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02/02/2022Subvenciones concedidas durante el período del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2021
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Requisitos
Las asociaciones profesionales de transportistas y de empresas de actividades auxiliares y complementarias del transporte, las federaciones integradas de modo exclusivo por dichas asociaciones y las organizaciones sindicales, en todos los casos, con establecimiento y actividad en el sector del transporte por carretera en la Comunidad de Madrid, contando, de modo directo o indirecto, con el personal necesario para el ejercicio de su actividad profesional.
Requisitos:
- Hallarte al corriente, en el momento de publicarse la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en el cumplimiento de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no tener deudas o sanciones de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que estén debidamente garantizadas.
- No hallarte incurso en ninguna de las prohibiciones contempladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No superar la ayuda máxima permitida por el régimen de minimis; por tanto, no podrás superar el límite de 100.000 euros para actividades formativas de transporte de mercancías y 200.000 euros para las de transporte de viajeros durante el ejercicio fiscal en curso y en los dos anteriores, en los términos establecidos por la Comisión Europea en el Reglamento UE número 1407/2013, de 18 de diciembre (Diario Oficial de las Comunidades Europeas L 352 de 24 de diciembre de 2013), relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea relativo a las ayudas de minimis.
- No podrás obtener la condición de beneficiario si el órgano competente te ha revocado alguna de las subvenciones contempladas en el Plan Estratégico por causas imputables al solicitante.
Documentación
Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Estatutos de la entidad, debidamente inscritos.
- Justificación de poseer establecimiento en la Comunidad de Madrid: escrituras de propiedad, contrato de alquiler en vigor o de cesión de uso de las instalaciones.
- Justificación de contar con el personal necesario para el desarrollo de su actividad: contratos de trabajo, nóminas, recibos de liquidación de las cotizaciones a la Seguridad Social, o facturas de trabajos realizados por profesionales autónomos.
- Documento justificativo del poder de representación de la entidad.
- Documento bancario que recoja la identificación completa de la cuenta en que habrá de efectuarse, en su caso, el ingreso de la subvención, y que acredite que el titular de la misma es el solicitante.
- Ficha explicativa de cada una de las actividades para las que solicita subvención, en la que se especifique su carácter y contenido (1).
- Presupuestos de gastos detallado.
- Ofertas de tres proveedores (2).
- Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (3) (Anexo II).
- Declaración responsable de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (3), y autorización para la realización de las consultas por parte de la Comunidad de Madrid por medios electrónicos de los datos correspondientes a la Seguridad Social y a la Agencia Estatal de Administración Tributaria. (Anexo III).
- Declaración de las actividades realizadas y su coste (Anexo IV).
- Facturas o documentos de valor probatorio y documentación acreditativa de su pago.
- Declaración sobre la procedencia e importe de otros recursos.
- Declaración del carácter gratuito de las actividades o del precio a percibir.
- Carta de pago de reintegro de remanentes e intereses.
- La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:
- NIF de la entidad.
- Documento de identidad del representante.
- Certificado de estar al corriente de pago con la SS (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).
- Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria o de no figurar inscrito como empresa por no tener trabajadores dependientes (*).
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social o de no figurar inscrito como empresa por no tener trabajadores dependientes.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
Cuantía
La subvención cubrirá el 90 por 100 de todos los gastos subvencionables, presupuestados y efectivamente realizados, excluido el IVA, hasta un máximo de 14.000 euros por beneficiario. La dotación presupuestaria para la financiación de estas subvenciones es de 140.000 euros.
Normativa
- Extracto de la Orden de 21 de junio de 2021, de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, por la que se convocan subvenciones para la realización de actividades formativas en el sector del transporte público por carretera en el año 2021 (BOCM nº 200, de 23 de agosto).
- Orden de 10 de julio de 2019, de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la realización de actividades formativas en el sector del transporte público por carretera (BOCM nº 166, de 15 de julio).
Órgano responsable
- Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras
- Viceconsejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras
- Dirección General de Transportes y Movilidad
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Pago de tasas
La tasa se puede pagar mediante tarjeta bancaria, Bizum, cargo en cuenta, o bien, se puede descargar el modelo para su pago presencial.
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Calendario de actuaciones
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02/02/2022Subvenciones concedidas durante el período del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2021
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 24/08/2021 Fecha de fin: 23/09/2021
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud