Descripción

  • Referencia
    A59
  • Descripción

    Ayudas a inversiones en el desarrollo y mejora de montes de titularidad privada en la Comunidad de Madrid financiadas por el FEADER, dentro de la medida 8 “Inversiones en el desarrollo de zonas forestales y mejora de la viabilidad de los bosques”.  

    Las inversiones pueden ser para: 

    • Reparación de los daños causados por incendios forestales, desastres naturales y catástrofes.
    • Inversiones en ecosistemas forestales.
  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • 20/12/2021
    Propuesta de Resolución definitiva de la Comisión Técnica de Evaluación para ambos tipos de operación
  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 28/10/2021 Fecha de fin: 12/11/2021

Requisitos

Destinatarios 

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, tanto las personas físicas o jurídicas que sean propietarios privados de terrenos forestales situados dentro de todo el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, como aquellas otras a las que los propietarios privados hayan cedido el uso o disfrute de sus predios, con su consentimiento escrito para solicitar y ejecutar estas inversiones en el desarrollo y mejora de los montes, o con las que se hayan suscrito acuerdos o convenios para la realización de las inversiones previstas en las presentes bases reguladoras, tal como se define en el artículo 94.1 de la Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid.

 

Requisitos 

Los beneficiarios deberán cumplir todos los requisitos y obligaciones que la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en sus artículos 13 y 14. 

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:
  • Documentos que se aportan junto a la solicitud: 
    • Documento firmado por todos los miembros de la Comunidad de bienes, en el caso de existir Comunidad de bienes.
    • Documento acreditativo de la representación (Nombramiento, Poder notarial).
    • Escritura de Propiedad / Escritura de Constitución inscrita en el Registro.
    • Convenio con la Propiedad, en caso de representación, manifestando de forma fehaciente y expresa la conformidad.
    • Memoria-Resumen según indica la Orden.
    • Planos topográficos escala 1:50.000 (situación del monte), 1:10.000 (indicando actuaciones) y capas en formato digital.
    • Proyecto Técnico, firmado por técnico forestal competente y visado por el Colegio Profesional correspondiente, excepto: montes con Proyecto de Ordenación o Plan Técnico de Gestión aprobado y en vigor, o bien presentado por el promotor ante esta Consejería, con anterioridad a la publicación de esta Orden de convocatoria debiendo indicarse en la solicitud las fechas de presentación y de aprobación.  
    • Si el gasto subvencionable supera las cuantías establecidas en la Ley de Contratos para el Sector público para el contrato menor, en los supuestos de coste por ejecución de obras, o de prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, se presentarán tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención.
    • Resultado favorable al proyecto de actuación del proceso de Evaluación Ambiental en aquellos casos que la Ley así lo exija.
    • Demás autorizaciones, licencias o concesiones necesarias, según establece el apartado e) del artículo 12.
    • Certificado de la Entidad Bancaria, sucursal, domicilio, número de la sucursal, nº de cuenta y titularidad de la cuenta corriente donde habría que hacer efectivo el pago en el caso de resultar adjudicatario de la misma.
  • La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos: 
    • DNI/NIF correspondientes.
    • Certificado de estar al corriente de pago en Seguridad Social y en Comunidad de Madrid.
  • La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos: 
    • Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Selecciona una de estas dos opciones:
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Cada solicitante presentará una única solicitud, bien para el tipo de operación 8.4.1, bien para el tipo de operación 8.5.1, anulándose las solicitudes que incumpliesen esta norma.  

El importe máximo de subvención es de 40.000 euros por beneficiario y año.

Documentación de interés

Criterios de selección del T.O.P. 8.4.1.
Descargar
72.8 KB
Criterios de selección del T.O.P. 8.5.1.
Descargar
100.64 KB

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Dos meses
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones 

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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