Descripción

  • Referencia
    91607
  • Descripción

    Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid que realicen actuaciones para la descripción y digitalización de fondos documentales, restauración de documentos en mal estado de conservación o que corran peligro de pérdida o deterioro, o el equipamiento de archivo.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • 24/05/2021
    Fecha de publicación de lista definitiva de admitidos
  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 18/03/2021 Fecha de fin: 09/04/2021

Requisitos

Podrán ser beneficiarios las entidades privadas sin ánimo de lucro que cumplan los siguientes requisitos:
1. Estar inscritos en el Registro autonómico o nacional, según normativa legal que resulte de aplicación, correspondiente con una antigüedad mínima de cinco años con respecto a la fecha de finalización de presentación de solicitudes. Se acreditará con la presentación de los Estatutos con la inscripción correspondiente.
2. Tener sede social en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid. Se acreditará con la presentación de los estatutos y sus modificaciones, en su caso.
3. No ser beneficiarios de una subvención con asignación nominativa en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid vigente en el año de concesión de las ayudas a entidades privadas sin ánimo de lucro para la realización de actividades relacionadas con los archivos con cargo al mismo programa presupuestario que financie la convocatoria anual.
4. No podrán obtener la condición de beneficiario las Entidades privadas en quienes concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a cuyo efecto deberán suscribir la oportuna declaración responsable.
5. No podrán ser beneficiarios las Entidades privadas que tengan deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas. El certificado acreditativo de tal circunstancia se solicitará directamente a la Consejería competente en materia de Hacienda por el órgano instructor, por lo que no es preciso que sea aportado por el solicitante. En el caso de que dicha certificación no resultase positiva, se comunicará a la entidad para su subsanación en el plazo previsto en la letra f) del artículo 6.
6. No podrán ser beneficiarios las entidades privadas que no estén al corriente de sus obligaciones tributarias ni con la Seguridad Social. Los certificados acreditativos de tales circunstancias se obtendrán de oficio por el órgano instructor, salvo oposición expresa. En el caso de que dicha certificación no resultase positiva, se comunicará a la entidad para su subsanación en el plazo previsto en letra f) del artículo 6.
7. Las entidades privadas que obtengan la condición de beneficiarias deberán mantener los requisitos que les permitieron acceder a tal consideración, al menos, hasta el momento en que justifiquen la aplicación de los fondos de la subvención al fin que motivó su concesión, según lo previsto en las bases reguladoras y en esta convocatoria.

Documentación a presentar

1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.

Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”

Presentación de solicitudes

La tramitación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de internet. (ver cómo tramitar).

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “tramitar”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones.

Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes" , desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud

   

Tramitación

Calendario de actuaciones:

 

 

24/05/2021 Resolución de convocatoria
(Ver listados en el calendario)
* Plazo de justificación: Hasta el 30 de octubre de 2021.

 

 

 

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
Dirección General de Promoción Cultural

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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