Presentada la documentación requerida a través de SFOC, se examinará por la Dirección General competente en materia de formación, como órgano competente para la instrucción del procedimiento.
Si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. Si no lo hiciese en el plazo de 10 días hábiles, contados desde el siguiente al de la recepción del requerimiento, se le tendrá por desistido de su solicitud previa resolución expresa.
Transcurrido el plazo de subsanación y previo a la evaluación de las solicitudes, se procederá a verificar el cumplimiento de las condiciones para ser beneficiario.
A continuación, se realizará la valoración de las solicitudes conforme a los criterios establecidos en la convocatoria.
Las solicitudes se ordenarán de mayor a menor puntuación y se irán seleccionando los beneficiarios hasta el agotamiento de los fondos previstos para cada tipo de plan de formación y de solicitante.