Información y documentación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Entidades dedicadas a la investigación:
- Universidades Públicas y Universidades Privadas, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
- Fundaciones Institutos Madrileños de Estudios Avanzados (Fundaciones IMDEA).
- Organismos Públicos de Investigación.
- Fundaciones de Investigación Biomédica de las Instituciones Sanitarias adscritas al Servicio Madrileño de Salud (SERMAS).
- El Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA).
- Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollan actividad investigadora.
- Otras entidades públicas y privadas, sin ánimo de lucro, con capacidad y actividad demostrada en I+D+I, que tienen definidos en sus estatutos la I+D+I como actividad principal.
Requisitos
- Estar válidamente constituidas.
- Tener domicilio fiscal en la Comunidad de Madrid.
- Las personas candidatas deben cumplir los siguientes requisitos:
- Tener la nacionalidad española, o ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea o extranjero con autorización o permiso de residencia o de estancia por estudios en España, en su caso.
- Estar en alguna de las siguientes situaciones:
- Estar en posesión de un título de licenciatura, arquitecturaoingenieríaexpedido por una universidad española o extranjera.
- Estar en posesión de un título oficial de grado y de un título oficial de máster universitario. Entre ambos títulos deben sumaral menos 300 créditos ECTS (European Credit Transfer System).Las personas candidatas puedenacreditar en el momento de presentación de la solicitud, que se encuentran matriculadas en un máster universitario que da acceso a un programa de doctorado. La concesión de la ayuda queda condicionada a que con la propuesta de resolución se acredite la obtención del título de máster.
- Estar matriculada, admitidao preadmitidaen un programa de doctorado de alguna de las universidades con sede social o establecimiento permanente en la Comunidad de Madrid. En todo caso,debenestar matriculadasen ese programa de doctorado antes de finalizar los 6primeros meses de ejecución de la ayuda.
- No haber disfrutado más de 12 meses de algún contrato predoctoral, ni haber disfrutado de becas o ayudas con el mismo objeto.
- Disponer de un certificado que acredite la nota media del expediente académico completo correspondiente a los estudios con los que se accede a un programa de doctorado. Esta nota debecalcularse de acuerdo con los criterios especificados enla normativa vigente. En el caso de títulos obtenidosen el extranjero, miembro o no del Espacio Europeo de Enseñanzas Superiores (EEES), se tieneen cuenta la nota que conste en la “declaración de equivalencia de notas medias de estudios universitarios realizados en centros extranjeros” emitida porel ministerio competente en materia de educación superior. Este documento debe ser revisado por la entidad solicitante y presentado con la firma electrónica del director de tesis o el representante legal de la entidad.
- Ser candidato en una única solicitud. Si una persona escandidata en más de una solicitud presentada por una o varias entidades solicitantes, todas las solicitudes serán excluidas.
- Designar un director de tesis doctoral para cada persona candidata, con los siguientes requisitos:
- Poseer el título de doctor y tener una vinculación laboral con la entidad solicitante en el momento de presentación de la solicitud de ayuda. No cumple los requisitos de vinculación laboral el personal con dedicación a tiempo parcial, el personal en situación de excedencia, el profesorado visitante y el profesorado emérito o ad honorem.
- La tesis doctoral puede contar con otros codirectores de tesis de la entidad solicitante o de otras entidades pero a los efectos de evaluación sólo se tendrá en cuenta la información relativa al director de tesis y a su grupo de investigación.
- Ser el responsable de proporcionar al personal investigador predoctoral en formación el apoyo necesario y facilitarle la utilización de los medios, instrumentos o equipos que resulten precisos para el normal desarrollo de su actividad, así como supervisar el desarrollo de los trabajos de investigación y su formación.
- El director de tesis solo puede avalar una única solicitud. En caso de avalar más de una solicitud en una misma convocatoria, todas ellas serán excluidas.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Curriculum vitae abreviado (CVA) del director de tesis, conforme al modelo que se genera de forma automática desde la aplicación «Curriculum vitae normalizado» disponible en la página web de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT).
- Memoria que contenga la trayectoria investigadora de los últimos cinco años del director de tesis y del grupo de investigación al que se va a incorporar la persona contratada y que contenga la descripción científico-técnica del proyecto de tesis.
- En su caso, documentación que acredite la condición de director de tesis emergente. Si esta documentación no se presentase en español o en inglés, deberá acompañarse de una traducción a cualquiera de estos idiomas.
- Título o certificado que acredite la nota media del expediente académico completo del título de grado, o del título de grado y máster.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Extracto de la Orden 4636/2026, de 23 de octubre, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria del año 2026 de ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación (Categoría de contratación: Turno general). (BOCM nº263, del 2 de noviembre).
- Extracto de la Orden 4636/2026, de 23 de octubre, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria del año 2026 de ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación (Categoría de contratación: turno de discapacidad). (BOCM nº263, del 2 de noviembre).
- Orden 1956/2026, de 18 de mayo, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación. (BOCM nº125, del 28 de mayo).
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" para entrar a la aplicación.
- Sigue las indicaciones para rellenar el formulario y adjuntar los documentos (si se requieren), así como para enviar la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Puedes consultar el estado de tramitación de tu solicitud en cualquier momento, a través de la aplicación Quadrivium.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la entidad solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que renuncia a su petición y emitiremos una resolución que así lo indique.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses.
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante el propio órgano que emite la orden, es este caso la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 03/11/2026 Fecha de fin: 02/12/2026
Contacto y ayuda
Contacto
Promoción de personal investigador
Órgano responsable
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
- Viceconsejería de Universidades, Investigación y Ciencia
- Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud