Información y documentación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas que realizan actuaciones dirigidas a potenciar, promover, desarrollar o divulgar actividades taurinas en la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- Estar inscritas en el registro autonómico o nacional correspondiente con una antigüedad mínima de un año con respecto a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Este requisito se acredita con la presentación de los Estatutos con la inscripción correspondiente.
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
- No tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo si están debidamente garantizadas.
- Realizar la actividad objeto de subvención en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
- Adjuntar junto a la solicitud una memoria descriptiva del proyecto específico de la actividad para la que solicita la subvención. Es necesario utilizar el modelo disponible.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Estatutos de la entidad inscritos en el registro correspondiente.
- Poderes de representación de la entidad.
- Memoria descriptiva y presupuesto de gastos de las actividades a desarrollar de acuerdo con el modelo disponible en la sede electrónica (Modelo 3958FO1).
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).
- Documento Nacional de Identidad de la persona representante.
- Código de identificación fiscal de la entidad.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Extracto de la Orden 2291/2026, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se convocan subvenciones a entidades sin ánimo de lucro que contribuyan al fomento de la Tauromaquia en la Comunidad de Madrid en el año 2026 (BOCM nº 147, de 23 de junio).
- Orden 1116/2026, de 8 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior por la que se establecen las bases reguladoras que han de regir la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro que contribuyan al fomento de la Tauromaquia en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 92, de 20 de abril).
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Centro de Asuntos Taurinos
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud se abre el 24/06/2026. Si lo deseas, puedes activar los avisos para que te lo recordemos.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la entidad solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que renuncia a su petición y dictaremos una resolución que así lo indique.
Una vez evaluada cada solicitud conforme a los criterios de valoración, la Comisión de Valoración emitirá un informe con el resultado de la evaluación.
La dirección general responsable formulará la propuesta de resolución provisional, a partir del examen de las solicitudes y del informe de la comisión de valoración. La publicación de la resolución provisional abrirá un plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones. Si las entidades no presentan alegaciones entenderemos que están de acuerdo con la subvención propuesta.
Tras examinar las alegaciones presentadas por las entidades interesadas y los posibles informes emitidos al respecto por la comisión de valoración, formularemos la propuesta de resolución definitiva y la publicaremos en el calendario de actuaciones. Si no hay cambios entre la propuesta provisional y la definitiva se podrá prescindir de este trámite.
La persona titular de la consejería competente, a propuesta de la persona que ostente la Dirección-Gerencia del Centro de Asuntos Taurinos de la Comunidad de Madrid resolverá mediante resolución motivada la concesión o denegación de las ayudas, que se notificará a las entidades solicitantes.
La resolución incluirá la lista de las personas beneficiarias a las que se concede la subvención, con la puntuación obtenida por cada una de ellas en función de los criterios de valoración de la convocatoria. También incluirá la relación de solicitantes a los que se haya denegado la ayuda.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al de su publicación:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no se ha publicado la resolución, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 24/06/2026 Fecha de fin: 23/07/2026
Contacto y ayuda
Contacto
Área de Coordinación Administrativa
Horario de atención al público: lunes a viernes de 09:00 a 14:00.
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud