Descripción

  • Referencia
    89621
  • Descripción

    Ayudas públicas destinadas a la dotación de equipamiento para las Oficinas Municipales de Turismo adheridas a la Red MAD About Info.

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 19/06/2020 Fecha de fin: 02/07/2020

Requisitos

Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid que cuenten con Oficina de Turismo adherida a la Red MAD About Info, mediante Convenio suscrito antes del 31 de diciembre de 2019 y figuren inscritas en el Registro General de Empresas y Entidades Turísticas de la Comunidad de Madrid, si su inscripción se ha realizado con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 8/2009, de 21 de diciembre, de Medidas Liberalizadoras y de Apoyo a la Empresa Madrileña; o bien hayan presentado la declaración responsable que dicha Ley establece.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
  2. Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes. 

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
  3. Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos. 

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Acciones subvencionables

  1. Gastos de adquisición e instalación de pantallas y de minipc’s/reproductores. Estos elementos estarán ubicados en las Oficinas de Turismo. Los beneficiarios se comprometen a destinar estos elementos a la emisión de imágenes promocionales de la Red MAD About Info, con fines estrictamente turísticos, debiendo presentar dicho compromiso por escrito, junto con el resto de documentación a que se hace referencia en el artículo 8 de la Orden.
  2. Las pantallas, los minipc’s/reproductores y los sistemas de instalación y comunicaciones se ajustarán a las especificaciones indicadas en el Anexo I pudiendo ser también de gama superior.
  3. No se computarán como gastos subvencionables:
    1. Los gastos derivados de la obtención de permisos, autorizaciones o licencias.
    2. Los gastos financieros.
    3. Los gastos relativos a impuestos y tasas. El IVA, en caso de que sea gasto soportado por la Entidad, será subvencionable.
    4. Inversiones financiadas a través de operaciones de leasing y/o renting, así como los gastos derivados de las mismas.
    5. Las inversiones que hayan sido fabricadas, realizadas o desarrolladas por el propio solicitante no se considerarán como inversión subvencionable.

Cuantía

  1. La cuantía de las ayudas será el 75 por 100 de la inversión que se considere subvencionable.
  2. La cuantía máxima a conceder no podrá superar el importe de 4.000 euros.

 

 

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
Dirección General de Turismo y Hostelería

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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