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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid que ofertan en sus Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria (CEIP), Colegios Públicos de Educación Infantil, Primaria y Secundaria (CEIPSO) o Colegios Rurales Agrupados (CRA) el Programa “Patios Abiertos” y al menos una de las otras dos modalidades:
- Actividades extraescolares.
- Programa “Colegios Abiertos en días no lectivos”.
Requisitos
- Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
- Haber cumplido con la obligación de rendición de cuentas anuales de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid.
- Estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT).
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
- Solicitar una cuantía de ayudas igual o inferior al coste de las actividades subvencionadas.
- Acreditar que las personas que realizan actividades que implican contacto habitual con menores no han sido condenadas por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales, así como por cualquier delito de trata de seres humanos.
- Requisitos de la documentación:
- El anexo I (Plan de actividades) debe contener en un único documento en formato PDF la información completa de todas las actividades para las que se solicita la ayuda (Patios abiertos y, al menos, una de las otras dos modalidades: actividades extraescolares o Colegios abiertos en días no lectivos).
- El anexo II debe presentarse obligatoriamente en formato Excel.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Plan de actividades (“Patios abiertos”, Actividades Extraescolares, “Colegios abiertos en días no lectivos”) (Anexo I).
- Actividades extraescolares que se realizarán en cada uno de los centros (Excel: (Anexo II-A, Anexo II-B y Anexo II-C)) (Anexo II).
- Certificación de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid de haber cumplido con la obligación de rendición de cuentas anuales.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- NIF del Ayuntamiento.
- Certificado de estar al corriente del cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de que la entidad solicitante se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Extracto de la Orden 1637/2026, de 20 de abril, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para la concesión directa de ayudas a ayuntamientos para la realización del programa “Patios abiertos”, de actividades extraescolares en colegios públicos de la Comunidad de Madrid y del programa “Colegios abiertos en días no lectivos”, durante el curso 2026-2027 (BOCM nº 99, de 28 de abril).
- Acuerdo de 11 de junio de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Acuerdo de 21 de febrero de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de ayudas a ayuntamientos para la realización de actividades extraescolares en colegios públicos de la Comunidad de Madrid y la apertura de los colegios públicos los días no lectivos, incorporando el programa “Patios Abiertos” (BOCM nº 142, de 16 de junio)
- Acuerdo de 21 de febrero de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de ayudas a ayuntamientos, para la realización de actividades extraescolares en colegios públicos de la Comunidad de Madrid y la apertura de los colegios públicos los días no lectivos (BOCM nº 50, de 28 de febrero).
Órgano responsable
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
- Viceconsejería de Política y Organización Educativa
- Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud se abre el 29/04/2026. Si lo deseas, puedes activar los avisos para que te lo recordemos.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Las Unidades de Programas Educativos de las Direcciones de Área Territorial elaborarán un informe teniendo en cuenta los criterios que se señalan a continuación y presentarán sus propuestas a la dirección general competente en materias de becas y ayudas al estudio para su aprobación:
- Adecuación de las actividades propuestas a lo estipulado en las normas reguladoras.
- Implicación de los centros educativos en el desarrollo de las actividades.
- Incidencia de las actividades en la mejora del servicio educativo del centro.
- Inclusión de objetivos educativos específicas en la propuesta presentada, teniendo especial relevancia aquellos objetivos relacionados con lengua española, matemáticas e inglés.
Tras la revisión de la solicitud y de la documentación aportada, si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito al ayuntamiento solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que renuncia a su petición.
La dirección general responsable emitirá la propuesta de resolución, a partir de la que la persona titular de la consejería competente dictará la orden de concesión o denegación de la subvención. Esta orden la notificaremos a la dirección electrónica única correspondiente a la entidad solicitante o, en su defecto, a la del representante que figure en la solicitud.
Plazos y efectos del silencio administrativo
5 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 29/04/2026 Fecha de fin: 21/05/2026
Contacto y ayuda
Contacto
Subdirección General de Becas y Ayudas
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud