Descripción

  • Referencia
    A295
  • Descripción

    Estas ayudas tienen como finalidad que los centros bibliotecarios municipales pongan a disposición de los usuarios unas colecciones bibliográficas suficientes y de calidad, ampliando y mejorando la prestación del servicio público que ofrecen. Estos objetivos se refieren tanto a la mejora y actualización de las colecciones de bibliotecas que ya están en funcionamiento como al impulso y dotación de bibliotecas de nueva creación y aquellas que vienen a sustituir a las existentes debido a una ampliación o traslado.

    Además, se contempla la dotación de fondos en centros de lectura, instalaciones que no alcanzan a prestar los servicios de biblioteca pública, pero que desarrollan actividades culturales y préstamo de fondos en municipios de menor población.

    La subvención se distribuye en dos líneas:

    1. Línea b): para incremento y mejora de las colecciones bibliográficas de bibliotecas en funcionamiento.
    2. Línea c): para dotación de fondos bibliográficos para centros de lectura.
  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

Destinatarios

Municipios de la Comunidad de Madrid

Requisitos

Requisitos

  1. Contar con un centro bibliotecario o de lectura de titularidad municipal.
  2. Estar en Directorio de Bibliotecas de la Comunidad de Madrid, y en situación de activo.
  3. Encontrarse al corriente en la entrega de la estadística requerida semestralmente por la Subdirección General del Libro.
  4. Deberán tener el horario mínimo de apertura semanal especificado.
  5. Contar con personal bibliotecario, salvo en municipios con población inferior a 3.000 habitantes.
  6. Encontrarse al corriente de pago con la Comunidad de Madrid, así como Agencia Tributaria y Seguridad Social.
  7. No estar incurso en prohibición para obtener subvenciones
  8. Además para la Línea b:
    1. Solo podrán optar municipios con población entre los 1.500 y 250.000 habitantes
    2. Estar integrado en el Catálogo Único o Catálogo Regional de la Comunidad de Madrid, excepto en municipios de menos de 3.000 habitantes
    3. Haber efectuado adquisiciones para compra de documentos en las bibliotecas municipales con cargo a los presupuestos municipales por el importe mínimo requerido en relación al importe solicitado.
    4. Superficie útil mínima de 150 metros cuadrados.
  9. Para la Línea c:
    1. Solo podrán optar municipios con población inferior a 3.000 habitantes.
    2. Superficie inferior a 250 metros cuadrados.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos que se aportan junto a la solicitud:

  1. En caso de solicitud no suscrita por el representante de la entidad: documento acreditativo de la competencia del firmante
  2. En caso de entidad distinta a Ayuntamiento: Estatutos o instrumento jurídico de constitución
  3. Declaración responsable de no estar incurso en prohibición para obtener subvenciones (Anexo I)
  4. Declaración responsable o certificación de personal bibliotecario (Anexo II)
  5. Línea b): Declaración o certificación de inversión económica y horario (Anexo III)
  6. Línea c): Memoria justificativa de inversión (vale la del apartado anterior) y horario.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Cuantía

700.000 euros.

Pago y justificación

  1. El pago se efectuará con posterioridad a la justificación de la aplicación de los fondos y la aportación de la totalidad de documentos. Haciéndose antes la comprobación material de la subvención.
  2. El plazo para justificación finaliza el 29 de septiembre de 2023.
  3. Deberán presentar Cuenta Justificativa (anexos V, VI y VII) además de las Declaraciones Responsables (anexo VIII). Certificación de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, en la que conste que las cuentas del ejercicio 2021 han sido recibidas por dicho Organismo. Deberán estar al corriente de pago de la Seguridad Social, Agencia Tributaria y Comunidad de Madrid.
     

Tramitación

El pago de la subvención se efectuará con posterioridad a la justificación de la aplicación de los fondos al fin para el que se concedió la ayuda y la aportación de la totalidad de los documentos.

Con carácter previo al pago se realizarán las actuaciones precisas para la comprobación material de la subvención.

El plazo para la presentación de la documentación justificativa de la subvención y el resto de documentos finaliza el 29 de septiembre de 2023.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Seis meses
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden 103/2022, de 31 de enero , de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para la dotación de fondos bibliográficos de sus centros bibliotecarios municipales.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
Dirección General de Patrimonio Cultural

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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