competencias. (Anexo VI – 3349FO5.pdf).
- Acreditación de la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda.
- Acreditación válida del poder de representación del firmante.
- Acreditación de que el solicitante reúne la condición de operador debidamente habilitado.
- Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI), según modelo. (Anexo VII – 3349FO6.pdf).
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF/NIE de la persona solicitante (para personas físicas).
- NIF/NIE de la persona representante (para personas físicas).
- Certificado de estar al corriente de pago con la SS (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).
- Tarjeta de identificación fiscal de la entidad.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para consultas relacionadas con este trámite, dispones del correo electrónico: tdigitalyservdigitales@madrid.org y del teléfono 91 580 42 70.
Tramitación
Si la documentación aportada no reuniera los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días hábiles, desde el siguiente al de recepción del requerimiento, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de que, si no lo hiciese, se le tendrá por desistido de su solicitud, mediante resolución.
Asimismo, se podrá solicitar a los interesados que aporten cuantos datos y documentos sean necesarios para dictar la correspondiente resolución en cualquier momento del procedimiento. Esta solicitud de documentación complementaria, necesaria para realizar adecuadamente la evaluación previa, se presentará en un plazo de 5 días hábiles.
Una vez adoptada una decisión sobre el cumplimiento de las condiciones previstas para la fase de preevaluación, la Comisión de Valoración entrará en la fase de evaluación, en la que se valorarán los proyectos que hayan superado la fase de preevaluación.
El órgano instructor, a la vista del informe de la Comisión de Valoración, formulará la propuesta de resolución provisional.
Los interesados podrán presentar alegaciones a la propuesta de resolución provisional en el plazo de cinco días hábiles. Tras el examen de las alegaciones, se procederá a la publicación de la propuesta de resolución definitiva.
La resolución del procedimiento de concesión y su notificación se realizará en el plazo máximo de seis meses contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. El vencimiento del mencionado plazo sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, legitima a los interesados para entender desestimada la solicitud de ayuda.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Seis meses
Normativa
- Orden 89/2023, de 9 de marzo, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos de la Comunidad de Madrid, y la convocatoria para la presentación de solicitudes por el procedimiento de concurrencia competitiva, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea Next Generation EU (BOCM nº 138, de 12 de junio)
- Extracto de la Orden 89/2023, de 9 de marzo, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones dirigidas a acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos de la Comunidad de Madrid, y la convocatoria para la presentación de solicitudes por el procedimiento de concurrencia competitiva, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NEXTGENEU (BOCM nº 77 de 31 de marzo).
- Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE nº 275, de 17 de noviembre).
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 276, de 18 de noviembre).
- Ley 2/1995, de 19 de mayo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 68, de 21 de marzo).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).