Descripción
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ReferenciaA691
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Descripción
Subvenciones a municipios de la Comunidad de Madrid para la realización de actividades culturales relacionadas con las artes escénicas, musicales y cinematográficas con especial referencia a la proyección territorial de las mismas. El objetivo de las ayudas es recuperar, consolidar y dar continuidad a las manifestaciones culturales tradicionales en los municipios madrileños.
El período para realizar las actividades subvencionables es desde el 1 de noviembre de 2024 hasta el 31 de octubre de 2025.
Novedad: El plazo máximo para presentar la documentación justificativa de la subvención es el 31 de octubre de 2025.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 05/02/2025 Fecha de fin: 04/03/2025
Destinatarios
Municipios de la Comunidad de Madrid cuya población no exceda de 10000 habitantes (según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) resultantes de la última revisión del padrón municipal a fecha de publicación de la convocatoria).
Requisitos
- No ser destinatarios de una subvención nominativa en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid vigente en el año de concesión de estas ayudas, con cargo al mismo programa presupuestario que financie la convocatoria anual. Esta incompatibilidad afectará, igualmente, a los organismos dependientes de dichos municipios.
- No estar incursas en alguna de las prohibiciones para obtener subvención contempladas en la normativa de subvenciones.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Proyecto y presupuesto.
- Memoria de actividades culturales del año anterior.
- Certificado del secretario o interventor haciendo constar el importe del gasto que fue destinado a artes escénicas, musicales, cinematográficas en el año 2024.
- Declaración responsable respecto de la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades mencionadas.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- DNI o NIE del representante de la entidad.
- Certificado de hallarse al corriente de las obligaciones frente a la Seguridad Social.
- Certificado de la Dirección General de Tributos de la Comunidad de Madrid, acreditativo de la no existencia de deudas en período ejecutivo de pago de la Comunidad de Madrid.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
El importe de las ayudas asciende a 379826 euros.
Te recordamos la importancia de adjuntar los modelos de formularios actualizados, relativos al año de la convocatoria 2025, que están en el apartado Anexos.
Asimismo, te recordamos la importancia de leer la orden de convocatoria 2025 para ver el periodo subvencionable dentro del cual deberán estar emitidas las facturas aportadas con la justificación y saber qué gastos son subvencionables y cuáles no.
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Correo electrónico: subvenciones_dgpc@madrid.org
Tramitación
El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva.
Recibidas las solicitudes en tiempo y forma, el órgano responsable, como órgano instructor, emitirá informe en el que se tendrán en consideración los criterios establecidos en la orden de convocatoria. Dicho informe se someterá a la Comisión de Entidades Locales y Entidades sin Ánimo de Lucro del Consejo de Cultura de la Comunidad de Madrid, órgano colegiado que elaborará la propuesta de resolución provisional, abriéndose un plazo de alegaciones. Posteriormente se dictará propuesta de resolución definitiva.
Posteriormente, la propuesta de resolución definitiva se elevará al titular de la Consejería que resolverá mediante Orden. La orden de concesión o denegación de la ayuda será única y se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Los beneficiarios deberán acreditar la realización de los proyectos subvencionados y justificar el importe de la ayuda concedida hasta el 31 de octubre de 2025.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Normativa
- Extracto de la orden 2536/2024 de 26 de diciembre, de la consejería de cultura, turismo y deporte, por la que se convocan ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para la realización de actividades relacionadas con el teatro, la danza, la música y la cinematografía para el año 2025 (BOCM nº 29, de 4 de febrero).
- Orden 2536/2024 de 26 de diciembre, de la consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para la realización de actividades relacionadas con el teatro, la danza, la música y la cinematografía para el año
Órgano Responsable
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).