• Pendiente apertura plazo

    • Fecha de inicio: Fecha de fin: 20/12/2023
  • En plazo

    • Fecha de inicio: Fecha de fin: 20/12/2023

    Tramitar

  • En tramitación

  • Cerrado

Descripción

  • Referencia
    A367
  • Descripción

    Ayudas en los entornos residenciales de rehabilitación programada de “Puerto Chico”, “Colonia de la Prensa-Eugenia de Montijo-Colonias Tercio y Terol”, “Poblado dirigido de Orcasitas y meseta de Orcasitas” y “Poblado dirigido de Fuencarral”, en el municipio de Madrid.

    El procedimiento de concesión de subvenciones será en régimen de concurrencia no competitiva. Se entiende por concurrencia no competitiva la concesión de las subvenciones sin que se comparen las solicitudes entre sí, sino atendiendo únicamente a la fecha de presentación de las mismas, siempre que cumplan los requisitos y condiciones establecidas y exista disponibilidad presupuestaria.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

Requisitos

  1. Los propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, así como de sus viviendas, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.
  2. Las administraciones públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las administraciones públicas propietarias de los inmuebles.
  3. Las comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal o equivalente en normas forales de aplicación.
  4. Los propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios que reúnan los requisitos establecidos por el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.
  5. Las sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios de viviendas o edificios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil, así como por los propietarios que conforman comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios constituidos conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal, y por cooperativas en régimen de cesión de uso de sus viviendas.
  6. Las empresas arrendatarias o concesionarias de los edificios, así como cooperativas que acrediten dicha condición, mediante contrato vigente, que les otorgue la facultad expresa para acometer las obras de rehabilitación objeto del programa.

Las solicitudes se podrán presentar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, hasta el día 30 de septiembre de 2023, sin perjuicio de que dicho plazo pudiera ser ampliado previa publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de la Orden de ampliación correspondiente. Toda solicitud cuya presentación se produzca fuera del plazo establecido será inadmitida a trámite.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos que se aportarán junto a la solicitud:

Documentación a entregar respecto a identificación, representación, habilitación y acuerdo/acta obras:

  1. En todos los casos, si se actúa a través de representante se deberá aportar acta de nombramiento de representante, acuerdo de representación, escritura de poder o nota de encargo. Si se trata de una agente o gestor se atenderá al modelo y contenido mínimo descrito en la orden de la convocatoria. (01.pdf)
  2. En caso de comunidades de Propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios y cooperativas (artículo 396 del Código Civil): certificado del secretario o secretario-administrador que refleje el Acuerdo de la Junta de Propietarios de aprobación de las obras (descripción de las obras, presupuesto, empresa....) con el visto bueno del presidente, así como aprobación de solicitud de la subvención. En caso de que los locales de uso diferente a vivienda participen en los costes de la obra, identificación de los mismos. (02.pdf)
  3. Los propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios que reúnan los requisitos establecidos por el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal: Relación de los propietarios y autorización a la consulta NIF + nota simple + Compromisos de ejecución asumidos por cada uno de ellos y el importe de subvención a aplicarle. (03.pdf)
  4. Los propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios que reúnan los requisitos establecidos por el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal: Acuerdo aprobación obras. (04.pdf)
  5. En caso de empresas arrendatarias, concesionarias contrato que acredite su condición de arrendatario o concesionario. (05.pdf)
  6. En caso de empresas arrendatarias, concesionarias contrato vigente, que les otorgue la facultad expresa para acometer las obras de rehabilitación objeto del programa (06.pdf)
  7. En caso de propietarios o usufructuarios únicos, administraciones públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las administraciones públicas propietarias del inmueble deben aportar Nota simple que acredite la titularidad (antigüedad inferior a 18 meses). (07.pdf)
  8. Cuando el solicitante sea inquilino: acuerdo entre propietario y arrendatario para que el último solicite las ayudas, autorización del primero a este respecto. (08.pdf)
  9. Cuando el solicitante sea inquilino: contrato de alquiler en vigor + último recibo pasado al cobro. (09.pdf)
  10. Cuando el solicitante sea empresa: Declaración responsable de que la empresa no está en crisis de acuerdo con la definición de «empresa en crisis» que se establece en el apartado 18 del artículo 2 del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014. (10.pdf)

Documentación justificativa de que la intervención es subvencionable:

  1. Proyecto de la actuación a realizar o en su defecto memoria justificativa de la actuación (11.pdf)
  2. Libro del edificio existente para la rehabilitación o, en su defecto, un estudio sobre el potencial de mejora del edificio vivienda en relación con los requisitos básicos definidos en la Ley 38/1999. Siempre deberá incluir el IEE en aplicación del art.2.2.b) del Decreto 103/2016. (12.pdf)
  3. Estudio de gestión de residuos de construcción y demolición que se desarrollará posteriormente en el correspondiente plan de gestión de residuos de construcción y demolición, conforme a lo establecido en el Real Decreto 105/2008 (13.pdf)
  4. Declaración Responsable, firmada por el técnico redactor, del cumplimiento de que el diseño del edificio y las técnicas de construcción contribuyen a la circularidad y, en particular, que evalúen, haciendo referencia a la ISO 20887 (14.pdf)
  5. Declaración responsable, firmada por el técnico redactor, de cumplimiento del principio de “no causar un perjuicio significativo al medio ambiente”, en el sentido establecido en el apartado 6) del artículo 2 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 (15.pdf)
  6. Declaración Responsable, firmada por el destinatario último o su representante legal, del cumplimiento de Retirar del edificio o del ámbito objeto de la actuación aquellos productos de construcción que contengan amianto (Solo en los elementos en los que se actúa). (16.pdf)
  7. Certificado de eficiencia energética del edificio existente INICIAL, realizado con el mismo programa reconocido de certificación que el utilizado para el Certificado PREVIO en su caso, con todos los elementos y el contenido requeridos en el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, firmado por técnico competente. Incluido el archivo informático del programa de certificación energética utilizado (17.zip)
  8. Resguardo de presentación en registro de CEE Inicial y/o Etiqueta. (18.pdf)
  9. Certificado de eficiencia energética del edificio existente PREVISTO, realizado con el mismo programa reconocido de certificación que el utilizado para el Certificado INICIAL o PREVIO en su caso, con todos los elementos y el contenido requeridos en el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, firmado por técnico competente. Incluido el archivo informático del programa de certificación energética utilizado (19.zip)
  10. Certificado de eficiencia energética del edificio existente FINAL, realizado con el mismo programa reconocido de certificación que el utilizado para el Certificado INICIAL o PREVIO en su caso, con todos los elementos y el contenido requeridos en el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, firmado por técnico. Incluido el archivo informático del programa de certificación energética utilizado (20.zip)
  11. Resguardo de presentación en registro de CEE Final y/o Etiqueta (si las actuaciones ya han sido realizadas) (21.pdf)
  12. En obras superiores a 40.000 €, 3 ofertas de distintos proveedores, excepto que se hubiera firmado el contrato de ejecución con anterioridad a la publicación de la convocatoria. (22.pdf)
  13. Contrato u oferta firmada y presupuesto desglosado por partidas, mediciones, precios unitarios y totales, con el IVA el impuesto indirecto equivalente desglosado correspondiente y su aceptación expresa por parte de la Comunidad de Propietarios. En la hoja resumen por capítulos deberá constar la firma y sello de la empresa, su NIF, y la fecha (23.pdf)
  14. Solicitud y/o licencia urbanística cuando sea precisa, Declaración responsable o autorización municipal análoga, indicando tipología y fecha de solicitud o concesión (24.pdf)
  15. Si las obras están iniciadas, certificado del inicio de las obras firmado por técnico titulado competente o acta de replanteo, firmada y fechada por director de la obra, empresa constructora y con el visto bueno de la propiedad. (25.pdf)
  16. Si las obras no están iniciadas, Declaración Responsable de no haber iniciado las obras. (26.pdf)
  17. Reportaje fotográfico, preferentemente en color, de todas aquellas zonas que se vayan a ver afectadas por las actuaciones de rehabilitación, así como de la fachada principal del edificio. (27.pdf)

Documentación a entregar en caso de Edificio protegido con limitaciones sobre la envolvente:

  1. Memoria justificativa de consecución del ahorro mínimo de energía primaria no renovable y del cumplimiento de los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire, cuando proceda, establecidos en la tabla 3.1.1.a –HE1 y 3.1.3.a – HE1, del Documento Básico DB HE de Ahorro de energía del Código Técnico de la Edificación en aquellos elementos de la envolvente sobre los que se pueda intervenir. (28.pdf)

Documentación a entregar en caso de Edificio de tipología residencial colectiva:

  1. Relación detallada de las superficies de las viviendas, así como locales y cualquier otro tipo de anejos como garajes trasteros u otros usos compatibles, con indicación de su superficie construida, referido al estado existente y resultante de la rehabilitación, en su caso , que justifique que al menos el 50 % de su superficie construida sobre rasante, excluida la planta baja o plantas inferiores si tiene o tienen otros usos compatibles, tenga uso residencial de vivienda con identificación de todas las referencias catastrales. (29.pdf)

Documentación a entregar en caso de tener otras subvenciones solicitadas o concedidas:

  1. Declaración responsable relativa a todas las ayudas concedidas, especificando el cumplimiento de los límites establecidos. (30.pdf)

Documentación a entregar en caso de haber realizado en los últimos 4 años obras de eficiencia energética:

  1. Certificado de eficiencia energética del edificio existente PREVIO, antes de la actuación realizada en los últimos 4 años, con todos los elementos y el contenido requeridos en el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, firmado por técnico competente. (31.zip)
  2. Resguardo de presentación en registro de CEE Previo y/o Etiqueta (32.pdf)
  3. Certificado final de obras de la actuación realizada en los últimos 4 años. (33.pdf)

ANEXOS MRR y Convocatoria

  1. Declaración de cesión y tratamiento de datos PRTR (Anexo II)
  2. Declaración responsable, sobre el cumplimiento del principio de no causar un perjuicio significativo a alguno de los objetivos medioambientales (DNSH) y contribución a la circularidad (Anexo III)
  3. Declaración responsable sobre compromiso en relación con la ejecución con las actuaciones del PRTR y prevención del fraude (Anexo IV)
  4. Declaración de conflicto de intereses (DACI) (Anexo V)
  5. Declaración de ayudas de estado o de minimis (Anexo VI)
  6. Declaración responsable relativa al cumplimiento del Reglamento (UE) 651/2014, de 17 de junio, por el que se  declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Anexo VII)
  7. Declaración responsable sobre cumplimiento de determinados requisitos, compromisos y plazos para obtener la condición de destinatario último en relación con la ejecución de las actuaciones del PRTR (Anexo XI)

En caso de solicitar la ayuda adicional por vulnerabilidad económica:

  1. Si se actúa a través de representante se deberá aportar acuerdo de representación, escritura de poder o nota de encargo. (01.pdf)
  2. Nota simple que acredite la titularidad o el usufructo (antigüedad inferior a 18 meses). (02.pdf)
  3. Anexo de la unidad de convivencia, debidamente cumplimentado y firmado por todos los miembros mayores de edad (03.pdf)
  4. Declaración responsable relativa a todas las ayudas concedidas, especificando el cumplimiento de los límites establecidos. (04.pdf)
  5. Declaración de cesión y tratamiento de datos PRTR (Anexo II)

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. Copia del NIF del solicitante de la subvención (Comunidades de Propietarios, propietarios únicos, Sociedades, Administraciones Públicas, etc)
  2. Copia NIF del representante autorizado
  3. Información catastral del edificio/viviendas.
  4. Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable)

En caso de solicitar la ayuda adicional por vulnerabilidad económica:

  1. Copia NIF del representante autorizado
  2. Información catastral del edificio/viviendas
  3. Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable)
  4. Certificado de empadronamiento colectivo en vigor

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)
  2. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)

En caso de solicitar la ayuda adicional por vulnerabilidad económica:

  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) (06.pdf)
  2. Datos de renta (07.pdf)

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

 

 

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Seis meses
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden 13/2023, de 31 de marzo , de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se convocan subvenciones para la ejecución de obras de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominantemente residencial para vivienda previstas dentro en el Programa 1, de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el marco de C02.I01 del Plan de  Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea, Next-Generation-EU, en los entornos residenciales de rehabilitación programada de “Puerto Chico”, “Colonia de la Prensa-Eugenia de Montijo- Colonias Tercio y Terol”, “Poblado Dirigido de Orcasitas y Meseta de Orcasitas” y “Poblado Dirigido de Fuencarral”, en el municipio de Madrid.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras
Viceconsejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras
Dirección General de Vivienda y Rehabilitación

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

¿Te ha resultado útil esta información?

Ayúdanos a mejorar.

Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar