Información y documentación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
- Empresas privadas de la Comunidad de Madrid. Tienen esta consideración las entidades que ejercen una actividad económica, independientemente de su forma jurídica y no pertenecen al sector público.
- Agrupaciones de empresas privadas de la Comunidad de Madrid independientes entre sí, que cooperan para llevar a cabo los proyectos subvencionados.
Requisitos
- Estar válidamente constituidas y debidamente inscritas en el registro correspondiente.
- Tener domicilio fiscal y actividad en el territorio de la Comunidad de Madrid.
- Pertenecer al sector primario (agricultura, ganadería y silvicultura), a su industria asociada o a la industria agroalimentaria.
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
- Estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
- No tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, ni tener deudas de carácter tributario con otras Administraciones Públicas. Se consideran cumplidas las obligaciones si las deudas están aplazadas, fraccionadas o se ha acordado su suspensión, como consecuencia de su impugnación. Para acreditarlo, es preciso presentar copia de la resolución que concede los aplazamientos, fraccionamientos o acuerda la suspensión.
- No estar en crisis, a fecha de la solicitud de la ayuda, según la definición de la normativa europea.
- No haber recibido subvenciones concurrentes o, en su caso, comunicar la relación exhaustiva de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos públicos o privados que pueden afectar a la compatibilidad para las mismas actuaciones objeto de ayuda.
- No haber iniciado las actuaciones del proyecto para el que se solicita la ayuda, antes de la solicitud.
- No estar, a fecha de la solicitud de la ayuda, sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior (jurisprudencia Deggendorf).
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud en caso de proyectos desarrollados individualmente:
- Memoria técnico-científica del proyecto a desarrollar.
- Escrituras públicas de constitución del solicitante, en caso de sociedades mercantiles.
- Certificado de inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil del solicitante, en caso de sociedades mercantiles.
- Declaración censal del solicitante, en caso de autónomos.
- Inscripción en el Impuesto de Actividades Económicas del solicitante, en caso de autónomos.
- Certificado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social del solicitante, en caso de autónomos.
- Documento público que acredite la capacidad de representación del firmante de la solicitud.
- Documentación que acredite, en su caso, la condición de pequeña o mediana empresa.
- Documentación que acredite la pertenencia al sector primario (agricultura, ganadería y silvicultura), a su industria asociada o a la industria agroalimentaria.
- Certificado bancario que acredite la titularidad de la cuenta del solicitante de la ayuda.
- Documentación que acredite que el solicitante tiene actividad en la Comunidad de Madrid.
Documentos que debes aportar junto a la solicitud en caso de proyectos desarrollados en cooperación:
- Memoria técnico-científica del proyecto a desarrollar.
- Acuerdo interno que regula el funcionamiento de la agrupación.
- Escrituras públicas de constitución de cada uno de los miembros de la agrupación, en caso de sociedades mercantiles.
- Certificado de inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil, de cada uno de los miembros de la agrupación, en caso de sociedades mercantiles.
- Declaración censal, de cada uno de los miembros de la agrupación, en caso de autónomos.
- Inscripción en el Impuesto de Actividades Económicas de cada uno de los miembros de la agrupación, en caso de autónomos.
- Certificado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, de cada uno de los miembros de la agrupación, en caso de autónomos.
- Documento público que acredite la capacidad de representación del firmante de la solicitud.
- Documentación que acredite, en su caso, la condición de pequeña o mediana empresa, de cada uno de los miembros de la agrupación.
- Documentación que acredite la pertenencia al sector primario (agricultura, ganadería y silvicultura), a su industria asociada o a la industria agroalimentaria, de al menos un miembro de la agrupación.
- Certificado bancario que acredite la titularidad de la cuenta del solicitante de la ayuda.
- Documentación que acredite actividad en la Comunidad de Madrid, de cada uno de los miembros de la agrupación.
- Declaraciones responsables y comunicaciones sobre la consulta del Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social y del Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, del resto de miembros de la agrupación.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- NIF o NIE de la persona solicitante.
- NIF o NIE de la persona representante.
- Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Extracto de la Orden 1574/2026, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a empresas pertenecientes a los sectores agrícola, ganadero, forestal e industria asociada o agroalimentaria, para la realización de proyectos de investigación, desarrollo e innovación, para 2026 (BOCM nº 116, de 18 de mayo).
- Orden 3130/2022, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a empresas pertenecientes a los sectores agrícola, ganadero, forestal e industria asociada o agroalimentaria, para la realización de proyectos de investigación, desarrollo e innovación (BOCM nº 235, de 3 de octubre).
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Organismo Autónomo Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA)
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud se abre el 19/05/2026. Si lo deseas, puedes activar los avisos para que te lo recordemos.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la entidad solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que renuncia a su petición y emitiremos una resolución que así lo indique.
Una vez evaluada cada solicitud conforme al baremo y a los criterios de valoración, la Comisión de Valoración determinará la puntuación que corresponde a cada una de ellas. Se financiarán los proyectos de mayor a menor puntuación hasta agotar el crédito disponible.
La dirección general responsable emitirá la propuesta de resolución, a partir de la que la persona titular de la consejería competente dictará la orden de concesión o denegación de la subvención.
El plazo de ejecución de los proyectos será de 6 meses como máximo desde la fecha de recepción de la orden de concesión.
El pago total de la subvención se realizará, previa justificación técnica y económica del cumplimiento de la finalidad para la que concedió la subvención. El plazo para justificar la subvención será de 3 meses desde que finalizó el plazo de ejecución de los proyectos.
Plazos y efectos del silencio administrativo
3 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 19/05/2026 Fecha de fin: 20/07/2026
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud