Descripción
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ReferenciaA176
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Descripción
Ayudas en concurrencia no competitiva a municipios de la Comunidad de Madrid para la dotación de fondos en los centros y servicios bibliotecarios municipales de acuerdo con el proyecto C.24.I2.P4. del Componente 24., Revalorización de la industria cultural, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El proyecto P4 de "Dotación de bibliotecas" cuyo objetivo final es el incremento del índice de lectura en España para que los ciudadanos tengan una mayor oferta gratuita de libros, en particular de novedades, se inserta en el marco del Componente 24 “Revalorización de la industria cultural”.
La finalidad de las ayudas es contribuir a la revitalización de las industrias culturales, en concreto a las relacionadas con el sector del libro (creadores, editores, librerías), a través de la compra institucional de fondos bibliográficos destinados a las bibliotecas y servicios públicos de lectura. Así mismo, contribuir a la mejora y actualización de las colecciones de estos servicios bibliotecarios y poner a disposición de los ciudadanos los fondos bibliográficos adquiridos con estas ayudas a través de los servicios bibliotecarios, de forma gratuita, con fines culturales, de ocio, formación e información.
Calendario de actuaciones
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13/09/2022Resolución de concesión de ayudas. Se abre plazo de justificación de la subvención con aportación de documentación (Anexos IV, V, VI), del 14 de septiembre al 30 de octubre de 2022
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 15/06/2022 Fecha de fin: 12/07/2022
Destinatarios y/o requisitos
Destinatarios
Municipios de la Comunidad de Madrid
Requisitos
Ser titulares de un centro y servicio bibliotecario incluido en el Directorio de Bibliotecas Españolas dentro de la tipología de bibliotecas públicas.
Los centros bibliotecarios receptores de fondos, que incluyen los servicios de extensión bibliotecaria con categoría de punto de servicio activo, tales como bibliometro, incluidos en este directorio deberán formar parte de la recogida de datos anual sobre bibliotecas públicas españolas.
La justificación se efectuará mediante la presentación de la cuenta justificativa de la ayuda en la que se acreditará la aplicación de los fondos al fin que motivó su concesión.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Declaración Responsable de no estar incurso en causa de prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones (ANEXO I)
- Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) (ANEXO II)
- Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) (ANEXO III)
- Acreditación de la competencia del firmante para representar a la entidad, en su caso.
- Estatutos o instrumento jurídico de constitución del ente público solicitante distinto del Ayuntamiento, donde conste su personalidad jurídica y su competencia en materia cultural, en su caso.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:
- DNI/NIE
- Certificado de estar al corriente de pago con la Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- DNI/NIE del solicitante
- DNI/NIE del representante (si existiera)
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.
Información Complementaria
Debe tenerse en cuenta que:
- La subvención es, exclusivamente, para la adquisición de libros en soporte papel.
- El número mínimo de ejemplares a adquirir por biblioteca y punto de servicio será de 98 unidades, de modo que si se recibieran fondos con destino a 3 bibliotecas, el total de títulos a adquirir sería 294.
- En ningún caso se considerarán subvencionables, cualquiera que fuera su formato, materiales audiovisuales, contenido multimedia (salvo que acompañen, accesoriamente, a un libro con ISBN en soporte papel) ni las publicaciones periódicas.
- El contenido y la temática de los libros serán los técnicamente adecuados para las bibliotecas y servicios de lectura pública de uso general: literatura (poesía, novela, ensayo,..), y cualquiera otra materia o/y temática que se considere de interés para los usuarios de la biblioteca y servicio a criterio de los técnicos bibliotecarios.
- Entre las adquisiciones deberá incorporarse al menos un 1% de los títulos de materiales inclusivos como obras de lectura fácil y/o de letra grande, así como fondos bibliográficos que permitan la accesibilidad de personas con distintos tipos de discapacidad. Se entiende por “lectura fácil” un método de adaptación y redacción de materiales que pretende hacer accesible la información y la cultura a las personas con dificultades de comprensión lectora. Por su parte “letra grande” es un proceso editorial que favorece la lectura a personas con problemas de visión a través del uso de caracteres con tamaño mayor al habitual, sin que esté referido a libros infantiles.
- Las adquisiciones deberán corresponder a títulos en lengua castellana, salvo un 10% de los títulos que podrá adquirirse en lenguas diferentes del castellano, incluidas extranjeras.
- Los fondos bibliográficos impresos adquiridos deberán permanecer en la colección de la biblioteca durante un período mínimo de cinco años desde su llegada a la biblioteca, salvo en el caso de expurgo por deterioro. No se aplicará esta obligación en casos tales como robos, pérdida por el usuario, no devolución de préstamos u otros similares.
La cantidad total a solicitar para cada biblioteca y punto de servicio se fija en 2.171,55 euros. Cada entidad solicitante solicitará la cantidad correspondiente a multiplicar esta cantidad por el total de bibliotecas o servicios de su titularidad.
Tramitación
Las ayudas se pagarán con posterioridad a la justificación de la aplicación de los fondos al fin para el que se concedió la subvención y a la aportación de la totalidad de documentos necesarios para su justificación.
Los beneficiarios tendrán de plazo hasta el 30 de octubre de 2022 para presentar la documentación justificativa de la subvención.
La justificación se efectuará mediante la presentación de la cuenta justificativa de la ayuda, en la que se acreditará la aplicación de los fondos al fin que motivó su concesión.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Efecto silencio
Desestimatorio
Normativa efecto silencio
Orden 724/2022 de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de ayudas en concurrencia no competitiva a municipios de la Comunidad de Madrid para la dotación de fondos en los centros y servicios bibliotecarios municipales de acuerdo con el proyecto C.24.I2.P4. del Componente 24., Revalorización de la industria cultural, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Plazo resolución
Seis meses
Normativa
- Resolución de la Directora General de Patrimonio Cultural por la que se acuerda la acumulación de expedientes, para su resolución conjunta.
- Extracto de la Orden 724/2022, de 24 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de ayudas en concurrencia no competitiva a municipios de la Comunidad de Madrid para la dotación de fondos en los centros y servicios bibliotecarios municipales de acuerdo con el proyecto C.24.I2.P4. del Componente 24., Revalorización de la industria cultural, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOCM nº 140, de 14 de junio)
- Orden 724/2022, de 24 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de ayudas en concurrencia no competitiva a municipios de la Comunidad de Madrid para la dotación de fondos en los centros y servicios bibliotecarios municipales, de acuerdo con el proyecto C.24.I2.P4. del Componente 24., Revalorización de la industria cultural, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiadas por el Fondo Europeo-Next GenerationEU. (BOCM nº 140, de 14 de junio)
Órgano Responsable
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).