Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" para entrar a la aplicación.
  3. Sigue las indicaciones para rellenar el formulario y adjuntar los documentos (si se requieren), así como para enviar la solicitud.

El plazo para presentar esta solicitud se abre el 11/06/2026. Si lo deseas, puedes activar los avisos para que te lo recordemos.

Consulta el estado y evolución

Publicaremos las novedades de la convocatoria en el calendario de actuaciones de este trámite. Si lo deseas, puedes activar los avisos para que te informemos de cada publicación si te has suscrito a este servicio.

Ten en cuenta que no recibirás comunicaciones de la unidad que gestiona las solicitudes, por lo que debes estar pendiente de las publicaciones en el calendario de actuaciones.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Tramo 1: 

Las unidades de personal calcularán las cantidades a percibir por cada docente, según el número de días de servicios efectivamente prestados. Corresponderán un total de 100 euros a quienes hayan prestado servicios efectivos durante el curso escolar completo o cuantía proporcional, si éstos hubieran sido inferiores. Se considerará servicio efectivo la asistencia al centro de trabajo.

Mediante resolución de la Dirección General de Recursos Humanos haremos pública la relación provisional de personas adjudicatarias y la cuantía de la ayuda por este tramo. Se abrirá un plazo para subsanar (corregir) de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos), contados a partir del día siguiente a su publicación. 

Examinadas las alegaciones, publicaremos una resolución con la relación definitiva de personas adjudicatarias y la cuantía asignada. El importe reconocido se abonará con la nómina.

Tramo 2:

La cantidad disponible para los adjudicatarios del Tramo II, se distribuirá entre las personas solicitantes que cumplan los requisitos para obtener la ayuda correspondiente. El fondo destinado a las ayudas por este tramo se asignará proporcionalmente al gasto acreditado a que tengan derecho.

La ayuda se aplicará a un número máximo de 10 abonos, comprendidos en el período del curso escolar correspondiente, de septiembre de 2025 a junio de 2026.

En el caso del personal laboral docente que, en un mismo mes, haya adquirido dos abonos diferentes para los que reúnan los requisitos, la ayuda se concederá sobre el de mayor coste.

A la hora de asignar las cuantías se entenderá como gasto de desplazamiento el que se produzca entre el domicilio habitual y el centro de trabajo durante el curso escolar 2025-2026, aplicando el criterio de menor distancia ante ambos, tanto en los casos de adquisición de título de transporte como en los supuestos especiales en los que no se ha adquirido título de transporte. Para ello se tendrán en cuenta las seis zonas tarifarias del Consorcio Regional de Transportes de la Comunidad de Madrid: A, B1, B2, B3, C1 y C2. Igualmente, se tendrán en cuenta el importe de los abonos interzonales.

Cuando el centro de trabajo y el domicilio estén en la misma localidad o en localidades de la misma zona de transporte, se tomará como referencia para la ayuda de transporte el importe del abono interzonal que corresponda para desplazarse dentro de la misma zona tarifaria, a excepción del municipio de Madrid, que se abonará, en todo caso, la zona tarifaria A.

Cuando los municipios del centro de trabajo y el domicilio sean limítrofes, de acuerdo con las zonas tarifarias del transporte público, a efectos de la ayuda se tendrá en cuenta el abono interzonal que corresponda.

En los supuestos especiales en los que no se ha adquirido título de transporte, la cuantía de la ayuda se calculará, con carácter general, aplicando los criterios indicados en los párrafos anteriores. En el caso de que la persona beneficiaria no tuviera su residencia en la Comunidad de Madrid percibirá el importe de la tarjeta de transporte en la modalidad mensual que corresponda dentro del territorio de esta.

En ningún caso, la cuantía que se perciba por esta ayuda podrá ser superior a lo que corresponde a la zona C2, que es la zona tarifaria más alta.

Mediante resolución haremos pública la relación provisional de personas adjudicatarias. Se abrirá un plazo para subsanar de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a su exposición.

Examinados los escritos de subsanación publicaremos la relación definitiva de personas adjudicatarias.

A las personas adjudicatarias a quienes se les reconozca la ayuda por este tramo, se les abonará el importe de esta en nómina.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

6 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Recursos

La resolución de convocatoria se puede recurrir en alzada, en el resto de resoluciones, incluida la de finalización, se puede interponer demanda.

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 11/06/2026 Fecha de fin: 01/07/2026

Contacto y ayuda

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 10/06/2026
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