Última actualización: 12/07/2024
  • Pendiente apertura plazo

  • En plazo

    En plazo

  • En tramitación

  • Cerrado

Descripción

  • Referencia
    A594
  • Descripción

    Ayudas destinadas a financiar proyectos de I+D realizados en colaboración entre grupos de investigación pertenecientes a las universidades y organismos de investigación de la Comunidad de Madrid.

    Estarán dirigidos a resolver los retos y desafíos sociales planteados en las áreas de conocimiento consideradas de interés estratégico para la región, dentro de la modalidad de programas de actividades de I+D en procesos Humanos y Sociales.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Destinatarios

Entidades públicas o privadas que realicen investigación y difundan sus resultados, agrupadas en un consorcio. La entidad designada como coordinadora del consorcio presentará la solicitud.

Requisitos

  1. Estar válidamente constituidas y tener domicilio fiscal o establecimiento permanente en la Comunidad de Madrid.
  2. Pertenecer a una de las siguientes categorías:
    1. Universidades Públicas y Universidades Privadas, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
    2. Fundaciones Institutos Madrileños de Estudios Avanzados (Fundaciones IMDEA).
    3. Organismos Públicos de Investigación.
    4. Fundaciones de Investigación Biomédica de las Instituciones Sanitarias adscritas al Servicio Madrileño de Salud (SERMAS).
    5. Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.
    6. Otras entidades públicas y privadas, sin ánimo de lucro, con capacidad y actividad demostrada en I+D+I, que tengan definidos en sus estatutos la I+D+I como actividad principal.
  3. Si la entidad desarrolla también actividades económicas, la financiación, los costes y los ingresos respectivos deberán consignarse por separado.
  4. No estar incursas en ninguno de los supuestos que impiden obtener la condición de beneficiario y cumplir con las obligaciones recogidas en la normativa de subvenciones.

Documentación a presentar

Antes de presentar la solicitud, la entidad coordinadora debe pulsar TRAMITAR acceder al espacio de tramitación para elaborar o adjuntar la siguiente documentación en la aplicación Quadrivium:

  1. ANEXO II Impreso Solicitud (rellenar por la entidad coordinadora).
  2. ANEXO III Impreso Solicitud (rellenar por cada entidad participante).
  3. Memoria que describa el consorcio que desarrollará el programa de actividades I+D.
  4. Memoria científico-técnica sobre los objetivos y resultados que se persiguen con la ejecución del programa de actividades de I+D.
  5. Memoria económica del programa de actividades de I+D que describa el presupuesto presentado y su adecuación a los objetivos e indicadores de resultado establecido en la convocatoria.
  6. Currículum Vitae NORMALIZADO (formato FECYT) de todos los investigadores principales. Y de los Co-Ips en su caso.
  7. Documento acreditativo de la fecha del doctorado (sólo IP grupo/s emergentes).
  8. Traducción del Documento acreditativo de la fecha del doctorado (sólo IP grupo/s emergente/s si corresponde).
  9. Documentación acreditativa de los periodos de los periodos de interrupción a tomar en cuenta los cómputos de plazo de cumplimiento de investigador emergente (solo Ip grupo/s emergente/s si correspondiente).

Documentación a presentar 

  1. Solicitud (Impreso Anexo II). Se firmará por el responsable legal del organismo coordinador al realizar la presentación por el Registro Electrónico.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  • Formularios anexo III firmados por cada organismo beneficiario, distinto del coordinador.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  • Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  • Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
  3. Sigue las indicaciones de cumplimentación y de anexado de documentos (si se requieren), así como de envío de la solicitud al Registro electrónico.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para dudas o consultas sobre este trámite, puedes contactar a través del correo electrónico: humanidades@madrid.org

Tramitación

Una vez presentada la solicitud, el órgano competente revisa la documentación y si fuera necesario, enviara notificación para que subsane los documentos en el plazo de 10 días hábiles (lunes a viernes no festivos) desde la notificación.

Una vez subsanado, pasarán a evaluación. Tras la evaluación, se determinará la propuesta de resolución provisional, con opción a alegar por el organismo en el plazo de 10 días hábiles desde la notificación.

Tras la propuesta de resolución provisional se publicará la resolución definitiva.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

6 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden 2402/2024, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras para las convocatorias de ayudas a proyectos de I+D realizados en colaboración entre grupos de investigación pertenecientes a las universidades y organismos de investigación de la Comunidad de Madrid.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Universidades, Investigación y Ciencia
Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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