Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
- Personas físicas profesionales autónomos dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en la Comunidad de Madrid.
- Empresas.
Están excluidas:
- Librerías que forman parte de un sistema de franquicia.
- Comunidades de bienes, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, de carácter público o privado.
- Otras entidades sin personalidad jurídica.
Requisitos
- Tener como actividad y objeto social, único o entre otros, la venta de libros. Este requisito se constata en las escrituras de la sociedad (en su caso) o en el Impuesto de Actividades Económicas.
- Llevar abierta al público como mínimo desde el año anterior a la fecha de publicación de la convocatoria. Para el cálculo se tiene en cuenta la fecha del alta en el Impuesto de Actividades Económicas junto con el último recibo del importe devengado por este impuesto o, en su caso, la declaración de la exención, así como la vigencia de la misma.
- Disponer de un establecimiento físico en la Comunidad de Madrid, abierto al público en general. Los cambios de domicilio no interrumpen el cómputo de tiempo si la librería mantiene su nombre o socios.
- Tener un porcentaje de facturación relacionada con la venta de libros como mínimo de un 60 por ciento del total en el caso de establecimientos que lleven a cabo la venta de otros productos. Esta condición debe acreditarse con la oportuna declaración responsable.
- Tener a disposición del público una oferta de títulos (no ejemplares) igual o superior a 2000. En el caso de librerías especializadas en alguna materia concreta (cuyas ventas en dicha materia concentran un 60 por ciento de las ventas) el número de títulos exigibles se reduce a 1500. Esta condición debe acreditarse con la oportuna declaración responsable.
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
- No tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo si están debidamente garantizadas. Esta información se obtiene de oficio por el órgano instructor.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Anexo I.
- Anexo II.
- Memoria de actividades de la librería en el año anterior a la convocatoria.
- Justificante de pago o certificado de exención del Impuesto de actividades económicas (en el caso de personas jurídicas).
- Escritura de constitución (en el caso de personas jurídicas).
- Acreditación de la capacidad del firmante para representar a la entidad.
- Memoria económica del gasto de la actividad (o presupuesto).
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Acreditación de la identidad del solicitante con DNI o NIE.
- Acreditación de la identidad del representante (si existiera) con DNI o NIE.
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Extractos de la Orden 604/2026, de 14 de abril, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan las ayudas a la modernización de las librerías correspondientes al año 2026 (BOCM nº 96, de 24 de abril) Grupo 1, Grupo 2.
- Orden 604/2026 del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte que convoca las ayudas a la modernización de las librerías correspondientes al año 2026.
- Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas Grupo 1, Grupo 2.
- Orden 969/2021, de 23 de agosto, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se modifica la Orden 511/2019, de 2 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la modernización de las librerías (BOCM nº 208, de 1 de septiembre).
- Orden 511/2019, de 2 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la modernización de las librerías (BOCM nº 85, de 10 de abril).
Órgano responsable
- Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
- Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
- Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud se abre el 27/04/2026. Si lo deseas, puedes activar los avisos para que te lo recordemos.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada. Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la persona o entidad solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que desiste de su petición.
A continuación, publicaremos la lista de exclusiones y desistimientos.
Una vez evaluada cada solicitud conforme al baremo y a los criterios de valoración, la Comisión de Evaluación determinará las cantidades que corresponden a cada una de ellas.
La dirección general competente emitirá la propuesta de resolución, a partir de la que la persona titular de la consejería responsable dictará la orden de concesión o denegación de la subvención.
Las ayudas se pagarán con carácter de anticipo a cuenta, siempre que exista suficiente presupuesto y conforme a la liquidez de la Tesorería. No será necesario aportar ninguna garantía. Antes de realizar el pago, comprobaremos el cumplimiento de la obligación de estar al corriente con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
El plazo de ejecución de los proyectos será de 7 meses como máximo desde la publicación de la orden de concesión.
El plazo para justificar la subvención será de 3 meses desde que concluya el proyecto subvencionado.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al de su publicación:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no se ha publicado la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 27/04/2026 Fecha de fin: 19/05/2026
Contacto y ayuda
Contacto
Subdirección General del Libro
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud