Última actualización: 25/06/2025
  • Pendiente apertura plazo

    • Fecha de inicio: 25/06/2025 Fecha de fin: 08/07/2025
  • En Plazo

    • Presentación de solicitudes

      Fecha de inicio: 25/06/2025 Fecha de fin: 08/07/2025

    Tramitar

  • En tramitación

    Fecha de inicio: 25/06/2025 Fecha de fin: 08/07/2025

    Tramitar

  • Cerrado

Descripción

  • Referencia
    A792
  • Descripción

    Ayudas de 1.000 euros por nacimiento, adopción o acogimiento permanente o temporal para el personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid. En el caso de familias monoparentales, la ayuda es de 1.500 euros.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 25/06/2025 Fecha de fin: 08/07/2025

Personas destinatarias

Funcionarios de la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid, que han tenido un hijo o realizado una adopción o acogimiento de un menor a lo largo de 2024.

Requisitos

  1. Estar en servicio activo en la fecha de presentación de solicitudes.
  2. Declaración responsable que o recibe ninguna otra ayuda a la natalidad por parte suya o de su cónyuge.
  3. Nacimiento, adopción o acogimiento acontecido en 2024.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1.  Documento acreditativo de la adopción efectuada, en su caso.
  2. Documento acreditativo del acogimiento permanente o temporal realizado, en su caso.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  •  Certificado literal de nacimiento del hijo.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:

  • Subdirección General de Gestión de Personal y Relaciones con Justicia
  • Dirección: General Perón, 38
  • Horario: 09:00-14:00 horas

Tramitación

Una vez recibidas las solicitudes, la unidad responsable las estudiará y comprobara que son correctas. Si hubiera algún error te pediremos que la subsanes en el plazo de 10 días hábiles (lunes a viernes no festivos). Si no lo haces, entenderemos que desistes de tu petición.

Publicaremos en el calendario de actuaciones del trámite los listados provisionales de personas beneficiarias, con un plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones. Posteriormente, publicaremos los listados definitivos.

Recursos

Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos: 

  • 1 mes desde el día siguiente al que recibas la resolución.
  • En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.

Acceso al trámite de recurso de alzada

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Viceconsejería de Justicia y Víctimas
Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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