Información y documentación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Profesorado de religión y otro personal docente no sujeto ni al Convenio Colectivo ni al Acuerdo Sectorial Docente, al servicio de la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- Haber prestado servicios efectivos durante 10 días lectivos como mínimo en el mes o meses para los que se solicita la ayuda, como personal laboral docente.
- Haber adquirido a su nombre un título individual de abono de treinta días de la tarjeta para el transporte público, de septiembre a diciembre de 2025 o del primer semestre de 2026.
- También pueden solicitar la ayuda quienes no han adquirido un título individual para el transporte público y se encuentran en alguna de las siguientes situaciones:
- Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, solo si la discapacidad es incompatible con el uso del transporte público.
- Desarrollar las tareas docentes en una localidad a la que no llega el transporte público en horario compatible con el horario lectivo.
- Cumplir horario en más de un centro durante la misma jornada laboral diaria, con periodicidad semanal.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Certificado de discapacidad con acreditación de incompatibilidad con el uso del transporte público, en su caso.
- En caso de no autorizar la consulta al CRTM:
- Tarjeta de abono transporte mensual.
- Abonos de 30 días y justificantes de pago.
- Otro título de transporte nominal y justificante de pago, en su caso.
- Horarios de los centros firmados por la Dirección de cada centro (en caso de traslado dentro de la jornada laboral).
- Horario individual firmado por la Dirección del centro (en caso de incompatibilidad con transporte público).
- Certificación de haber prestado servicios efectivos. Sólo para personal laboral docente sujeto a contrato de sustitución de titular.
- Documento de otorgamiento de la representación, en su caso.
- Otros.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- DNI o NIE de la persona solicitante.
- DNI o NIE de la persona representante.
- Los datos registrados en el Consorcio Regional de Transportes para abonos mensuales.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Resolución de 1 de junio de 2026, del Director General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convoca el procedimiento para la concesión de las ayudas por gastos de desplazamiento, durante el curso escolar 2025-2026, destinadas a los profesores de Religión y otro personal docente no sujeto ni a Convenio Colectivo ni a Acuerdo Sectorial docente, al servicio de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 136, de 10 de junio).
Órgano responsable
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
- Viceconsejería de Política y Organización Educativa
- Dirección General de Recursos Humanos
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" para entrar a la aplicación.
- Sigue las indicaciones para rellenar el formulario y adjuntar los documentos (si se requieren), así como para enviar la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud se abre el 11/06/2026. Si lo deseas, puedes activar los avisos para que te lo recordemos.
Consulta el estado y evolución
Publicaremos las novedades de la convocatoria en el calendario de actuaciones de este trámite. Si lo deseas, puedes activar los avisos para que te informemos de cada publicación si te has suscrito a este servicio.
Ten en cuenta que no recibirás comunicaciones de la unidad que gestiona las solicitudes, por lo que debes estar pendiente de las publicaciones en el calendario de actuaciones.
Acciones sobre la solicitud
Tramo 1:
Las unidades de personal calcularán las cantidades a percibir por cada docente, según el número de días de servicios efectivamente prestados. Corresponderán un total de 100 euros a quienes hayan prestado servicios efectivos durante el curso escolar completo o cuantía proporcional, si éstos hubieran sido inferiores. Se considerará servicio efectivo la asistencia al centro de trabajo.
Mediante resolución de la Dirección General de Recursos Humanos haremos pública la relación provisional de personas adjudicatarias y la cuantía de la ayuda por este tramo. Se abrirá un plazo para subsanar (corregir) de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos), contados a partir del día siguiente a su publicación.
Examinadas las alegaciones, publicaremos una resolución con la relación definitiva de personas adjudicatarias y la cuantía asignada. El importe reconocido se abonará con la nómina.
Tramo 2:
La cantidad disponible para los adjudicatarios del Tramo II, se distribuirá entre las personas solicitantes que cumplan los requisitos para obtener la ayuda correspondiente. El fondo destinado a las ayudas por este tramo se asignará proporcionalmente al gasto acreditado a que tengan derecho.
La ayuda se aplicará a un número máximo de 10 abonos, comprendidos en el período del curso escolar correspondiente, de septiembre de 2025 a junio de 2026.
En el caso del personal laboral docente que, en un mismo mes, haya adquirido dos abonos diferentes para los que reúnan los requisitos, la ayuda se concederá sobre el de mayor coste.
A la hora de asignar las cuantías se entenderá como gasto de desplazamiento el que se produzca entre el domicilio habitual y el centro de trabajo durante el curso escolar 2025-2026, aplicando el criterio de menor distancia ante ambos, tanto en los casos de adquisición de título de transporte como en los supuestos especiales en los que no se ha adquirido título de transporte. Para ello se tendrán en cuenta las seis zonas tarifarias del Consorcio Regional de Transportes de la Comunidad de Madrid: A, B1, B2, B3, C1 y C2. Igualmente, se tendrán en cuenta el importe de los abonos interzonales.
Cuando el centro de trabajo y el domicilio estén en la misma localidad o en localidades de la misma zona de transporte, se tomará como referencia para la ayuda de transporte el importe del abono interzonal que corresponda para desplazarse dentro de la misma zona tarifaria, a excepción del municipio de Madrid, que se abonará, en todo caso, la zona tarifaria A.
Cuando los municipios del centro de trabajo y el domicilio sean limítrofes, de acuerdo con las zonas tarifarias del transporte público, a efectos de la ayuda se tendrá en cuenta el abono interzonal que corresponda.
En los supuestos especiales en los que no se ha adquirido título de transporte, la cuantía de la ayuda se calculará, con carácter general, aplicando los criterios indicados en los párrafos anteriores. En el caso de que la persona beneficiaria no tuviera su residencia en la Comunidad de Madrid percibirá el importe de la tarjeta de transporte en la modalidad mensual que corresponda dentro del territorio de esta.
En ningún caso, la cuantía que se perciba por esta ayuda podrá ser superior a lo que corresponde a la zona C2, que es la zona tarifaria más alta.
Mediante resolución haremos pública la relación provisional de personas adjudicatarias. Se abrirá un plazo para subsanar de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a su exposición.
Examinados los escritos de subsanación publicaremos la relación definitiva de personas adjudicatarias.
A las personas adjudicatarias a quienes se les reconozca la ayuda por este tramo, se les abonará el importe de esta en nómina.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
La resolución de convocatoria se puede recurrir en alzada, en el resto de resoluciones, incluida la de finalización, se puede interponer demanda.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 11/06/2026 Fecha de fin: 01/07/2026
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Contacto
Subdirección General de Gestión del profesorado Infantil, Primaria y Especial
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud