Información y documentación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Corporaciones Locales de municipios rurales enumerados en el Anexo II.
Requisitos
- Presentar exclusivamente actuaciones que tienen impacto en el sector agrario. En ningún caso se admiten proyectos en beneficio del medio urbano (accesos a núcleos o conexiones entre núcleos, por ejemplo).
- Ubicarse en alguno de los municipios rurales. definidos para esta convocatoria.
- Presentar un proyecto de obra o memoria técnico económica. Debe incluir:
- Las inversiones propuestas.
- Justificación del coste de las inversiones.
- La contribución de las inversiones a la mejora de la competitividad en particular y al objetivo de la intervención en general.
- No haber iniciado la actuación en el momento de presentar la solicitud de ayuda.
- Destinar la producción de energía renovable exclusivamente para el autoconsumo de la infraestructura o bien de las explotaciones a las que da servicio.
- Contar con la disponibilidad de los terrenos.
- Estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
- No tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo si están debidamente garantizadas.
- No tener deudas de carácter tributario con otras Administraciones Públicas, ni figurar en la fase del pago como deudor de los fondos europeos agrícolas FEAGA-FEADER.
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
- No haber sido declarado excluido de la obtención de ayudas de la misma intervención del PEPAC de la Comunidad de Madrid 2023-2027.
- Acreditar el cumplimiento de la obligación de la rendición de sus cuentas anuales ante la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid con carácter previo al reconocimiento de la obligación y propuesta de pago.
En ningún caso se tienen por cumplidas estas condiciones si se han creado artificialmente para obtener la ayuda.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Escrito conjunto del alcalde y del presidente de la asociación declarando el interés mutuo en el proyecto (Anexo VI).
- Para proyectos de inversión cuyo importe no exceda de 40.000 euros (sin IVA): Memoria valorada de las obras suscrita por técnico competente en la que se demuestre la viabilidad, la necesidad, la forma en la que contribuyen a la consecución de los objetivos de estas ayudas previstos en el artículo 2 de esta Orden, el carácter agrario de las mismas, presupuesto detallado y planos o Proyecto de las obras; todo ello suscrito por técnico competente.
- Para proyectos de inversión cuyo importe igual o superior a 40.000 euros (sin IVA) o para aquellos en los que por sus características así lo exija la normativa específica: Proyecto de las obras suscrito por técnico competente en el que se demuestre la viabilidad, la necesidad, la forma en la que contribuyen a la consecución de los objetivos de estas ayudas previstos en el artículo 2 de esta Orden y el carácter agrario de las mismas y que conste de Memoria, anejos (en su caso), planos, pliego de prescripciones técnicas y presupuesto.
- Licencia urbanística municipal o acuerdo municipal sustitutorio.
- Resolución de calificación urbanística o proyecto de actuación especial.
- Otras Autorizaciones administrativas (Confederación Hidrográfica, Vías Pecuarias, Patrimonio…).
- Certificado del Secretario del Ayuntamiento de la necesidad de autorizaciones administrativas (Anexo VII).
- Evaluación de impacto ambiental en los casos que así se determine.
- Certificación del Secretario del Ayuntamiento de no necesidad de evaluación de impacto ambiental (Anexo VIII).
- Certificación expedida por el Secretario del Ayuntamiento del Acta del Pleno u órgano competente en el que conste el acuerdo en el que se solicita la subvención, la aprobación del proyecto y el compromiso de mantenimiento y conservación de la obra y, en su caso, del servicio (Anexo IV).
- Certificación de la disponibilidad de los terrenos (Anexo V).
- Tres facturas pro-forma comparables e independientes.
- En el caso de que el solicitante tenga el apoyo explícito de la Asociación de Agricultores y Ganaderos de la zona:
- Acta fundacional de la Asociación que declara su apoyo explícito.
- Certificado de inscripción en el Registro de Asociaciones de la Asociación.
- Acreditación de dicha representación.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- NIF de la corporación local.
- NIF o NIE del alcalde o representante de la entidad local.
- Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente con la Seguridad Social.
- En el caso de que el solicitante tenga el apoyo explícito de la Asociación de Agricultores y Ganaderos de la zona:
- NIF o NIE del representante legal de la Asociación. NIF de la Asociación que muestra su apoyo explícito.
- Acreditación de dicha representación.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias (AEAT).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Extracto de la Orden 1547/2026, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2026 de la ayuda a inversiones en infraestructuras agrarias para el fomento de la competitividad, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por la Administración General del Estado y por la Comunidad de Madrid (BOCM nº 116, de 18 de mayo).
- Orden 3058/2025, de 23 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a inversiones en infraestructuras agrarias para el fomento de la competitividad, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por la Administración General del Estado y por la Comunidad de Madrid y se aprueba la convocatoria para el año 2025 de la ayuda a inversiones en infraestructuras agrarias para el fomento de la competitividad (BOCM nº 190, de 11 de agosto).
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
- Dirección General de Agricultura Ganadería y Alimentación
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud se abre el 19/05/2026. Si lo deseas, puedes activar los avisos para que te lo recordemos.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la persona solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que ha desistido de su petición.
Una vez evaluada cada solicitud emitiremos un informe acerca de la valoración técnica de la inversión y estableceremos la puntuación correspondiente a cada expediente según los criterios de selección. A continuación, se lo enviaremos al comité técnico que informará sobre las solicitudes presentadas. Se financiarán los proyectos de mayor a menor puntuación hasta agotar el crédito disponible.
La dirección general competente en agricultura emitirá la propuesta de resolución, a partir de la que la persona titular de la consejería competente dictará la orden de concesión o denegación de la subvención.
La fecha de fin del plazo de ejecución de los proyectos será el 1 de abril de 2027.
El pago total de la subvención se realizará, previa justificación técnica y económica del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención. El plazo máximo para justificar la realización de la actividad subvencionada será el plazo máximo de ejecución.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 19/05/2026 Fecha de fin: 18/06/2026
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Documentos de interés
Contacto
Área FEADER no SIGC II
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud