Descripción
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ReferenciaA234
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Descripción
Ayudas económicas de pago único a familias con menores a su cargo, pacientes de cuidados paliativos pediátricos en la Comunidad de Madrid, cuyo objeto es el apoyo y protección a las familias con menores a cargo, pacientes de cuidados paliativos pediátricos, familias con necesidades especiales y en situación de vulnerabilidad por cuanto han de hacer frente al cuidado integral, exclusivo y a tiempo completo de estos menores y por ende, la mejora de la calidad de vida de estos pacientes.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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Ampliación del plazo de presentación de solicitudesSe amplía el plazo de presentación de solicitudes hasta el 17/10/2022
Orden 2019/2022, de 28 de septiembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 14/09/2022 Fecha de fin: 04/10/2022
Destinatarios
Personas que, a la fecha de presentación de la solicitud, acrediten tener un menor a su cargo que haya sido declarado en situación clínica de Cuidados Paliativos Pediátricos durante el periodo subvencionable.
Únicamente se concederá una ayuda por menor a cargo.
En los supuestos de presentación de varias solicitudes simultáneas o sucesivas en relación con el mismo menor, se resolverá solamente sobre la primera de las presentadas.
Requisitos
Los beneficiarios deberán reunir en el momento de la presentación de la solicitud los siguientes requisitos:
- Ser español/a o extranjera/o con residencia legal en España: Las personas extranjeras que residan en la Comunidad de Madrid podrán beneficiarse de esta prestación siempre que cumplan los requisitos establecidos en la presente norma.
- Tener un menor a su cargo (hijo/a biológico/a, adoptado/a o en acogimiento permanente), declarado en situación clínica de Cuidados Paliativos Pediátricos durante el periodo subvencionable.
- Residir y estar empadronado en la Comunidad de Madrid en el momento de presentación de la solicitud.
- No estar incurso en alguna de las prohibiciones establecidas en la normativa de subvenciones.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el acceso a la aplicación.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Documento Nacional de Identidad o documento identificativo, válido en territorio español, de la persona solicitante y en su caso, de su representante acreditado. En caso de que la persona solicitante sea extranjera será preciso presentar la Tarjeta de residente.
- Documentación acreditativa de la residencia en la Comunidad de Madrid en el momento de presentar la solicitud.
- Certificación registral individual o copia del libro de familia si este ha sido expedido con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, donde conste el nacimiento de los hijos/as o, en su defecto, copia de los certificados de nacimiento, o en caso de adopción, certificado de inscripción de la adopción en el Registro Civil o documentación acreditativa, expedida por el órgano competente en materia de protección de menores del acogimiento permanente formalizado.
- Informe médico normalizado, acreditativo de que el menor a cargo ha sido declarado en situación clínica de Cuidados Paliativos Pediátricos dentro del periodo subvencionable previsto en la convocatoria (Anexo II).
- Declaración de aceptación de la cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Anexo III).
- Declaración responsable del cumplimiento de los principios transversales (Anexo IV).
- Declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI) (Anexo IV BIS)
- Declaración responsable firmada por la persona solicitante o por su representante legal acreditado en la que se haga constar que la persona solicitante no concurre ninguna de las circunstancias previstas en la normativa en subvenciones (Anexo V).
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- Documento Nacional de Identidad o documento identificativo, válido en territorio español, de la persona solicitante y en su caso, de su representante acreditado. En caso de que la persona solicitante sea extranjera será preciso presentar la Tarjeta de residente.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Selecciona una de estas dos opciones:
- Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
El importe de las ayudas, se percibirá por los beneficiarios en un único pago, que ascenderá a 4.039 euros.
Solo se admitirá una solicitud por menor a cargo y se otorgaran ayudas hasta agotar el crédito presupuestario máximo disponible.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Normativa
- Orden 2019/2022, de 28 de septiembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se amplía el plazo previsto para la presentación de solicitudes de las ayudas económicas de pago único a familias con menores a su cargo, pacientes de cuidados paliativos pediátricos en la Comunidad de Madrid con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria en el año 2022 (BOCM nº 233, de 30 de septiembre)
- Orden 1886/2022, de 16 de septiembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se corrigen los errores detectados en la Orden 1816/2022, de 31 de agosto, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de las ayudas económicas de pago único a familias con menores a su cargo, pacientes de cuidados paliativos pediátricos en la Comunidad de Madrid con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU, y se procede a su convocatoria en el año 2022 (BOCM nº 224, de 20 de septiembre)
- Extracto de la Orden 1816/2022, de 31 de agosto, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de las ayudas económicas de pago único a familias con menores a su cargo, pacientes de cuidados paliativos pediátricos en la Comunidad de Madrid con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU y se procede a su convocatoria en el año 2022 (BOCM nº 218, de 13 de septiembre)
- Orden 1816/2022, de 31 de agosto, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de las ayudas económicas de pago único a familias con menores a su cargo, pacientes de cuidados paliativos pediátricos en la Comunidad de Madrid con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU, y se procede a su convocatoria en el año 2022 (BOCM nº 218, de 13 de septiembre)
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).