Última actuación

Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. Si eliges presentación electrónica:
    1. Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
    2. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
  5. Si eliges presentación presencial:
    1. Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
    2. Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.

El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.

Consulta el estado y evolución

Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Recibida la solicitud, se examinará la misma, y si requiere subsanación, se solicitará mediante oficio al solicitante.

Las solicitudes que no subsanen en plazo serán declaradas desistidas, y para las solicitudes completas, se recabarán los informes pertinentes y una vez informadas y baremadas las solicitudes, se propondrán los listados de beneficiarios y desestimados de las ayudas, que una vez fiscalizados se resolverán y notificarán a los solicitantes, indicando el importe y actuaciones concedidos, en su caso.

Los beneficiarios a los que se les conceda subvención deberán posteriormente y antes del 10 de noviembre de 2024, presentar la solicitud de justificación y pago, con la documentación pertinente.

Documentos anexos a la solicitud

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Seis meses
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 38/2003, General de Subvenciones 

Calendario de actuaciones

Contacto y ayuda

Documentos de interés

Criterios de selección del T.O.P. 8.4.1.
Descargar
72.8 KB
Criterios de selección del T.O.P. 8.5.1.
Descargar
100.64 KB
Repoblaciones compensatorias
Descargar
60.81 KB

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 04/03/2024
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